Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2014 (07/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/ SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio, del Capitan FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, NSA: O-9694099 DNI: 40476991, para asumir funciones de Oficial Internacional de Intercambio bajo el programa MPEP como Oficial en Asuntos Logisticos, adjunto al Escuadron 19 de preparacion Logistica (19LRS), en la Base de la Fuerza Aerea de Little MORDAZA, Arkansas, Estados Unidos de MORDAZA, del 05 de MORDAZA del 2014 al 30 de MORDAZA de 2016; asi como autorizar su salida del MORDAZA el 04 de MORDAZA de 2014 y su retorno el 01 de MORDAZA de 2016. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje: MORDAZA ­ Arkansas (Estados Unidos de America) US$ 1,701.63 x 01 persona (Incluye TUUA) = US$ 1,701.63 Gastos de traslado ­ Ida (Equipaje, bagaje e instalacion) US$ 2,500.00 x 01 persona = US$ 2,500.00 Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 2,500.00 / 30 x 26 dias x 01 persona = US$ 2,166.67 US$ 2,500.00 x 08 meses x 01 persona = US$ 20,000.00 Total a pagar = US$ 26,368.30

El Peruano Viernes 7 de marzo de 2014

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan representantes titular y alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social ante la Comision Multisectorial de Inclusion Financiera encargada de proponer el diseno y realizar el seguimiento de la implementacion de la Estrategia Nacional de Inclusion Financiera
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 057-2014-MIDIS MORDAZA, 6 de marzo de 2014 VISTO: El Informe N° 021-2014-MIDIS/VMPS/DGCPS, emitido por la Direccion General de Calidad de Prestaciones Sociales del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 029-2014-EF, se creo la Comision Multisectorial de Inclusion Financiera, de naturaleza permanente, adscrita al Ministerio de Economia y Finanzas, encargada de proponer el diseno y realizar el seguimiento de la implementacion de la Estrategia Nacional de Inclusion Financiera; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 3 del referido decreto supremo, la mencionada comision multisectorial estara conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; Que, asimismo, de acuerdo con lo senalado en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 029-2014-EF, los representantes, titular y alterno, de las entidades del Poder Ejecutivo que conforman la citada comision multisectorial, son designados por resolucion ministerial del sector al que pertenecen; Que, en ese contexto, de conformidad con el MORDAZA normativo senalado, resulta necesario designar a los representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, titular y alterno, ante la Comision Multisectorial de Inclusion Financiera encargada de proponer el diseno y realizar el seguimiento de la implementacion de la Estrategia Nacional de Inclusion Financiera; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y las atribuciones previstas en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0112012-MIDIS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como representantes, titular y alterno, del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social ante la Comision Multisectorial de Inclusion Financiera encargada de proponer el diseno y realizar el seguimiento de la implementacion de la Estrategia Nacional de Inclusion Financiera, a las personas que desempenan los siguientes cargos: Director General de Calidad de Prestaciones Sociales del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, como representante titular. Director General de Descentralizacion y Coordinacion de Programas Sociales del Despacho

Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Articulo 5º.- El personal designado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.- El citado Oficial, esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad y retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la Materia. Articulo 7º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1058475-8

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