Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (20/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

El Peruano Viernes 20 de junio de 2014 525726 Vista, la Carta del Director de la División Regiones del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas de Francia, de fecha 16 de mayo de 2014. CONSIDERANDO: Que, en el Entendimiento Nº 1 del Acta de la I Ronda de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y el Estado Mayor de las Fuerzas Armadas de Francia, suscrita en la ciudad de Lima - Perú, el 06 de junio de 2013, se establece desarrollar la II Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas de Francia y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, así como sus correspondientes representantes de la Fuerzas Armadas, durante el primer semestre del año 2014, en la ciudad de París - República Francesa; Que, mediante documento del Visto, el Director de la División Regiones del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas de Francia, hace extensiva una invitación al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas miembros de la delegación de la República del Perú, con el fi n de asistir a la II Ronda de Conversaciones entre el Estado Mayor de las Fuerzas Armadas de Francia y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República del Perú, a llevarse a cabo en la ciudad de París - República Francesa, del 24 al 26 de junio de 2014; Que, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de París – República Francesa, a los Ofi ciales miembros de la delegación peruana que se nombran en la parte resolutiva, a fi n que participen en la II Ronda de Conversaciones entre el Estado Mayor de las Fuerzas Armadas de Francia y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República del Perú, la cual tiene por fi nalidad el incremento de los niveles de cooperación bilateral, el fomento de la confi anza mutua y el intercambio de experiencias exitosas en pro de la búsqueda conjunta de respuestas y soluciones a las difi cultades comunes que enfrentan ambos países; por cuanto los conocimientos y experiencias a tratarse redundarán en benefi cio del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal militar designado durante la totalidad del evento antes indicado, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación al inicio del mismo y su retorno DOS (2) días posteriores al término del evento; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002, y su modifi catoria; el Decreto Supremo N° 002-2004- DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi caciones, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a los Ofi ciales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas que se indica a continuación, integrantes de la delegación peruana, a fi n que participen en la II Ronda de Conversaciones entre el Estado Mayor de las Fuerzas Armadas de Francia y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República del Perú, a realizarse en la ciudad de París - República Francesa, del 24 al 26 de junio de 2014; así como autorizar su salida del país el 22 de junio de 2014 y su retorno el 27 de junio del 2014: DNI Coronel EP Percy Otoniel CÓRDOVA Bravo 43608242 Capitán de Navío AP Oswaldo Enrique MURILLO Rocha 43290674 Teniente Coronel EP Jorge Luis CONTRERAS Machado 43303357 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima – París (República Francesa) – Lima: US$. 1,980.00 x 3 Ofi ciales (Incluye TUUA) US$. 5,940.00 Viáticos: US$. 540.00 x 5 días x 3 Ofi ciales US$. 8,100.00 ----------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 14,040.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4°.- El personal militar designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. Artículo 5°.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 1099632-4 Autorizan viaje de representantes del Ministerio de Defensa a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 280-2014-DE Lima, 19 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta de referencia LB/14/ AC15SEC/01 del 20 de febrero de 2014, el Presidente del Comité Aliado (AC/135), ha hecho extensiva la