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El Peruano Jueves 31 de julio de 2014 529015 DEFENSA Autorizan viaje de Personal Militar FAP a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 358-2014-DE/FAP Lima, 30 de julio de 2014 Visto la Carta de fecha 05 de mayo de 2014 del Comandante de Aeronáutica de Brasil y la Papeleta de Trámite NC-9-SGFA-Nº 1780 de fecha 28 de mayo de 2014 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, con la Carta de fecha 05 mayo de 2014, el Comandante de Aeronáutica de Brasil, hace extensiva una invitación al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a su Ofi cial Ayudante, para que realicen una visita ofi cial a la Fuerza Aérea Brasileña, del 04 al 08 de agosto de 2014, la cual incluirá visitas a diversas Organizaciones Militares del referido país; Que, la visita mencionada en el considerando precedente tiene como fi nalidad el intercambio de ideas y de intereses mutuos, fortaleciendo aun más la amistad que une nuestras Fuerzas Aéreas y nuestras naciones; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a la ciudad de Brasilia DF – República Federativa del Brasil, del Personal Militar FAP que se nombra en la parte resolutiva, para que realice una visita ofi cial a la Fuerza Aérea Brasileña, del 04 al 08 de agosto de 2014, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación del personal designado durante la totalidad de la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a la ciudad de Brasilia DF – República Federativa del Brasil, del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que realice una visita ofi cial a la Fuerza Aérea Brasileña, del 04 al 08 de agosto de 2014, así como autorizar su salida del país el 03 de agosto de 2014 y su retorno el 09 de agosto de 2014: General del Aire JAIME MARIN FIGUEROA OLIVOS NSA: O-9307674 DNI: 43345548 Mayor FAP MANUEL MARCO ANTONIO MUÑOZ RAMIREZ NSA: O-9679798 DNI: 16798735 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Brasilia DF (República Federativa del Brasil) - Lima US $ 1,380.00 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ 2,760.00 Viáticos: US $ 370.00 x 05 días x 02 personas = US $ 3,700.00 ---------------------- TOTAL = US $ 6,460.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELASQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1117083-1 Autorizan viaje de oficiales del Ejército del Perú a la República de Corea, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 359-2014-DE/EP Lima, 30 de julio de 2014 VISTOS: El Ofi cio KORDEF 14-058, del 18 de junio de 2014 del Agregado de Defensa de la Embajada de la República de Corea en Lima y la Hoja de Recomendación Nº 0073 DRIE/b.a, de junio de 2014 de la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército. CONSIDERANDO: Que, con Ofi cio KORDEF 14-058, del 18 de junio de 2014, el Comando del Ejército de la República de Corea del Sur por intermedio del Agregado de Defensa de la Embajada de la República de Corea de Lima, hace de conocimiento que la I Reunión Bilateral entre el Ejército del Perú y el Ejército de la República de Corea, se realizará en la Ciudad de Daejeon, del 4 al 8 de agosto de 2014; Que, mediante la Hoja de Recomendación Nº 0073 DRIE/b.a, de junio de 2014, de la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército, el General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la recomendación para autorizar a los Ofi ciales Superiores que se detalla en la parte resolutiva, a participar en la I Reunión Bilateral entre el Ejército del Perú y el Ejército de la República de Corea;