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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (04/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 76

El Peruano Miércoles 4 de junio de 2014 524558 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulo Acuerdo de Concejo que rechazó solicitud de declaratoria de vacancia de alcalde de la Municipalidad Distrital de Anco-Huallo, provincia de Chincheros, departamento de Apurímac RESOLUCIÓN Nº 368-2014-JNE Expediente Nº J-2014-0179 ANCO-HUALLO - CHINCHEROS - APURÍMAC RECURSO DE APELACIÓN Lima, ocho de mayo de dos mil catorce VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Samuel Quispe Siccha en contra del Acuerdo de Concejo Nº 001-2014-MDAH/CM, del 29 de enero de 2014, que rechazó su solicitud de declaratoria de vacancia contra Américo Chávez Elguera, alcalde de la Municipalidad Distrital de Anco-Huallo, provincia de Chincheros, departamento de Apurímac, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y oídos los informes orales. ANTECEDENTES La solicitud de declaratoria de vacancia El 4 de abril de 2013, Samuel Quispe Sicha solicitó ante el Concejo Distrital de Anco Huallo la vacancia de Américo Chávez Elguera, alcalde del citado concejo distrital, por la causal de nepotismo (fojas 257), toda vez que la entidad edil habría contratado a Edwin Chávez Salazar, primo hermano de la autoridad municipal. A efectos de acreditar su pedido, el solicitante de la vacancia adjuntó los siguientes documentos: - Copia certifi cada del acta de nacimiento del alcalde Américo Chávez Elguera, en el que se indica que sus padres son Santiago Chávez Sihui y Hermenegilda Elguera Sánchez (fojas 265). - Copia certifi cada del acta de nacimiento de Edwin Chávez Salazar, presunto primo hermano del alcalde, en el que se indica que sus padres son Porfi rio Chávez Sihui y Marcelina Salazar Medina (fojas 267). - Copia certifi cada del acta de defunción de Santiago Chávez Sihui, padre del alcalde (fojas 266 y vuelta). - Copia del acta de matrimonio de Porfi rio Chávez Sihui y Marcelina Salazar Medina (foja 268 y vuelta). - Impresión del Portal de Transparencia económica del Ministerio de Economía (fojas 262 a 264), en las cuales se aprecia que Edwin Chávez Salazar fue proveedor de la Municipalidad Distrital de Anco Huallo, durante los años 2011, 2012 y 2013. Los descargos del alcalde Américo Chávez Elguera El 9 de mayo de 2013, la autoridad municipal presentó su escrito de descargos (fojas 141 a 148), sosteniendo que Edwin Chávez Salazar fue contratado para desempeñarse en dos actividades: - Como docente en el colegio José María Arguedas Altamirano, de Uripa En sesión ordinaria del 16 de febrero de 2011, el Concejo Distrital de Anco-Huallo acordó la suscripción de un convenio con la Institución Educativa José María Arguedas Altamirano, de Uripa (fojas 149 a 153), formalizado mediante el documento denominado “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Municipalidad Distrital de Anco-Huallo y la Institución Educativa José María Arguedas Altamirano”, de fecha 1 de marzo de 2011 (fojas 155 y 156), y por Ofi cio Nº 049-2011/ D-IESM “JMAA”-U, del 10 de marzo de 2011 (fojas 157), la institución educativa propuso a Edwin Chávez Salazar, suscribiéndose el denominado “Contrato por servicios personales de docente para la institución educativa” entre este y la entidad municipal (fojas 158 y vuelta), por lo que el contratado, indicó, no estuvo sujeto a subordinación. Además de los documentos antes citados, la autoridad edil presentó el comprobante de pago Nº 267, de fecha 17 de mayo de 2011, emitido por la Municipalidad Distrital de Anco-Huallo a favor de Edwin Chávez Salazar por el importe de S/. 800,00, por concepto de pago por servicios prestado en dictado de clases en el colegio JMA-Uripa, según convenio suscrito entre la entidad y el colegio, durante el mes de abril (fojas 159), además de la orden de servicio Nº 00171, de fecha 10 de mayo de 2011 (fojas 162), el recibo por honorarios Nº 001-005, de fecha 6 de mayo de 2011 (fojas 163), emitido por Edwin Chávez Salazar a favor de la entidad municipal, y la Resolución Directoral Nº 01236-2011-UGELCH, de fecha 6 de junio de 2011, que aprueba el contrato por servicios personales entre la Unidad Ejecutora Nº 303-UGEL Chincheros y Edwin Chávez Salazar, con vigencia desde el 6 de junio al 31 de diciembre de 2011 (fojas 165 y 166). - Como árbitro para la conducción de eventos deportivos Por Informe Nº 06-2012-Resp-ODEL-MDA, del 12 de marzo 2012 (fojas 167), la Ofi cina de Desarrollo Económico Local de la entidad municipal solicitó al gerente municipal la contratación de árbitros para la conducción de eventos deportivos durante el año 2012, sugiriendo que se celebre un convenio con la liga distrital de fútbol o con el colegio de árbitros, suscribiéndose para dicho fi n el denominado “Convenio interinstitucional de mutua colaboración entre la Municipalidad Distrital de Anco-Huallo y la Liga Distrital de Fútbol de Uripa”, de fecha 20 de marzo de 2012 (fojas 172 y 173), institución que, por carta del 2 de abril de 2012 (fojas 175), hizo llegar la lista de árbitros seleccionados, entre los que se encontraba Edwin Chávez Salazar, emitiéndose, a tal efecto, los comprobantes de pago Nº 497, de fecha 26 de setiembre de 2012, por S/. 1 000,00 (fojas 178), Nº 1253, de fecha 23 de noviembre de 2012, por S/. 492,00 (fojas 180), y Nº 034, de fecha 20 de febrero de 2013, por S/. 1 148,00 (fojas 183). Adicionalmente, el alcalde manifestó que los responsables de planifi cación y presupuesto de la entidad municipal, en relación con los pagos efectuados durante los años 2012 y 2013 a Edwin Chávez Salazar, tomaron las acciones de control correspondientes (fojas 189 y 190), toda vez que se constató la falta de un contrato de servicios entre la entidad edil y el proveedor, por lo que se efectuó la reversión de estos pagos a favor del tesoro público. La decisión del Concejo Distrital de Anco-Huallo: el Acuerdo de Concejo Nº 009-2013-MDAH/CM, del 15 de mayo de 2013 En la Sesión Extraordinaria Nº 003, del 14 de mayo de 2013 (fojas 211 a 217), los miembros del concejo distrital rechazaron, por mayoría, la solicitud de vacancia (dos votos a favor y cuatro votos en contra). Dicha decisión se plasmó en el Acuerdo de Concejo Nº 009-2013-MDAH/ CM, del 15 de mayo de 2013 (fojas 219 a 223). El recurso de apelación en contra del Acuerdo de Concejo Nº 009-2013-MDAH/CM El 4 de junio de 2013, Samuel Quispe Sicha interpuso recurso de apelación en contra de la decisión del concejo de rechazar su solicitud de vacancia (fojas 225 a 232). Los argumentos que sirvieron de sustento para el citado medio impugnatorio son los siguientes: - En la sesión extraordinaria en donde se trató la solicitud de vacancia los miembros del concejo municipal no tomaron en cuenta las pruebas aportadas al momento de solicitar la vacancia del alcalde, así como tampoco aquellas que se aportaron al momento de presentarse los alegatos fi nales en la misma fecha de la sesión, tales como la constancia emitida por el director del Programa Sectorial III de la UGEL de Chincheros (fojas 207) y el acta de proceso de evaluación de expedientes, suscrita por el director de la Institución Educativa José María Arguedas Altamirano (fojas 208).