Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2014 (27/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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El Peruano Viernes 27 de junio de 2014

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Designan miembros de la Comision de Signos Distintivos
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 92-2014-INDECOPI/COD
MORDAZA, 25 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso d) del articulo 5° de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033, y el inciso c) del articulo 5° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 107-2012-PCM, el Consejo Directivo de la Institucion se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las areas de competencia y propiedad intelectual; Que, mediante Resolucion Nº 019-2012-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 10 de febrero de 2012, el Consejo Directivo del Indecopi designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vienrich MORDAZA en el cargo de miembro de la Comision de Signos Distintivos; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vienrich MORDAZA ha presentado su renuncia a su condicion de miembro de la Comision de Signos Distintivos; Que, en ese sentido, resulta necesaria la designacion de un miembro de la Comision de Signos Distintivos, en aras de garantizar la plena ejecucion de las obligaciones y mandatos institucionales, a traves del correcto funcionamiento de sus organos internos; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institucion en sesion de fecha 23 de junio de 2014, con la opinion favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vienrich MORDAZA al cargo de miembro de la Comision de Signos Distintivos, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados a la Institucion en el ejercicio de dicho cargo. Articulo 2°.- Designar a las senoritas MORDAZA MORDAZA Mera MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Li Carmelino como miembros de la Comision de Signos Distintivos. Registrese, comuniquese y publiquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo

Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033, y el inciso c) del articulo 5° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 107-2012-PCM, el Consejo Directivo de la Institucion se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las areas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del articulo 22° de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, el periodo de designacion de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) anos; Que, conforme a lo establecido en el literal c) del articulo 21º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, las Comisiones del area de competencia se encuentran conformadas por cuatro (4) miembros; Que, a la fecha, la Comision de Proteccion al Consumidor N° 1 se encuentra integrada por tres (3) miembros, por lo que resulta pertinente completar la designacion de todos sus Comisionados, a fin de que dicho organo colegiado cuente con el numero legal de integrantes previstos en la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institucion en sesion de fecha 23 de junio de 2014, con la opinion favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Zevillanos Garnica como miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor Nº 1. Registrese, comuniquese y publiquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo

1102154-2

Designan miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor N° 2
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 94-2014-INDECOPI/COD
MORDAZA, 25 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso d) del articulo 5° de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033, y el inciso c) del articulo 5° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 107-2012-PCM, el Consejo Directivo de la Institucion se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las areas de competencia y propiedad intelectual; Que, mediante Resolucion Nº 100-2011-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de junio de 2011, el Consejo Directivo del Indecopi designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oneto en el cargo de miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor N° 2; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oneto ha presentado su renuncia a su condicion de miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor N° 2; Que, en ese sentido, resulta necesaria la designacion de un miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor N° 2, en aras de garantizar la plena ejecucion de las obligaciones y mandatos institucionales, a traves del correcto funcionamiento de sus organos internos; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institucion en sesion de fecha 23 de junio de 2014, con la opinion favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033;

1102154-1

Designan miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor Nº 1
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 93-2014-INDECOPI/COD
MORDAZA, 25 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso d) del articulo 5° de la Ley de Organizacion y Funciones del

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