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El Peruano Viernes 27 de junio de 2014 526195 Que, de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo 1 del Decreto Supremo N° 098-2014-EF, se ha determinado que el monto máximo a ser otorgado al Gobierno Regional de Cusco asciende a la suma de S/. 295 856 503,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que en tal sentido, resulta necesario autorizar el segundo tramo de la emisión interna de bonos soberanos aprobada por el Decreto Supremo N° 098-2014-EF, destinado a fi nanciar los proyectos de inversión pública en ejecución a cargo del Gobierno Regional mencionados en el quinto considerando; así como aprobar el respectivo Convenio de Traspaso de Recursos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 098-2014-EF y la Resolución Directoral N° 037-2014-EF/52.01, que aprueba la “Directiva para la Implementación del Acceso de los Gobiernos Regionales al Financiamiento con la Emisión de Bonos Soberanos aprobada por el Decreto Supremo N° 098-2014-EF” y la Resolución Ministerial N° 167-2014-EF/52; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorícese el segundo tramo de hasta S/. 295 856 503,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES) de la emisión interna de bonos soberanos aprobada en el marco del Decreto Supremo Nº 098-2014-EF, que puede ser colocado en una o varias fechas, y que se destina a fi nanciar los proyectos de inversión pública “Mejoramiento de la Transitabilidad Peatonal y Vehicular de la Avenida Evitamiento de la Ciudad del Cusco” y “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud del Hospital Antonio Lorena Nivel III-1-Cusco”, en ejecución, a cargo del Gobierno Regional de Cusco. Artículo 2º.- Para los fi nes de la colocación del segundo tramo que se autoriza en el Artículo precedente, se aplicará lo dispuesto en el Reglamento de Bonos Soberanos y el Reglamento del Programa de Creadores de Mercado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 096-2013-EF y los bonos soberanos contarán con las siguientes características: Monto : S/. 295 856 503,00 Unidad Responsable : Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público Estructurador : Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público Moneda : Nuevos Soles Negociabilidad de los bonos : Libremente negociables Modalidad de colocación : A través de subastas, en el marco del Programa de Creadores de Mercado o mecanismo que lo sustituya. Plazo de colocación : En varias fechas hasta el 31 de diciembre de 2014. Registro : Los bonos serán registrados mediante anotación en cuenta en CAVALI S.A. ICLV y listados en la Bolsa de Valores de Lima Servicio de deuda : El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasionen los bonos que se emitan, son atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública. Artículo 3º.- Apruébese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y el Gobierno Regional señalado en el Artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, mediante el cual se establece los términos y condiciones para el traspaso de los recursos provenientes de la colocación de bonos soberanos cuya emisión fue autorizada por el Decreto Supremo N° 098-2014-EF, para fi nanciar los proyectos de inversión pública, en ejecución, a cargo de dicho Gobierno; así como lo referido a su utilización y a la obligación de reembolsar al Gobierno Nacional los recursos que son materia de traspaso. El mecanismo de reembolso a cargo del aludido Gobierno Regional señalado en el Artículo 1 de esta Resolución Ministerial, a favor del Ministerio de Economía y Finanzas, será mediante asignaciones fi nancieras a que se refi ere la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF. Artículo 4º.- Autorícese al Director General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir toda la documentación que se requiera para implementar lo dispuesto en esta Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1102475-1 EDUCACION Aprueban Bases del II Concurso Nacional “La Buena Escuela 2014” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 025-2014-MINEDU Lima, 26 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el Anexo 7 de las “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2014 en la Educación Básica”, aprobadas por Resolución Ministerial N° 0622-2013-ED, establece la matriz de concursos que deben realizarse durante el año 2014, entre los cuales se encuentra el Concurso “La Buena Escuela”; Que, el literal h) del artículo 46 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED, establece que la Dirección General de Desarrollo de las Instituciones Educativas, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica, es responsable de identifi car y promover buenas prácticas de gestión de instituciones educativas y mejora continua; Que, la referida Dirección General, mediante Informe N° 061-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDIE, sustenta la necesidad de aprobar las Bases del II Concurso Nacional “La Buena Escuela 2014”, el cual tiene por fi nalidad reconocer y visibilizar a las instituciones educativas que desarrollan buenas prácticas en gestión escolar, convivencia y orientación de los procesos pedagógicos, con énfasis en el logro de los aprendizajes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley N° 26510; y el Decreto Supremo N° 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las Bases del II Concurso Nacional “La Buena Escuela 2014”, las mismas que como Anexo forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Desarrollo de las Instituciones Educativas, el adecuado cumplimento de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente Resolución Viceministerial y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http:// www.minedu.gob.pe/). Regístrese, comuníquese y publíquese. FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRA Viceministro de Gestión Pedagógica 1102810-1