Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2014 (02/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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una Comision Sectorial encargada de formular una propuesta de Plan de Lucha Contra la Corrupcion en el Sector Interior; Que, la referida Comision Sectorial ha cumplido con la elaboracion del proyecto de Plan de Lucha contra la Corrupcion en el Sector Interior 2014-2016; Que, resulta necesario recibir y consolidar los aportes de las entidades publicas, instituciones privadas y organizaciones de la sociedad civil interesadas en la materia, asi como de la ciudadania en general, que contribuyan al perfeccionamiento del Plan propuesto; Que, por lo expuesto, resulta conveniente disponer las acciones necesarias para la publicacion del proyecto del Plan de Lucha contra la Corrupcion en el Sector Interior 2014-2016; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1.- Disponer que la Secretaria General del Ministerio del Interior efectue las acciones necesarias para la publicacion del proyecto del Plan de Lucha contra la Corrupcion en el Sector Interior 2014-2016, en la pagina web www.mininter.gob.pe Las sugerencias y comentarios sobre el referido proyecto deberan ser remitidos al correo electronico plcsi@mininter.gob.pe, en un plazo no mayor a quince (15) dias habiles contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion. Articulo 2.- Encargar al Gabinete de Asesores del Ministerio del Interior la evaluacion y sistematizacion de las sugerencias y aportes recibidos, en el termino de diez (10) dias habiles luego de concluido el plazo senalado en el articulo 1. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 1056131-1

El Peruano MORDAZA 2 de marzo de 2014

Disponen la publicacion del Anteproyecto de Ley de MORDAZA, Municiones, Explosivos, Productos Pirotecnicos y Materiales Relacionados de uso civil en las paginas web del Ministerio del Interior y de la SUCAMEC
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0282-2014-IN MORDAZA, 28 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de la Ley N° 29915 que delego en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de fortalecimiento institucional del Sector Interior, se dictaron diversos Decretos Legislativos, entre otros, el Decreto Legislativo N° 1127, que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC; Que, conforme al articulo 2 del Decreto Legislativo Nº 1127, la SUCAMEC tiene competencia de alcance nacional en el ambito de los servicios de seguridad privada, MORDAZA, municiones, explosivos y productos pirotecnicos de uso civil; Que, el articulo 6 del Decreto Legislativo Nº 1127, establece que es funcion de SUCAMEC controlar, administrar, supervisar, fiscalizar, normar y sancionar las actividades en el ambito de los servicios de seguridad privada, fabricacion y comercio de MORDAZA, municiones y conexos, explosivos y productos pirotecnicos de uso civil;

Que, a fin de fortalecer la implementacion de la Politica Nacional del Estado Peruano en Seguridad Ciudadana, aprobada por Decreto Supremo N° 012-2013-IN, resulta necesario establecer el MORDAZA normativo que asegure el uso racional y controlado de las MORDAZA, municiones y conexos, explosivos y productos pirotecnicos de uso civil; Que, en este sentido, resulta conveniente reformular y actualizar los alcances de la Ley Nº 25054, Ley sobre la Fabricacion, Comercio, Posesion y Uso por los particulares de MORDAZA y municiones que no son de MORDAZA, el Decreto Ley N° 25707, que declara en emergencia la utilizacion de explosivos de uso civil y conexos, asi como la Ley N° 27718, Ley que regula la fabricacion, importacion, deposito, transporte, comercializacion y uso de productos pirotecnicos; Que, asimismo, la Novena Disposicion Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1127, establece que el Poder Ejecutivo presentara al Congreso de la Republica las propuestas de reforma y actualizacion de la normatividad vigente en materia de fabricacion, comercializacion, transporte, almacenamiento, posesion, uso y destino final de MORDAZA, municiones y conexos, explosivos y pirotecnicos de uso civil; Que, en tal virtud, la SUCAMEC elaboro un Anteproyecto de Ley de MORDAZA, Municiones, Explosivos, Productos Pirotecnicos y Materiales Relacionados de uso civil, el cual fue puesto a consideracion del Ministerio del Interior para su revision y tramite correspondiente; Que, en atencion a la relevancia de la referida propuesta legislativa, resulta necesario recibir y consolidar los aportes de las entidades publicas involucradas, los proveedores y usuarios de MORDAZA, municiones, explosivos, productos pirotecnicos y materiales relacionados de uso civil, asi como de la ciudadania en general; para contribuir con el MORDAZA de revision del Anteproyecto mencionado en el parrafo precedente; Que, atendiendo a lo expuesto, es pertinente disponer las acciones necesarias para la publicacion del Anteproyecto de Ley de MORDAZA, Municiones, Explosivos, Productos Pirotecnicos y Materiales Relacionados de uso civil; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; y el Decreto Legislativo N° 1127, que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC; SE RESUELVE: Articulo 1.- Disponer que la Secretaria General del Ministerio del Interior efectue las acciones necesarias para la publicacion del Anteproyecto de Ley de MORDAZA, Municiones, Explosivos, Productos Pirotecnicos y Materiales Relacionados de uso civil, en las paginas web www.mininter.gob.pe y www.sucamec.gob.pe Las sugerencias y comentarios sobre el referido proyecto deberan ser remitidos al correo electronico armasyexplosivos@mininter.gob.pe, en un plazo no mayor a quince (15) dias habiles contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion. Articulo 2.- La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC dispondra las medidas correspondientes para difundir el referido Anteproyecto entre los proveedores y usuarios de MORDAZA, municiones, explosivos, productos pirotecnicos y materiales relacionados de uso civil en el ambito nacional. Articulo 3.- Encargar al Gabinete de Asesores del Ministerio del Interior la evaluacion y sistematizacion de las sugerencias y aportes recibidos, en el termino de diez (10) dias habiles luego de concluido el plazo senalado en el articulo 1. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 1056131-2

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