Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2014 (20/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Viernes 20 de junio de 2014

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7. Finalmente, cabe indicar que mediante Decreto Supremo N° 081-2014-EF, se dispuso que el Decreto Supremo N° 080-2014-EF es aplicable a las contrataciones cuyos procesos de seleccion se convoquen a partir de su entrada en vigencia. II. ANALISIS 1. Tal como fluye de los antecedentes, en virtud a la modificacion del Reglamento, la Presidenta del Tribunal de Contrataciones del Estado es competente para otorgar un plazo MORDAZA de dos (2) dias habiles a efectos que el impugnante subsane alguna omision de la garantia presentada con la interposicion del recurso de apelacion, en caso no haber sido advertida dicha omision en la Mesa de Partes del Tribunal o de las Oficinas Zonales del OSCE; dicho plazo se computa desde el dia siguiente de la notificacion de las observaciones, y en caso este transcurra sin que se realice la subsanacion, el recurso se tendra por no presentado. 2. Al respecto, debe considerarse que la MORDAZA modificada no se refiere a una de las etapas de un MORDAZA de seleccion, y siendo esta de caracter procesal, es de aplicacion inmediata a los recursos impugnativos que se encuentran en tramite ante el Tribunal. 3. En virtud a lo expuesto, teniendo en cuenta que el Acuerdo de Sala Plena N° 002/2005 del 7 de febrero de 2005 se refiere a la facultad de nueva observacion de las cartas fianzas en caso de no cumplir con el requisito de incondicionalidad, a efectos de que exista correspondencia con lo dispuesto en la normatividad vigente respecto a la subsanacion de las garantias como requisito de admisibilidad para la interposicion del recurso de apelacion, se considera pertinente dejar sin efecto el citado acuerdo de sala plena. En consecuencia, se adopta el siguiente acuerdo: III. ACUERDO a. Dejar sin efecto el Acuerdo de Sala Plena N° 002/2005 del 7 de febrero de 2005. b. Encargar a la Secretaria del Tribunal llevar a cabo las coordinaciones pertinentes a efectos de publicar el presente Acuerdo. c. A partir del dia siguiente de la publicacion del presente Acuerdo, todo Pase a Sala de expedientes de apelacion en tramite, que no se ajusten a lo dispuesto en el numeral 6) del articulo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, modificado mediante el Decreto Supremo N° 080-2014-EF, quedara sin efecto, siendo formalizado por la Presidencia del Tribunal. 4. Registrese y publiquese. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA EGUSQUIZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA MORDAZA MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE ZELA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario 1099631-1

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Autorizan viaje de Superintendente Adjunto de Supervision Prudencial a Suiza, en comision de servicios
RESOLUCION DE SUPERINTENDENTE Nº 075-2014-SMV/02 MORDAZA, 19 de junio de 2014 LA SUPERINTENDENTE DEL MORDAZA DE VALORES VISTO: El Oficio N° 194-2014-MINCETUR/VMCE del 06 de junio de 2014, mediante el cual el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo solicita la participacion de la Superintendencia del MORDAZA de Valores en el MORDAZA de las negociaciones del Acuerdo sobre Comercio de Servicios (TISA, por sus siglas en ingles), cuyas reuniones se realizaran del 23 al 27 de junio de 2014 en la MORDAZA MORDAZA, Confederacion Suiza; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR ha solicitado a la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV ser participes activos en las reuniones programadas en el MORDAZA de las negociaciones del Acuerdo sobre Comercio de Servicios, que se realizaran del 23 al 27 de junio de 2014 en la MORDAZA de MORDAZA, Confederacion Suiza; Que, la referida negociacion forma parte de un conjunto de acciones del Estado Peruano orientadas a construir un acuerdo inclusivo y de alta calidad, que sea soporte para el crecimiento economico, el desarrollo y la generacion de empleo de los paises miembros; Que, la SMV ha considerado conveniente que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Superintendente Adjunto de Supervision Prudencial, participe en las reuniones del grupo de Servicios Financieros; Que, el cronograma de actividades, remitido por el MINCETUR, senala que las sesiones del Grupo de Servicios Financieros se llevaran a cabo el 23 y 25 de junio de 2014 en la MORDAZA de MORDAZA, Confederacion Suiza; Que, de acuerdo con el articulo 10° de la Ley N° 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2014, se encuentran prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo los viajes que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales y negociaciones economicas y financieras, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, en consecuencia y siendo de interes para el MORDAZA la realizacion de las negociaciones MORDAZA mencionadas, es necesario autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuyos gastos seran asumidos con cargo al presupuesto de la SMV; y, De conformidad con lo establecido en el literal a) del numeral 10.1 del articulo 10° de la ley N° 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2014, en la Ley N° 27619 ­ Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N°0472002-PCM y en la Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervision del MORDAZA de Valores; RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Superintendente Adjunto de Supervision Prudencial, a la MORDAZA de MORDAZA, Confederacion Suiza, del 22 al 27 de junio de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion.

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