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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2014 (18/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Viernes 18 de julio de 2014 527978 y supervisar el adecuado funcionamiento de la entidad, y emitir resoluciones y directivas vinculadas a la conducción de la entidad; Que, en tanto se aprueben los instrumentos de gestión, de acuerdo a lo establecido en la duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo 040-2014-PCM, mantiene su vigencia el Cuadro de Asignación de Personal aprobado por Resolución Suprema N° 398-2002-PCM, dentro del cual se ha identifi cado que se encuentra vacante el cargo de Director de la Dirección de Control de la Oferta de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA; De conformidad con la ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos aprobada por Ley 27594, la Ley Marco del Empleado Público aprobada por Ley 28175 y Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA aprobada por Decreto Supremo N ° 047-2014-DV-PCM; Con el visado de la Secretaria General, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la abogada Claudett Katerina Delgado Llanos en el cargo de confi anza de Directora de la Dirección de Control de la Oferta de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, cargo previsto en el vigente Cuadro de Asignación de Personal aprobado por Resolución Suprema N° 398-2002-PCM, con Código 17; encargándole las funciones de la Dirección de Articulación Territorial, previstas en el artículo 46° del Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. Artículo Segundo.- Designar a la Directora encargada de las funciones de Articulación Territorial, como Responsable Técnica de los siguientes Programas Presupuestales: (i) “Programa Presupuestal de Desarrollo Alternativo, Integral y Sostenible- PIRDAIS”; (ii) “Programa Presupuestal de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas-PPTCD”; y (iii) “Programa Presupuestal de Gestión Integral y efectiva del Control de Drogas en el Perú-PPGIECOD. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia N° 046-2014-DV-PE y la Resolución de Presidencia N° 102-2014-DV-PE, así como todas aquellas normas que se opongan a lo establecido en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente Ejecutivo 1112471-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno rústico, ubicado en el departamento de Huánuco SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 440-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 11 de julio de 2014 Visto el Expediente Nº 225-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno rústico de 2 800,27 m², ubicado en la parte central del Caserío San José de Isipampa en el distrito de Jacas Chico, provincia de Yarowilca y departamento de Huánuco; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, con fecha 18 de abril de 2012, se suscribió el Convenio Nº 129-2012 de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, que tiene como objetivo fi jar los lineamientos administrativos y de operatividad que deberán seguir las partes, según corresponda, para que COFOPRI brinde información que permita a la SBN efectuar la primera inscripción de dominio de los predios destinados para el Programa de Apoyo al Hábitat Rural – Tambos; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno rústico de 2 800,27 m², ubicado en la parte central del Caserío San José de Isipampa en el distrito de Jacas Chico, provincia de Yarowilca y departamento de Huánuco, se encuentra sin inscripción registral; Que, con fecha 08 de agosto de 2013, se realizó la inspección técnica al predio en cuestión, verifi cando que es un terreno rústico de topografía plana con pendiente de 2% y con suelo compacto de textura franco arcilloso de uso agrícola, libre de ocupación; Que, mediante Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 25 de octubre del 2013 elaborado sobre la base del Informe Técnico Nº 1460-13-ZRVIII-SHYO/UREG-CAT- ORHCO, se informa que no se ha detectado afectación alguna sin embargo no es posible determinar afectaciones gráfi cas a predios colindantes inscritos que no han sido incorporados a la base gráfi ca; Que, el tercer párrafo del artículo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señala la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno rústico de 2 800,27 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0452-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 01 de julio de 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno rústico de 2 800,27 m², ubicado en la parte central del Caserío San José de Isipampa en el distrito de Jacas Chico, provincia de Yarowilca y departamento de Huánuco; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Ofi cina Registral de Huánuco de la Zona Registral Nº VIII – Sede Huancayo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos,