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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (01/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 17

El Peruano Domingo 1 de junio de 2014 524403 funcionarios de alto nivel que ocupan puestos clave en el sector fi nanciero, tales como autoridades de agencias de supervisión bancaria, o funcionarios de alto nivel involucrados en la formulación de políticas sobre supervisión y regulación de los bancos en sus respectivos países; Que, este evento servirá de foro para que los participantes puedan identifi car, desarrollar y cuestionar las respuestas adecuadas para temas de estrategia y política fi nanciera. Asimismo, se difundirá temas sobre la investigación en el sector fi nanciero, así como se tomará conocimiento sobre los problemas en dicho sector discutido en foros internacionales; Que, en tanto los temas a tratar en dicho evento serán de utilidad y aplicación en las actividades de supervisión y regulación de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar al señor Mayko Ramiro Camargo Cardenas, Intendente de Banca del Departamento de Supervisión Bancaria “B” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas y la señora María Esther Sánchez Idrogo, Intendente de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones del Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Riesgos para que participen en el indicado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2014, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para que participen en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2014, N° SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Mayko Ramiro Camargo Cardenas, Intendente de Banca del Departamento de Supervisión Bancaria “B” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas del 02 al 08 de junio de 2014 y la señora María Esther Sánchez Idrogo, Intendente de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones del Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS, del 02 al 07 de junio de 2014, a la ciudad de Washington D.C, Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2,281.68 Viáticos US$ 3,520.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1090636-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Conceden licencia a Presidente del Gobierno Regional para participar en las Elecciones Regionales ACUERDO REGIONAL Nº 014-2014-GR.LAMB./CR Chiclayo, 16 de mayo de 2014 VISTO: El Oficio Nº 352-2014.GR.LAMB.PR de fecha 02 de mayo de 2014, Reg. SISGEDO Nº 1349875, de la Presidencia del Gobierno Regional de Lambayeque, y; CONSIDERANDO: Que, a través del documento del visto el Presidente del Gobierno Regional de Lambayeque, Dr. Humberto Acuña Peralta, al amparo del Decreto Supremo Nº 009-2014-PCM, por el que se convoca a Elecciones Municipales y Regionales para el presente año, la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modifi cada por Ley Nº 29470; y, Resolución Nº 0140-2014-JNE del Jurado Nacional de Elecciones, solicita al Consejo Regional le conceda licencia sin goce de haber con el propósito de participar como candidato a Presidente Regional en las Elecciones Regionales convocadas para el 05 de octubre de 2014, peticionando la referida licencia se haga efectiva a partir del 05 de junio del año en curso. Que, en efecto, el Artículo 14º, numeral 4., parágrafo a) de la Ley Nº 27683, modifi cado por el Artículo 2ª de la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia sin goce de haber ciento veinte (120) días antes de la fecha de elecciones, los presidentes y vicepresidentes regionales que deseen postular a cualquier cargo de elección regional. Que, asimismo, conforme a lo dispuesto por el numeral 1., Artículo Quinto de la Resolución Nº 0140-2014-JNE, las autoridades y funcionarios señalados en el numeral 4., del Artículo 14º de la Ley Nº 27683 que soliciten licencia sin goce de haber con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014, deberán presentar su solicitud con este fi n por escrito ante el Consejo Regional hasta el 7 de junio de 2014 (120 días antes de las elecciones). Que, en atención al marco normativo expuesto, se verifi ca que es conforme a ley autorizar la licencia solicitada por el Dr. Humberto Acuña Peralta, Presidente del Gobierno Regional de Lambayeque, por ser derecho que le corresponde con arreglo a ley; Que, de conformidad con el Artículo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 37º, inc. a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de conformidad con los considerandos expuestos y en atención a lo aprobado por mayoría por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria de fecha 14.MAY.2014; SE ACUERDA: Artículo Único.- CONCEDER licencia, sin goce de haber, del 05 de junio al 05 de octubre del año 2014 al Dr. Humberto Acuña Peralta, Presidente del Gobierno Regional de Lambayeque, con el propósito de que pueda