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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (04/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 67

El Peruano Miércoles 4 de junio de 2014 524549 facultades conferidas en Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, incisos 3 y 9. RESUELVE: Primero.- ACEPTAR la DECLINATORIA (RENUNCIA) al cargo de Juez Provisional del Juzgado Mixto de La Molina y Cieneguilla, a la señora Magistrada PATRICIA CLAUDIA PANDO SIMONETTI, con efectividad al tres de junio del año dos mil catorce. Segundo.- DESIGNAR a la Doctora SILVIA JENIFER HERENCIA ESPINOZA - Juez de Paz Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado de La Molina y Cieneguilla, como Jueza Provisional del Juzgado Mixto de La Molina y Cieneguilla, con efectividad al tres de junio del año dos mil catorce. Tercero.- DESIGNAR a la Doctora ADA LUZ CUBAS LUNA - como Juez Supernumerario del Primer Juzgado de Paz Letrado de La Molina y Cieneguilla, con efectividad al tres de junio del año dos mil catorce. Cuarto.- PONER en conocimiento de la presente Resolución a la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima Este y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, comuníquese, regístrese, cúmplase y archívese. MARIA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1091979-1 Aprueban Nómina de Peritos Judiciales para los años 2014 - 2015 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 168-2014-P-CSJLI-PJ Lima, 30 de mayo de 2014 VISTO: La Resolución Administrativa Nº 226-2012-P-CSJLI de fecha treinta de marzo del dos mil doce, modifi cada por Resolución Administrativa N°462-2012-P-CSJLI/PJ, de fecha once de junio del dos mil doce, la Resolución Administrativa N°919-2013-P-CSJLI/PJ de fecha veintiuno de noviembre del dos mil trece, modifi cada por Resolución Administrativa N° 930-2013-P-CSJLI/PJ de fecha veintiocho de noviembre del dos mil trece y el Informe Nº 001-2014-CEESP-CSJLI/PJ, de fecha veinte de marzo de dos mil catorce; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, por Resolución Administrativa Nº 226- 2012-P-CSJLI/PJ de fecha treinta de marzo del dos mil doce, modifi cada por Resolución Administrativa Nº 462- 2012-P-CSJLI/PJ de fecha once de junio del dos mil doce, se aprueba la Nómina de Peritos para los Años 2012-2013. Segundo: Que, por Resolución Administrativa N°919- 2013-P-CSJLI/PJ de fecha veintiuno de noviembre del dos mil trece, modifi cada por Resolución Administrativa N°930-2013-P-CSJLI/PJ de fecha veintiocho de noviembre del dos mil trece, se dispone convocar a los Colegios Profesionales de las diferentes especialidades para el Proceso de Evaluación y Selección de Peritos al Registro de Peritos Judiciales de ésta Corte Superior de Justicia, correspondiente al periodo 2014-2015, para lo cual se conformó la Comisión encargada de la conducción del Proceso de Evaluación de Peritos delegada por esta Presidencia. Tercero: Que, el artículo 21 del Reglamento de Peritos Judiciales señala que cada dos años el profesional o especialista inscrito en el REPEJ se someterá a una prueba de evaluación de conocimiento, que estará a cargo de los Colegios Profesionales, bajo su responsabilidad y podrá ser supervisado por el Poder Judicial, con la fi nalidad de comprobar su permanente reactualización e idoneidad profesional. Para el caso de las especialidades que no se encuentren organizados en Colegios, la evaluación y selección estará a cargo del Poder Judicial. Cuarto: Que, los Peritos Judiciales a ratifi car su inscripción para el periodo 2014-2015 corresponden a los Peritos que han cumplido dos años desde su inscripción o desde su última evaluación, siendo ellos los inscritos en la Nómina aprobada por Resolución Administrativa Nº 226-2012-P-CSJLI/PJ y su modifi catoria Nº 462-2012-P- CSJLI/PJ y quienes posteriormente revalidaron la misma Nómina. Quinto: Que, el artículo 274 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece: …“Las Cortes Superiores pueden solicitar, cuando lo consideren conveniente, se aumente el número de peritos que fi guren en las nóminas”, lo que guarda concordancia con lo establecido en el articulo 10 del Reglamento de Peritos. Sexto: Que, estando al considerando precedente, la Comisión Evaluadora designada por esta Presidencia consideró conveniente incrementar la cantidad de Peritos para la Nómina en las especialidades de Accidentología Vial, Traductores y Psicología quienes han sido evaluados conforme a las normas pertinentes. Séptimo: Que, respecto de la evaluación de entrevista personal, la Comisión da cuenta que fueron entrevistados los postulantes a nuevos Peritos, ya que el artículo 21 del referido Reglamento, no contempla dicha etapa para los Peritos ya inscritos en la Nómina. Octavo: El informe de la Comisión además, precisa que para la evaluación en la especialidad de Grafotecnia y Fotografía Forense a cargo de Poder Judicial se contó con la colaboración de la División de Criminalística de la Policía Nacional del Perú de dichas especialidades, por lo que debe efectuarse el reconocimiento por el apoyo brindado. Noveno: Que, la Comisión cursó la invitación del aviso de convocatoria al Colegio Médico del Perú y al Colegio de Matemáticos –los cuales registran a los Licenciados en Computación-, pese a ello no se obtuvo respuesta alguna sobre el particular, por lo que no han participado en el presente proceso de evaluación, por ende en la presente nómina no se contará con dichas especialidades. Décimo: La Comisión propone que los Peritos que en la actualidad forman parte de la Nómina de Repej, integren de manera provisional la Nómina de Peritos del 2014-2015, hasta que sean evaluados en la forma que disponga el Reglamento cuya modifi cación resulta de urgente aprobación para los efectos de mantener una Nómina de Peritos con profesionales de calidad. Asimismo, propone que se excluya de dicha Nómina a los profesionales respecto de los cuales no se comprobó su permanente reactualización e idoneidad profesional en el presente proceso. Décimo Primero: Mediante documento del visto, el Presidente de la Comisión encargado de la conducción del Proceso de Evaluación y Selección de Peritos para el periodo 2014-2015 de ésta Corte Superior de Justicia, remite el informe fi nal, mediante el cual da cuenta de los resultados de dicho proceso de evaluación, proponiéndose se apruebe la Nómina con 443 profesionales en las diferentes especialidades. Décimo Segundo: En consideración a lo antes expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3 y 9 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y el artículo 21 del Reglamento de Peritos Judiciales; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Nómina de Peritos Judiciales para los años 2014-2015, las misma que se encuentra integrada por trescientos noventa y tres profesionales y especialistas de las diferentes especialidades, seleccionados con las formalidades de Ley por la Comisión Encargada de la Conducción del Proceso de Evaluación y Selección de Peritos Judiciales, y que se encuentran descritos en el Anexo N° 1, la misma que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- SUGERIR al Consejo Ejecutivo de Poder Judicial la pronta modifi cación y aprobación del Reglamento de Peritos con Resolución Administrativa N°351-98-SE-TP-CME-PJ que tiene por fi nalidad regular el proceso de Evaluación, Selección e Inscripción de