TEXTO PAGINA: 36
El Peruano Viernes 20 de junio de 2014 525754 Que, el Gobierno Regional de Moquegua, mediante Ordenanza Regional Nº 05-2012-CR/GRM, aprobó la Creación del Sistema Regional de Conservación de Moquegua - SIRECOM; dicha norma regional establece en su artículo cuarto que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente es el Órgano Rector del SIRECOM, siendo funciones del órgano rector proponer normatividad regional requerida para la gestión y desarrollo de las Áreas Protegidas y otras modalidades de conservación en el ámbito de la región Moquegua, así como promover la coordinación interinstitucional entre las instituciones públicas de los gobiernos nacional, regional y local que actúen intervengan y participen directa o indirectamente en la gestión y desarrollo de modalidades de conservación de la biodiversidad. Que, el Gobierno Regional de Moquegua, mediante Ordenanza Regional Nº 29-2012-CR/GRM Declaró de Interés Público Regional las Zonas Prioritarias para la Conservación de la Biodiversidad en la Región Moquegua, las mismas que está constituidas por: Valle del Alto Tambo; De conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política del Perú y en uso de sus facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Consejo Municipal Provincial de General Sánchez Cerro, aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA CREACIÓN DEL ÁREA DE CONSERVACIÓN AMBIENTAL “VALLE DEL ALTO TAMBO” Artículo Primero.- APROBAR la creación del Área de Conservación Ambiental “Valle del Alto Tambo”, que se encuentra ubicada en la Cuenta del Tambo, en los Distritos de Chojata, Lloque, Yunga y Ubinas, Provincia General Sánchez Cerro, Departamento de Moquegua, la misma que cuenta con un Área de 103 165.345 Ha., cuyo plano y cuadro de coordenadas como anexos forman parte de la presente ordenanza, describiéndose a continuación su memoria: NORTE. Comenzando en el Punto 1 referido en las coordenadas 315233,8860-8215392,7040 en el cauce del río sin nombre y en línea recta rumbo Este hasta el Punto 2 ubicado en las coordenadas 317092,7410- 8215394,3760 tomando dirección Sur y pasando por la cima del cerro sin nombre hasta llegar al Punto 3 en las coordenadas 317738,4640-821458,0860 hasta llegar al cauce del río sin nombre para proseguir en dirección Este por la prolongación del cauce del río sin nombre hasta llegar al río Paltiture en la base del cerro Parosarayoc en el Punto 4, tomando dirección Sureste por el cauce del río Paltiture hasta llegar al Punto 5. ESTE. Partiendo desde el Punto 5 y tomando dirección Sureste por la quebrada ubicada entre los cerros Tarucani y Pucasaya hasta llegar al rio Ichuña donde se ubica el Punto 6 y continuando por Suroeste entre los cauces de los ríos sin nombre y pasando las laderas entre los cerros Perusa y Sarallaoc en las coordenadas 325846.3430-8209848.1720 en el Punto 7, prosiguiendo rumbo Sureste hacia la cima del cerro Icho Ccollo donde se ubica el Punto 8, siguiendo rumbo Sureste hasta llegar a la cima del cerro Pachacutec y cruzando la ladera del cerro Misti Sillani hasta llegar al Punto 9, en dirección Sur hasta llegar al Punto 10 en las coordenadas 333358.5210- 8201486.1940, tomando rumbo Sureste por la ladera del cerro Irupuñuna hasta llegar al Punto 11, siguiendo rumbo Sureste pasando la cima del cerro Irupuñuna hasta llegar al Punto 12. SUR. Desde el Punto 12 tomando rumbo Suroeste hasta el Punto 13 ubicado en la cima del cerro Sumira, y tomando el cauce del rio sin nombre que más adelante toma el nombre del rio De Curo posteriormente Umalso hasta la intersección del rio Jachica en el Punto 14, tomando rumbo Sureste por el cauce del rio Huarata hasta el Punto 15, siguiendo en línea recta tomando el cauce del TejetMayo que toma posteriormente el nombre de JatunMayo y Pacchiripampa hasta la intersección con el rio Callutane en el Punto 16, siguiendo con el cauce