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El Peruano Miércoles 4 de junio de 2014 524556 Especiales para las próximas elecciones regionales y municipales. SEGUNDO: Que, en la fecha la señora magistrada Revilla Palacios presenta su escrito de declinación a ser promovida a la Segunda Sala Penal para reos libres, igualmente otros jueces penales han declinado a la promoción. De otro lado, dos jueces superiores titulares se encuentran provisionalmente ejerciendo funciones en Corte Suprema de la República. Dos Jueces Superiores titulares ejercen funciones en la Ofi cina de Control de la Magistratura. Entre el ascenso de nueve jueces especializados en lo penal, cuatro de familia y mixto, que suma catorce jueces superiores provisionales para la conformación de seis Salas Penales. Para ello es necesaria una adecuada distribución en su conformación a fi n de evitar los impedimentos que se generen, en especial en los colegiados de reos en cárcel. TERCERO: Que, consecuentemente a fi n de brindar una mejor atención a los justiciables, corresponde reconformar las Salas Civiles y Penales; teniendo en cuenta que el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa, dirige la política interna de su Distrito Judicial en coordinación con el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, además de cautelar la pronta administración de justicia, así como el cumplimiento de las obligaciones de los Magistrados del Distrito Judicial; conforme lo establece el artículo 90, incisos 3) y 4) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; en consecuencia en uso de sus facultades, la Presidencia, RESUELVE: Artículo Primero.- RECONFORMAR, a partir del 02 de junio, las siguientes Salas Superiores: • Segunda Sala Penal reos libres Magistrada MARÍA ELENA JO LAOS Presidente (P) Magistrada CECILIA ISABEL SIADEN AÑI Provisional Magistrado LUIS ANTONIO LA ROSA PAREDES Provisional • Segunda Sala Civil Magistrado JOSÉ ALBERTO INFANTES VARGAS Presidente (T) Magistrado EDGARDO TORRES LÓPEZ Titular Magistrada CARMEN MARÍA LÓPEZ VÁSQUEZ Titular Artículo Segundo.- ACEPTAR la declinación presentada por la magistrada ANA MARÍA REVILLA PALACIOS a su promoción como Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Penal para reos libres. Artículo Tercero.- DISPONER que la nueva conformación de las Salas Superiores Penales establecidas en la presente no interferirán en la culminación de los procesos con audiencias iniciadas, sesiones continuadas o procesos con vista de la causa, pudiéndose realizar los cambios que establezca la ley. Artículo Cuarto.- Póngase en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Suprema de la República, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital, Ofi cina de Personal; así como de los Magistrados mencionados; para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DANTE TERREL CRISPIN Presidente 1091566-1 Oficializan Acuerdo de Sala Plena que establece el rol de turno de las Salas Penales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para los meses de junio a diciembre de 2014 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 0564-2014-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, treinta de mayo del año dos mil catorce//. I.- ANTECEDENTES: La Resolución Administrativa N° 0154-2014-P- CSJLIMASUR/PJ y el Acuerdo de Sala Plena en Sesión de fecha 30 de mayo de 2014. II.- FUNDAMENTOS: 1. El artículo 145° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que en los casos de discordia o impedimento de uno o más jueces, el presidente procede a llamar a los jueces de la misma especialidad de otras Salas, si las hubiera, y luego, a los jueces de las Salas de otra especialidad, comenzando por el menos antiguo, en el orden de prelación que establece el Consejo Ejecutivo correspondiente. El artículo 150º del mismo cuerpo legal, prescribe que en los supuestos de recusación o inhibición, para completar Sala, se proceda en el mismo trámite previsto para la resolución de las causas de discordia. 2. Que, mediante Resolución Administrativa N° 0154- 2014-P-CSJLIMASUR/PJ del 07 de febrero de 2014, se estableció el procedimiento en caso de impedimento, recusación, inhibición, discordia y necesidad de completar el colegiado de las Salas Superiores, correspondientes al año judicial 2014, incluyendo en el rol a la Sala Civil de esta Corte Superior de Justicia. 3. Que, en Sesión de Sala Plena realizada el día de la fecha, se acordó que estando a lo establecido en la norma reseñada en el fundamento 1 de la presente resolución, el llamamiento de los señores Jueces se debe realizar por razón de la especialidad, debiendo la Superior Sala Civil ser excluida del turno antes mencionado, debiendo continuarse con la regulación del turno, únicamente con los señores jueces de las Salas Penales. 4. Que, en tal sentido resulta pertinente emitir las disposiciones correspondientes respecto al turno que regirá en las Salas Penales para los meses que restan del presente año judicial, en caso de que se presenten supuestos de impedimento, recusación, inhibición o discordia, procediendo el Presidente de la Sala en que se produzcan dichos supuestos a llamar a los Jueces Superiores de la Sala que se encuentre de turno, empezando por el menos antiguo, y en caso de persistir los supuestos normativos acotados se recurrirá a llamar a los integrantes de la Sala del turno inmediato anterior. Y en caso de producirse necesidad de completar el colegiado en el periodo vacacional, se procederá de la misma forma. 5. Que, estando a que conforme Resolución Administrativa N° 0154-2014-P-CSJLIMASUR/PJ, la última Sala Penal que asumió el turno fue la Sala Penal Permanente, el turno se fi jará empezando por la Primera Sala Penal Transitoria. 6. El Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un efi ciente servicio de impartición de justicia en benefi cio del usuario del sistema judicial. Por tanto, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. III.- DECISION: El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, de conformidad con las normas invocadas y lo expuesto, resuelve: Artículo Primero.- ESTABLECER que en los casos en que se produzca impedimento, recusación, inhibición o discordia y necesidad de completar el colegiado, debidamente acreditado y aceptada en los casos que corresponda, de uno o más Jueces de las Salas Superiores Penales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, se completará el Colegiado con los Jueces Superiores que se requieran empezando por el menos antiguo, de acuerdo a siguiente turno: MES ÓRGANO JURISDICCIONAL Junio Primera Sala Penal Transitoria Julio Segunda Sala Penal Transitoria Agosto Sala Penal Permanente