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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2014 (07/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Viernes 7 de marzo de 2014 518382 4 del referido decreto supremo, la mencionada Comisión Multisectorial estará integrada, entre otros, por el Viceministro de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, asimismo, de acuerdo con lo señalado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 002-2013-MIMP, las entidades del Estado que integran la antes mencionada Comisión Multisectorial, podrán designar mediante resolución de su titular, a dos (2) representantes alternos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 130-2013- MIDIS, se designó, entre otros, al señor José Enrique Castillo Sánchez como representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial creada mediante Decreto Supremo Nº 002- 2013-MIMP; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 192-2013- MIDIS, se dio por concluida la designación del señor José Enrique Castillo Sánchez, designándose, en su lugar, a la señorita Graciela Rocío Muñiz Cahuana como representante alterna del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial creada mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-MIMP; Que, resulta pertinente dar por concluida la designación de la representante alterna a que hace referencia el considerando precedente y, en consecuencia, designar a la persona que ejercerá como representante alterna del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación de la implementación del “Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2013 - 2017”; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señorita Graciela Rocío Muñiz Cahuana, como representante alterna del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial creada mediante Decreto Supremo Nº 002-2013-MIMP. Artículo 2.- Designar a la señorita Carla Cristina Solis Uehara, analista de la Dirección General de Políticas y Estrategias del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, como representante alterna del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial creada mediante Decreto Supremo Nº 002- 2013-MIMP. Artículo 3.- Mantener vigente los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 130-2013-MIDIS. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1058474-3 ECONOMIA Y FINANZAS Suspenden vigencia del Decreto Supremo N° 042-2014-EF DECRETO SUPREMO Nº 052-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1132 establece que se implementarán aumentos progresivos de los ingresos del personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, en cinco (05) años, desde la entrada en vigencia del citado Decreto Legislativo, esto es, el 10 de diciembre de 2012; Que, mediante Decreto Supremo N° 042-2014-EF se aprobaron disposiciones complementarias al Decreto Supremo N° 317-2013-EF, relativas a la percepción de la “Bonifi cación por Función Administrativa y de Apoyo Operativo Efectivo para el personal Subofi cial de Primera, Segunda y Tercera del Ejército del Perú”, por parte del personal Subofi cial de Primera, Segunda y Tercera del Ejército del Perú ; Que, mediante Ofi cio N° 265-2014-MINDEF/DM el Ministerio de Defensa ha solicitado suspender la vigencia del Decreto Supremo N° 042-2014-EF, hasta el 10 de diciembre de 2014, a fi n de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1132; Que, en el marco de los principios de transparencia, formalidad e integridad que regulan la nueva estructura de ingresos del personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, de acuerdo con el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1132, es necesario suspender la vigencia del Decreto Supremo N° 042-2014- EF, a fi n de que el otorgamiento de las bonifi caciones establecidas en el citado Decreto Legislativo se enmarque en el proceso de implementación progresiva y ordenada a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de dicho Decreto Legislativo; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1132 y el Decreto Supremo N° 317-2013- EF; DECRETA: Artículo 1°.- Vigencia Suspéndase la vigencia del Decreto Supremo N° 042- 2014-EF hasta el 10 de diciembre de 2014. Artículo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Defensa, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de marzo del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa WALTER ALBAN PERALTA Ministro del Interior 1058475-2 Autorizan viajes de funcionarios a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 088-2014-EF/43 Lima, 4 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Banco Interamericano de Desarrollo - BID y la Corporación Interamericana de Inversiones - CII celebran anualmente sus reuniones de Gobernadores en uno de sus países miembros, habiendo fi jado que la Reunión Anual del 2014, se llevará a cabo en la Costa de Sauipe, Bahía, República Federativa del Brasil, del 27 al 30 de marzo de 2014; Que, las reuniones anuales del BID y de la CII constituyen un foro de debate entre los Gobernadores