Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2014 (07/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Viernes 7 de marzo de 2014

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(3) Certificado medico de Clase 3, hasta treinta y seis (36) meses, con excepcion de: (i) Mayores de cuarenta (40) anos: Doce (12) meses. (ii) Mayores de sesenta (60) anos: Seis (6) meses. (b) Cuando el titular de un certificado medico de Clase 1 ha cumplido cuarenta (40) anos de edad, el intervalo de doce (12) meses, especificado en el parrafo (a)(1) de esta Seccion se reduce a seis (6) meses. (c) Cuando el titular de un certificado medico, Clase 2 ha cumplido los sesenta (60) anos de edad, el periodo de validez senalado en el parrafo (a)(2) de esta Seccion se reduce a seis (6) meses. Con la excepcion de los Tripulantes de Cabina, cuyo tiempo de validez se reduce a (18) dieciocho meses. (d) El periodo de validez de un certificado medico puede reducirse cuando clinicamente es indicado. (e) Los periodos de validez indicados en los literales anteriores, se basan en la edad del solicitante a partir del momento que se somete al reconocimiento medico. 1057804-1

CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru, siendo competente para aprobar, modificar y dejar sin efecto las Regulaciones Aeronauticas del Peru ­ RAP, conforme lo senala el literal c) del articulo 9º de la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y el articulo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 050-2001-MTC; Que, por su parte, el articulo 7º del citado Reglamento, senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modificacion de las RAP con una antelacion de quince dias calendario; Que, en cumplimiento del referido articulo, mediante Resolucion Directoral Nº 232-2013-MTC/12, del 07 de junio del 2013, se aprobo la difusion a traves de la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del proyecto de modificacion del parrafo 67.025(a)(3), literales (i) e (ii) de la Regulacion Aeronautica del Peru ­ RAP 67 "Normas Medicas y Certificacion" y el proyecto de derogatoria de la RAP 143 "Licencias de Instructor en Tierra"; Que, durante el periodo de publicacion se recibieron aportes a los proyectos pre-publicados determinandose que los referidos a la RAP 67 debian ser incluidos en el proyecto de revision normativa, generandose una nueva propuesta cuya prepublicacion fue aprobada mediante la Resolucion Directoral N° 619-2014-MTC/12 del 12 de diciembre del 2013. Respecto al proyecto de derogatoria de la RAP 143 las observaciones fueron desestimadas por el area tecnica, con lo cual no resultaba necesaria una nueva pre-publicacion de dicha propuesta quedando dispuesta para su aprobacion; Que, ha transcurrido el plazo legal de difusion del MORDAZA proyecto de revision de la RAP 67, sin recibirse recomendaciones o comentarios, siendo necesario expedir el acto que apruebe la modificacion de la MORDAZA, la que cuenta con las opiniones favorables de la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones, mediante memoranda Nº 1813 y N° 2662-2013-MTC/12.07; la Direccion de Seguridad Aeronautica, a traves del memorando, N° 2129-2013-MTC/12.04; la Direccion de Regulacion y Promocion, mediante memoranda N° 4032013 y N° 090-2014-MTC/12.08; y la Asesoria Legal, a traves de memoranda Nº 812 y 1837-2013-MTC/12. LEG. De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el texto de modificacion de la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 67 "Normas Medicas y Certificacion", el cual forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la totalidad del texto de la Regulacion Aeronautica del Peru ­ RAP ­ 143 "Licencias de Instructor en Tierra". Registrese, comuniquese y publiquese; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil (e) CAPITULO A: GENERALIDADES 67.025 Validez del certificado medico aeronautico (a) La validez del certificado medico aeronautico es la siguiente: (1) Certificado medico de Clase 1, hasta doce (12) meses; (2) Certificado medico de Clase 2, hasta doce (12) meses; excepto en el caso del tripulante de cabina, cuyo tiempo de validez es de treinta y seis (36) meses;

VIVIENDA
Designan Jefa de la Unidad de Comunicacion Institucional de la Secretaria General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento
RESOLUCION MINISTERIAL N° 071-2014-VIVIENDA MORDAZA, 6 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 068-2014VIVIENDA, se encargo a la Licenciada en Comunicacion Social MORDAZA MORDAZA MORDAZA Martinez; con retencion de las funciones de Defensora del Usuario del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento; el puesto de Jefa de la Unidad de Comunicacion Institucional de la Secretaria General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; siendo necesario dar por concluido el citado encargo, a fin de designar a su titular; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluido el encargo de puesto a la senora Licenciada en Comunicacion Social MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Jefa de la Unidad de Comunicacion Institucional de la Secretaria General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, efectuado por la Resolucion Ministerial N° 068-2014VIVIENDA. Articulo 2º.- Designar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Urdiales MORDAZA, en el cargo de Jefa de la Unidad de Comunicacion Institucional de la Secretaria General del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1058473-1

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