Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2014 (04/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano Miercoles 4 de junio de 2014

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MORDAZA en contra del acuerdo de concejo adoptado en la Sesion Extraordinaria Nº 016, de fecha 29 de enero de 2014, que declara improcedente el pedido de vacancia presentado contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Edu Anderson MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Aparco, regidores de la Municipalidad Distrital de Hualhuas, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, asi como visto el Expediente Nº J-2013-01698. ANTECEDENTES Sobre la solicitud de declaratoria de vacancia Con fecha 23 de diciembre de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita (fojas 1 a 4, Expediente de traslado Nº J-2013-01698) la declaratoria de vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Edu Anderson MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Aparco, regidores de la Municipalidad Distrital de Hualhuas, por haber incurrido en la causal de ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas, prevista en el articulo 11, MORDAZA parrafo, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), en base a las siguientes consideraciones: a) Los regidores de quienes se solicita la vacancia, en la Sesion de Concejo Ordinaria Nº 33, de fecha 22 de noviembre de 2013, acordaron, conjuntamente con MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, alcaldesa de la citada comuna, por unanimidad, aprobar emitir el acto resolutivo correspondiente de anulacion de la Resolucion de Alcaldia Nº 221-2012-MDH/A, de fecha 31 de diciembre de 2012, que reconocia a la solicitante de la vacancia, la permanencia laboral en la referida entidad edil. b) Tanto es asi que, mediante Resolucion de Concejo Nº 001-2013-A/MDH, de fecha 4 de diciembre de 2013, se resolvio anular la citada Resolucion Nº 221-2012-MDH/A, es decir, se materializo el acuerdo de concejo adoptado en la referida Sesion de Concejo Ordinaria Nº 33, de fecha 22 de noviembre de 2013. c) La Resolucion Nº 221-2012-MDH/A, de fecha 31 de diciembre de 2012, fue expedida por el exalcalde Edden MORDAZA Turin, como organo ejecutivo y MORDAZA autoridad administrativa del gobierno local, inclusive su decision agoto la via administrativa. Ello significa que, para el caso en cuestion, la nulidad de la referida resolucion debio, si el caso ameritaba, operar de acuerdo con el articulo 202, numeral 202.2, primer parrafo, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante LPAG), que precisa que si se trata de un acto emitido por una autoridad que no esta sometida a subordinacion jerarquica, la nulidad sera declarada por resolucion del mismo funcionario. Por ello, la nulidad debio emitirla el despacho de alcaldia, por ser una autoridad no sometida a subordinacion jerarquica administrativa, por ser la MORDAZA autoridad en esa indole. d) El concejo municipal se encuentra impedido de resolver las situaciones laborales de los servidores municipales, como ilegalmente lo hicieron a traves del cuestionado acuerdo de concejo y Resolucion de Concejo N. 001-2013-A/MDH, de fecha 4 de diciembre de 2013. En efecto, de acuerdo a la MORDAZA parte del primer parrafo del articulo 39 de la LOM, "los asuntos administrativos del Concejo Municipal concernientes a su organizacion interna, los resuelven a traves de resoluciones de concejo". De ahi que las resoluciones que emita el concejo municipal deben corresponder al propio concejo, es decir, deben resolver situaciones juridicas de su organizacion interna y no de la municipalidad. Sin embargo, en el presente caso, los miembros del concejo municipal hicieron un uso equivocado de dicha figura, resolviendo una situacion juridica ajena a su organizacion interna, usurpando funciones administrativas y ejecutivas propias del MORDAZA contraviniendo lo dispuesto en el articulo 11 de la LOM, configurando la causal de vacancia invocada. Sobre la posicion del Concejo Distrital de Hualhuas con relacion a la solicitud de vacancia En Sesion Extraordinaria Nº 16, llevada a cabo el 29 de enero de 2014 (fojas 2 a 3), la alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Hualhuas, conjuntamente con los cuatro regidores asistentes, acordaron, por unanimidad, declarar improcedente la solicitud de vacancia presentada contra los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA

en MORDAZA certificada por fedatario, dentro del plazo MORDAZA e improrrogable de tres dias habiles, luego de presentado el mismo, siendo potestad exclusiva del MORDAZA Nacional de Elecciones calificar la inadmisibilidad o improcedencia del referido recurso de apelacion. 14. Cabe precisar que las actuaciones MORDAZA mencionadas son dispuestas por este Supremo Tribunal de Justicia Electoral, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas por la Constitucion Politica del Peru, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de MORDAZA, a fin de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial de turno, para que evalue la conducta de los integrantes del Concejo Distrital de Anco-Huallo, de acuerdo a sus competencias. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar NULO el Acuerdo de Concejo Nº 001-2014-MDAH/CM, del 29 de enero de 2014, que rechazo la solicitud de declaratoria de vacancia presentada contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Anco-Huallo, provincia de Chincheros, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de Anco-Huallo, provincia de Chincheros, departamento de MORDAZA, a efectos de que en el plazo MORDAZA de treinta dias habiles vuelva a emitir pronunciamiento sobre la solicitud de declaratoria de vacancia presentada contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Anco-Huallo, provincia de Chincheros, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, debiendo proceder de conformidad con lo expuesto en la presente resolucion, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de MORDAZA, a fin de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial de turno, para que evalue la conducta de los integrantes de dicho concejo, de acuerdo a sus competencias. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1091977-1

Confirman acuerdo de concejo que declaro improcedente pedido de vacancia de regidores de la Municipalidad Distrital de Hualhuas, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 371-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00187 HUALHUAS - HUANCAYO - MORDAZA RECURSO DE APELACION MORDAZA, ocho de MORDAZA de dos mil catorce VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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