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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (01/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 11

El Peruano Domingo 1 de junio de 2014 524397 junio del presente año en la ciudad de Madrid, Reino de España; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Iberoamericano de Mercado de Valores (IIMV) ha invitado a la Superintendente del Mercado de Valores como participante y expositora en los actos del “XV Aniversario del IIMV”, que se realizarán el 09 y 10 de junio de 2014; y la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO por sus siglas en inglés) la ha invitado como miembro titular del mismo a la reunión que se realizará del 11 al 12 de junio del año en curso en la ciudad de Madrid, Reino de España; Que, el Instituto Iberoamericano del Mercados de Valores es un organismo creado el 20 de mayo de 1999 por iniciativa del Ministerio de Economía y Hacienda, y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de España; iniciativa que fue rápidamente asumida como propia por los países iberoamericanos, incluido Portugal, dado su carácter abierto, integrador y global con la fi nalidad de impulsar el desarrollo de mercados de valores transparentes e íntegros, mejorar el conocimiento de su estructura y regulación, potenciar la armonización y fomentar la cooperación entre supervisores y reguladores; Que, la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO), creada en 1983, es el organismo internacional que marca los estándares para los mercados de valores y reúne a los reguladores de valores del mundo y de los mercados de futuros. Dentro de su organización, cuenta con un directorio (IOSCO Board) al cual le corresponde tomar todas las decisiones y adoptar las acciones necesarias o convenientes para cumplir a cabalidad los objetivos de la organización. Forman parte de este directorio, entre otros, los representantes de los comités regionales de IOSCO, dentro de los cuales se encuentra el Comité Regional Inter-Americano – IARC; Que, la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, en la persona de su Superintendente, ha sido elegida como representante del IARC ante el directorio de IOSCO; Que, entre las actividades por el XV Aniversario del Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores, se incluye una reunión de alto nivel con las autoridades de supervisión de los países del IIMV y una exposición sobre el mercado peruano en un evento público; Que, las actividades a realizarse en el IOSCO Board Meeting están dirigidas a la comunidad de reguladores y al sector privado, representando oportunidades para promocionar diversos avances legales y regulatorios de nuestro mercado, no solo entre los reguladores, sino ante al sector privado y potenciales inversionistas de ese país; Que, adicionalmente, la Embajada del Perú en España ha realizado coordinaciones para atender la invitación cursada a la Superintendente del Mercado de Valores para que participe en el Foro Iberoamérica Empresarial que tendrá lugar el 10 de junio del presente año en la ciudad de Madrid, Reino de España, con la fi nalidad de dar a conocer las oportunidades de inversión que ofrece el mercado de valores peruano, estando previsto que al citado evento asistirán gestores de la banca privada, asesores fi nancieros y promotores especializados en renta variable latinoamericana; Que, los mencionados eventos constituyen acciones para la promoción, difusión e intercambio de información de gran importancia para el Perú y de interés institucional, en orden a asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la Superintendencia del Mercado de Valores, en concordancia con los lineamientos de política económica del Gobierno contenidos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2011-PCM, orientados a contar con mercados fi nancieros transparentes y efi cientes, así como instituciones sólidas que faciliten el fi nanciamiento y la inversión; razones por las que se considera necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán asumidos con cargo al presupuesto de la SMV; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, dispone que los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú se autorizan mediante Resolución del Titular de la entidad; y, De conformidad con lo establecido en el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM y en la Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señora Lilian del Carmen Rocca Carbajal, Superintendente del Mercado de Valores, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 07 al 13 de junio de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 2 512,24 - Viáticos US$ 3 240,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria deberá presentar un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 1088964-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan auxiliares coactivos de la Intendencia Lima INTENDENCIA LIMA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 020-024-0000256/SUNAT Lima, 2 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, es necesario dejar sin efecto la designación de un Auxiliar Coactivo y designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Lima para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza; conforme al artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modifi catorias; se establece los requisitos que deben reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; habiendo el personal propuesto presentado una Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales