Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2014 (20/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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Nº 008-2014 de fecha 30 de MORDAZA de 2014, la propuesta del Area de Conservacion Ambiental "Cerro Blanco", con sus respectivos informes favorables emitidos por la Oficina de Medio Ambiente, Gerencia de Asesoria Legal y Comision de Salud, Bienestar Social y Cultural, Seguridad Ciudadana y Medio Ambiente; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de General MORDAZA Cerro, es el organo de Gobierno Promotor del Desarrollo Local, que goza de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dentro del ordenamiento constitucional y juridico vigente; correspondiendole segun el caso, administrar los asuntos de su competencia municipal, en forma autonoma, con las garantias y responsabilidades de Ley; Que, el inciso 22 el articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru, establece que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA, asimismo el articulo 67º y 68 de la Carta Magna establecen que el Estado determina la politica nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, el articulo 12º de la Ley Nº 26821, Ley Organica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, establece que es obligacion del Estado fomentar la conservacion de areas naturales que cuentan con importante diversidad biologica, paisajes y otros componentes del patrimonio natural de la Nacion, Que, en la Provincia General MORDAZA Cerro, del Departamento de MORDAZA, la Diversidad Biologica existente, posee un valor invaluable desde el aspecto de especies, endemismos, ecosistemas y cultura que necesita ser conservada, en algunos casos recuperado y posteriormente manejado para generar beneficios a las poblaciones involucradas a traves de servicios ambientales; Que, segun el Decreto Supremo Nº 004-2011VIVIENDA aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA, establece que "el Plan de Acondicionamiento Territorial es el instrumento tecniconormativo de planificacion fisica integral en el ambito provincial que orienta y regula la organizacion fisicoespacial de las actividades humanas en cuanto a la distribucion, jerarquia, roles y funciones de los centros poblados en los ambitos MORDAZA y rural; la conservacion y proteccion del recurso y patrimonio natural y cultural; el desarrollo de la inversion publica y privada en los ambitos MORDAZA y rural del territorio provincial; y, la ocupacion y uso planificado del territorio, para lograr el mejoramiento de los niveles y calidad de MORDAZA de la poblacion MORDAZA y rural, bajo el enfoque territorial prospectivo, competitivo y de sostenibilidad." Que, es competencia exclusiva de los municipios provinciales: "Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial que identifique las areas urbanas y de expansion MORDAZA, asi como las areas de proteccion o seguridad por riesgos naturales, las areas agricolas y las areas de conservacion ambiental", conforme lo establece numeral 1.1.del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, las Areas de Conservacion Ambiental son un mecanismo de conservacion "in situ" en areas terrestres y/o acuaticas del ambito de la municipalidad provincial cuyas caracteristicas naturales particulares las hacen importantes para el desarrollo local sostenible y el bienestar de la poblacion, por lo que son conservadas y usadas sosteniblemente, de manera participativa, en concordancia con el plan de Ordenamiento Territorial de la Provincia, siendo espacios reconocidos y declarados como tales, incluyendo su zonificacion, para conservar la diversidad biologica y demas valores asociados de interes cultural, paisajistico y cientifico, asi como por su contribucion al desarrollo sostenible del pais; Que, el Servicio Nacional de Areas Protegidas por el Estado (SERNANP), PROFONANPE y el Gobierno Regional de MORDAZA han suscrito el Convenio de Cooperacion Interinstitucional para la ejecucion del Proyecto "Fortalecimiento de la Biodiversidad a traves del Programa Nacional de Areas Naturales ProtegidasPRONANP", siendo uno de sus objetivos el formalizar los acuerdos necesarios que permitan el trabajo conjunto, entre las instituciones, para la ejecucion de EL PROYECTO en el ambito territorial de la Region Moquegua;

El Peruano Viernes 20 de junio de 2014

Que, asimismo el Proyecto "Fortalecimiento de la Biodiversidad a traves del Programa Nacional de Areas Naturales Protegidas-PRONANP", tiene como objetico contribuir a la sostenibilidad a largo plazo de las Areas Naturales Protegidas del Peru, expandiendo la representatividad ecologica del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE, dentro de corredores o mosaicos de conservacion; Que, en Reunion de Trabajo realizada el dia 26 de febrero del 2014, entre el Gobierno Regional MORDAZA y la Municipalidad Provincial de General MORDAZA Cerro, se explico la base legal utlizada para la elaboracion de las Propuestas de Areas de Conservacion Ambiental "Cerro Blanco" y "Valle del Alto Tambo", referida al Plan Director de las Areas Naturales Protegidas, el cual senala que, en la medida que se completa la construccion del sistema fisico de ANP, particularmente a nivel nacional, se deberan privilegiar la construccion de redes de ANP de caracter regional y privada, y otras modalidades de conservacion in situ de la diversidad biologica, que refuercen su viabilidad y funcionalidad mediante enfoques de conectividad, gestion ecosistemica y de paisaje. Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Ordenanza Regional Nº 05-2012-CR/GRM, aprobo la Creacion del Sistema Regional de Conservacion de MORDAZA - SIRECOM; dicha MORDAZA regional establece en su articulo MORDAZA que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente es el Organo Rector del SIRECOM, siendo funciones del organo rector proponer normatividad regional requerida para la gestion y desarrollo de las Areas Protegidas y otras modalidades de conservacion en el ambito de la region MORDAZA, asi como promover la coordinacion interinstitucional entre las instituciones publicas de los gobiernos nacional, regional y local que actuen intervengan y participen directa o indirectamente en la gestion y desarrollo de modalidades de conservacion de la biodiversidad. Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Ordenanza Regional Nº 29-2012-CR/GRM Declaro de Interes Publico Regional las Zonas Prioritarias para la Conservacion de la Biodiversidad en la Region MORDAZA, las mismas que esta constituidas por: Chilata-Puquina (zona comprendida en el Area de Conservacion Ambiental Cerro Blanco); De conformidad con lo dispuesto por la Constitucion Politica del Peru y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial de General MORDAZA Cerro, aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA CREACION DEL AREA DE CONSERVACION AMBIENTAL "CERRO BLANCO" Articulo Primero.- APROBAR la creacion del Area de Conservacion Ambiental "Cerro Blanco", que se encuentra ubicada la Cuenta del Tambo, en los Distritos de Puquina, Coalaque, Omate y la Capilla, Provincia General MORDAZA Cerro, Departamento de MORDAZA, la misma que cuenta con un Area de 69,021.10 Ha., cuyo plano y cuadro de coordenadas como anexos forman parte de la presente ordenanza, describiendose a continuacion su memoria: NORTE. Partiendo del Punto 1 ubicado al Noroeste del area en la prolongacion de la cima del Cerro Crespon Grande, en direccion Este Punto 2 que se ubica en la cima del cerro Quiana, prosigue por la cima del cerro Quiana hasta el Punto 3 que se encuentra en la cima del cerro San MORDAZA, para luego seguir en direccion Noreste por la divisora de MORDAZA pasando por los cerros Silla Paca- Toropujane hasta el Punto 4 en las coordenadas 28363,5340-8179574,5760 tomando direccion Sur por la cima del cerro Huayruntune-Yuncahuara y siguiendo la divisoria de MORDAZA pasando el cerro Surapata y Quelcata continuando hasta el Punto 5 en la cima del cerro Huilane donde nace el rio Saje. ESTE. A partir del Punto 5, continua por las cimas del cerro Saje-Japupata en direccion Sur hasta llegar al Punto 6 en el cerro Choropata para posteriormente ascendera la cima del cerro Mamacocha donde se ubica el Punto 7, tomando rumbo Sureste por la divisoria de MORDAZA y prolongacion del cerro Mamacocha hasta la interseccion con el cerro Pastillo donde se ubica el Punto 8, tomando rumbo Suroeste y siguiendo la cima hasta llegar al cerro Pastillo donde se ubica el Punto 9, siguiendo la cima

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