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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (27/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 42

El Peruano Viernes 27 de junio de 2014 526200 VISTA: La Carta de fecha 20 de mayo del 2014, presentada por el abogado JOSÉ WILFREDO ESPINAL SANTE, Coordinador de la Sub Unidad de Potencial Humano de la Unidad de Administración del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar-INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 197-2013- MIMP se designó al abogado JOSÉ WILFREDO ESPINAL SANTE en el cargo de confi anza de Coordinador de la Sub Unidad de Potencial Humano de la Unidad de Administración del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables- MIMP; Que, mediante el documento de vista, el referido funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, la que resulta pertinente aceptar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado JOSÉ WILFREDO ESPINAL SANTE, al cargo de Coordinador de la Sub Unidad de Potencial Humano de la Unidad de Administración del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar- INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables- MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1102856-1 RELACIONES EXTERIORES Disponen publicar resumen de los párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolución 2159 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre Irán y la no proliferación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0397/RE-2014 Lima, 24 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que el Decreto Supremo Nº 016-2007-RE, del 24 de marzo de 2007, establece disposiciones relativas a la publicidad de las resoluciones del Consejo de Seguridad que se adopten en el marco del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas; Que, el 9 de junio de 2014, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 2159 (2014), que prorroga el mandato del Grupo de Expertos sobre Irán y la no proliferación; siendo esta de obligatorio cumplimiento para los Estados Miembros de las Naciones Unidas conforme a lo señalado en la Carta de la Organización; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicar, para conocimiento y debida observancia de sus disposiciones, un resumen de los párrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolución 2159 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre Irán y la no proliferación, aprobada el 9 de junio del 2014. El texto completo de dicha resolución se encuentra publicado en el portal de Internet de la Organización de las Naciones Unidas (www.un.org). Artículo 2º- Sin carácter restrictivo, entiéndase que las instituciones involucradas en el cumplimiento de la Resolución 2159 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas son las siguientes: Ministerio de Defensa Ministerio del Interior Superintendencia de Banca y Seguros y AFP Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores Resumen Sustantivo de la Resolución del Consejo de Seguridad Nº 2159 (2014) “Resolución 2159 (2014) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7193ª sesión, celebrada el 9 de junio de 2014 El Consejo de Seguridad, Recordando sus anteriores resoluciones pertinentes, incluidas las resoluciones 1696 (2006), 1737 (2006), 1747 (2007), 1803 (2008), 1835 (2008), 1887 (2009), 1929 (2010), 1984 (2011), 2049 (2012) y 2105 (2013), así como la declaración de su Presidencia de 29 de marzo de 2006 (S/PRST/2006/15), y reafi rmando lo dispuesto en todas ellas, ... Habiendo determinado que la proliferación de armas de destrucción en masa y de sus sistemas vectores sigue constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales, Actuando en virtud del Artículo 41 del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, 1. Decide prorrogar hasta el 9 de julio de 2015 el mandato del Grupo de Expertos enunciado en el párrafo 29 de su resolución 1929 (2010), expresa su intención de volver a examinar ese mandato y de adoptar las disposiciones pertinentes en relación con una nueva prórroga a más tardar el 9 de junio de 2015, y solicita al Secretario General que tome las medidas administrativas necesarias con tal fi n; … 5. Insta a todos los Estados, los órganos competentes de las Naciones Unidas y otras partes interesadas a que cooperen plenamente con el Comité establecido en virtud de la resolución 1737(2006) y con el Grupo de Expertos, en particular proporcionando cualquier información que posean sobre la aplicación de las medidas impuestas por las resoluciones 1737 (2006), 1747 (2007), 1803 (2008) y 1929 (2010); 6. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.” 1102768-1 SALUD Designan Director Ejecutivo de la Oficina de Proyectos de Inversión de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 474-2014/MINSA Lima, 23 de junio del 2014 Visto, el Expediente N° 14-055341-004, que contiene la Nota Informativa Nº 0245-2014-OGPP/MINSA, emitida por el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y,