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El Peruano Viernes 27 de junio de 2014 526205 - El/la Gerente/a General del Fondo MI VIVIENDA S.A. - El/la Gerente/a General del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO. - El/la Director/a Ejecutivo/a del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS; y, A efectos de viabilizar el accionar de la Comisión, sus miembros podrán contar con representantes alternos. Cada uno de los miembros de la Comisión, deberá mantener permanentemente informado al titular de su institución de todo lo relacionado a la implementación del Plan. Los miembros que integran la Comisión, ejercerán sus cargos como parte de su mandato institucional, no pudiendo percibir remuneraciones, dietas, aportes, asignación ni retribución, cualquiera fuera su denominación, excepto las que provengan de la institución a la que pertenecen. 4.2.1 Funciones de la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento a) Proponer la política sectorial en materia de prevención de la corrupción. b) Promover el desarrollo de acciones orientadas al fomento de la ética, transparencia, vigilancia ciudadana y neutralidad política. c) Proponer al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento el Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector. d) Evaluar e informar semestralmente al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los resultados de la implementación del Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector. e) Evaluar y proponer acciones y medidas a adoptar por la Alta Dirección, relacionadas a la prevención e investigación de actos de corrupción, así como el fomento de la ética, transparencia y neutralidad política del Sector. f) Promover la difusión de los principios y valores en las entidades del Sector. g) Promover la vigilancia ciudadana sobre el ejercicio de la función pública. h) Establecer coordinaciones con entidades públicas y privadas en materia de lucha contra la corrupción. Para el desarrollo de sus actividades, la Comisión y su Secretaría Técnica podrán solicitar la colaboración, opinión y aporte técnico a los distintos órganos, unidades orgánicas, programas, proyectos, organismos públicos y entidades adscritas al Sector, así como de las entidades privadas que puedan coadyuvar al cumplimiento de las funciones, pudiendo realizar las convocatorias que sean necesarias para la consecución de sus fi nes. 4.2.2 Secretaría Técnica de la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento La Comisión, contará con una Secretaría Técnica, que estará a cargo de la Ofi cina de Atención al Ciudadano del MVCS, la misma que implementará las acciones dispuestas por la Comisión y el seguimiento de la ejecución de las actividades programadas en el Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector. 4.2.3 Funciones de la Secretaría Técnica de la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento La Secretaría Técnica de la Comisión tendrá las siguientes funciones: a) Formular la propuesta del Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector, en coordinación con los órganos y programas del MVCS, así como de los Organismos Públicos y entidades adscritas, para presentarlo a la Comisión. b) Brindar el apoyo e información que le requiera la Comisión. c) Elaborar el Informe Semestral sobre la ejecución del Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector y presentarlo a la Comisión. d) Elaborar reportes sobre el avance en la ejecución del Plan de Lucha Contra la Corrupción del Sector, cuando sean solicitados por la Comisión. e) Apoyar la promoción del desarrollo de acciones orientadas al fomento de la ética, transparencia, vigilancia ciudadana y neutralidad política”. Artículo 2.- La Comisión se instalará en un plazo máximo de diez (10) días hábiles de publicada la presente Resolución Ministerial, dando cuenta al Titular del Sector. Artículo 3.- Todas las referencias al Comité Sectorial de Evaluación y Monitoreo Anticorrupción efectuadas en el Plan de Lucha Contra la Corrupción para el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento 2013 - 2016, se entienden referidas a la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1102871-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN