Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2014 (20/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Viernes 20 de junio de 2014

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autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 1099632-5

invitacion al MORDAZA MORDAZA Latinoamericano de Catalogacion que se llevara a cabo los dias 24, 25 y 26 de junio del 2014, en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica Argentina; Que, con Resolucion Ministerial N° 1256-2012DE/SG del 07 de noviembre 2012, resuelve: "Disponer que la Direccion General de Recursos Materiales, se encargue de realizar las acciones correspondientes a fin de implementar el Sistema OTAN de Catalogacion en el Sector Defensa; Que, en ese sentido, siendo interes del Sector Defensa el intercambio de experiencia entre miembros de diferentes Oficinas Nacionales de Catalogacion para la implementacion del Sistema OTAN de Catalogacion, es necesario designar a dos (02) representantes del Ministerio de Defensa para que viajen en Comision de Servicio a la MORDAZA de Buenos Aires ­ Republica MORDAZA, a fin de participar en el referido seminario; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, los viaticos que se otorguen seran por cada dia que dure la mision oficial o el evento, a los que se podra adicionar por una sola vez el equivalente a un dia de viaticos, por concepto de gastos de instalacion y traslado, cuando el viaje es a cualquier MORDAZA de America; Que los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto del Ano Fiscal 2014 del Ministerio de Defensa ­ UE 001: Administracion General, de conformidad con el Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2014; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM, de fecha 05 de junio del 2002 y su modificatoria aprobada con Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG de fecha 26 de enero 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al Exterior en Comision de Servicio, al MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA GRANDA MORDAZA, DNI 09585071, al Economista MORDAZA Yvanof MORDAZA ELDREDGE MORDAZA, DNI 40676906, para que participen en el MORDAZA MORDAZA Latinoamericano de Catalogacion con la finalidad de tratar temas relacionados a la implementacion del Sistema OTAN de Catalogacion, que se llevara a cabo en la MORDAZA de Buenos Aires ­ Republica MORDAZA, del 24 al 26 de junio del 2014; asi como autorizar su salida del MORDAZA el 23 de junio. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora 001: Administracion General, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aereos: MORDAZA ­ Buenos Aires (Republica Argentina) - MORDAZA US$ 1,555.18 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 3,110.36 Viaticos: US$ 370.00 x 2 personas x 4 dias TOTAL US$ 2,960.00 -----------------------US$ 6,070.36

ECONOMIA Y FINANZAS
Disponen que los recursos provenientes del Canon y Sobrecanon, Regalias y Rentas de Aduana de los Gobiernos Regionales pueden ser canalizados a cuentas bancarias de fideicomisos constituidos en el Banco de la Nacion, en determinados casos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 049-2014-EF/52.03 MORDAZA, 13 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, los recursos provenientes del Canon y Sobrecanon, Regalias y Rentas de Aduana que por Ley corresponde a los Gobiernos Regionales son canalizados mediante Asignaciones Financieras autorizadas por la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, a traves del SIAF-SP, para su utilizacion conforme a los procedimientos presupuestales y de tesoreria de acuerdo a lo establecido en la Resolucion Directoral N° 013-2008EF/77.15 y sus modificatorias, lo cual implica la ejecucion directa de los recursos por parte de las citadas entidades a traves de sus respectivas subcuentas bancarias de gasto; Que, no obstante, es pertinente establecer un procedimiento que permita operativizar el flujo de los mencionados recursos a cuentas de fideicomisos constituidos por dichas entidades en el MORDAZA de Contratos de Concesion suscritos por el Estado de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de las Normas con rango de Ley que regulan la entrega en Concesion al Sector Privado de las Obras Publicas de Infraestructura y de Servicios Publicos, y particularmente, respecto de los proyectos a que se contrae el Decreto de Urgencia Nº 047-2008, Dictan disposiciones extraordinarias para facilitar las asociaciones publico - privadas que promueva el gobierno nacional en el contexto de la crisis financiera internacional; De conformidad con el literal j) del articulo 6º del Texto Unico Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Tesoreria, aprobado por el Decreto Supremo Nº 035-2012-EF, el numeral 2 del articulo 47º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el articulo 18º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas, modificada por el Decreto Legislativo Nº 325 y el literal i) del articulo 96º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 117-2014-EF y, estando a lo propuesto por la Direccion de Normatividad;

Articulo 3º.- El personal comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuaran la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6° del Decreto Supremo N° 047 -2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias

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