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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2014 (31/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Jueves 31 de julio de 2014 529017 ECONOMIA Y FINANZAS Aceptan renuncia y encargan funciones de Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN RESOLUCIÓN SUPREMA N° 032-2014-EF Lima, 30 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 050-2012-EF se designó al señor Javier Hernando Illescas Mucha en el cargo de Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Que, el señor Javier Hernando Illescas Mucha ha presentado su renuncia al citado cargo, por lo que resulta pertinente aceptar su renuncia y encargar el citado cargo, en tanto se produzca la designación respectiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y en el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado con Resolución Ministerial Nº 083-2013-EF-10; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Javier Hernando Illescas Mucha como Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar al señor Carlos Alberto Herrera Perret el cargo de Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN. Artículo 3.- La presente resolución suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1117083-3 Aprueban documento denominado “Estrategia de Gestión Global de Activos y Pasivos 2014 - 2017” que incluye el Programa Anual de Endeudamiento y Administración de Deuda correspondiente al año 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 245-2014-EF/52 Lima, 25 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 5 del Decreto Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 325, corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas planear, dirigir y controlar los asuntos relativos a la tributación, política aduanera, fi nanciación, endeudamiento, presupuesto, tesorería y contabilidad, así como armonizar la actividad económica nacional; Que, el artículo 5 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, y sus modifi catorias, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas es la autoridad central de los sistemas integrantes de la Administración Financiera del Sector Público, el cual está conformado, entre otros, por el Sistema Nacional de Tesorería y el Sistema Nacional de Endeudamiento; Que, según el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo N° 117-2014-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas tiene entre sus funciones generales el formular, proponer, ejecutar y evaluar las políticas, normas y lineamientos técnicos para el desarrollo del mercado de valores de deuda pública, en el marco de una gestión global de activos y pasivos fi nancieros; Que, según el artículo 14 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 008-2014-EF, como parte de sus atribuciones, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público formula el Programa Anual de Endeudamiento y Administración de la Deuda del Gobierno Nacional, especifi cando sus políticas, objetivos y metas compatibles con las metas fi scales y con la sostenibilidad de la deuda, desde una perspectiva de largo plazo; Que, según los artículos 17 y 28, para determinar el monto máximo de operaciones de endeudamiento a concertar y a desembolsar encada año fi scal, se deberá tener en cuenta las políticas y objetivos del Programa Anual de Endeudamiento y Administración de la Deuda, así como las metas del Marco Macroeconómico Multianual aplicable; Que, mediante la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se creó el “Comité de Gestión de Activos y Pasivos”, como una instancia que defi ne los lineamientos y acciones para una adecuada gestión global de activos y pasivos fi nancieros que conforman la Hacienda Pública; Que, en el marco del numeral 4.2 del artículo 4 del Reglamento Operativo del Comité de Gestión de Activos y Pasivos aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 172-2014-EF/52, el citado Comité, luego de revisar y evaluar la “Estrategia de Gestión Global de Activos y Pasivos para el periodo 2014 – 2017”, que incluye el Programa Anual de Endeudamiento y Administración de Deuda correspondiente al año 2014, ha acordado recomendar su aprobación, según consta en el Acta de su Sesión N° 001 efectuada el 22 de julio de 2014; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y su modifi catoria, el Decreto Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y sus modifi catorias, la Ley N° 28112, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563 aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693 aprobado mediante el Decreto Supremo N° 035-2012-EF, la Ley N° 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado por Decreto Supremo N° 117-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el documento denominado “Estrategia de Gestión Global de Activos y Pasivos 2014 – 2017”, que incluye el Programa Anual de Endeudamiento y Administración de Deuda correspondiente al año 2014, cuyo texto forma parte de la presente Resolución Ministerial. El referido documento será publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1117059-1 Designan Directora de la Dirección de Articulación del Presupuesto Territorial de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 246-2014-EF/43 Lima, 30 de Julio de 2014