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El Peruano Domingo 2 de marzo de 2014 517956 Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1056134-4 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra a Argentina, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 092-2014-DE/MGP Lima, 1 de marzo de 2014 Visto, el Ofi cio N.1000-187 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 31 de enero de 2014; CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2014, la designación y autorización de viaje al exterior de UN (1) Ofi cial Subalterno para que participe en el Curso Mayor, a impartirse en la Unidad Académica de la Escuela Superior de la Prefectura Naval Argentina, ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 5 de marzo al 5 de diciembre de 2014; Que, la designación de Personal Naval para que participe en el referido curso, responde a la necesidad de capacitar a los Ofi ciales Subalternos para asumir con idoneidad la gestión de conducción de las Jefaturas y de los Organismos Intermedios, optimizando el futuro desempeño en la conducción y ejerciendo funciones vinculadas a la seguridad de la navegación, prevención de la contaminación ambiental, protección marítima y portuaria y seguridad pública, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación recíproca asumido por nuestro país; así como, fomentar e incrementar las medidas de confi anza mutua con Instituciones Armadas de otros países; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Primero Harold RICHTER Camino, para que participe en el Curso Mayor, a impartirse en la Unidad Académica de la Escuela Superior de la Prefectura Naval Argentina, ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 5 de marzo al 5 de diciembre de 2014, lo que contribuirá signifi cativamente en el perfeccionamiento profesional del citado Ofi cial Subalterno; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23º de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/ SG de fecha 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº 009-2013-DE de fecha 2 de octubre de 2013; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024- 2009-DE/SG de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Primero Harold RICHTER Camino, CIP. 00932875, DNI. 44156062, para que participe en el Curso Mayor, a impartirse en la Unidad Académica de la Escuela Superior de la Prefectura Naval Argentina, ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 5 de marzo al 5 de diciembre de 2014. Artículo 2º.- El Ministro de Defensa – Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos correspondientes de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Buenos Aires (República Argentina) - Lima US$ 1,500.00 US$. 1,500.00 Gastos de Traslado (ida y retorno): (equipaje, bagaje e instalación) US$. 2,400.00 x 2 compensaciones US$. 4,800.00 Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero: US$. 2,400.00 / 31 x 27 días (marzo 2014) US$. 2,090.32 US$. 2,400.00 x 8 meses (abril - noviembre 2014) US$. 19,200.00 US$. 2,400.00 / 31 x 5 días (diciembre 2014) US$. 387.10 ----------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 27,977.42 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, considerando las posteriores actualizaciones de la Compensación Extraordinaria Mensual durante el período de viaje autorizado, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4°.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización