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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2014 (07/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Viernes 7 de marzo de 2014 518381 Viceministerial de Prestaciones Sociales, como representante alterno. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1058474-1 Aprueban el documento “Plan Operativo Informático 2014” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 058-2014-MIDIS Lima, 6 de marzo de 2014 VISTOS: El Informe Nº 016-2014-MIDIS/SG/OGTI, emitido por la Ofi cina General de Tecnologías de la Información; y el Informe Nº 071-2014-MIDIS/SG/OGPP, emitido por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 019-2011- PCM, se aprobó la “Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las entidades de la Administración Pública”, y su Guía de Elaboración, en la cual se establece que cada entidad de la Administración Pública con base en el contenido del Plan Estratégico Institucional y el “Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú – La Agenda Digital Peruana”, elaborará, registrará y evaluará el Plan Operativo Informático, el cual tiene periodicidad anual; Que, el Plan Operativo Informático – POI, constituye un instrumento de gestión de corto plazo, que permite defi nir las actividades informáticas de las entidades de la Administración Pública integrantes del Sistema Nacional de Informática en sus diferentes niveles; Que, asimismo, de acuerdo con los literales a) y b) del numeral 4.2 de la Guía para elaborar la Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático de las Entidades de la Administración Pública, la Dirección de Informática de las entidades públicas, o la que haga sus veces, formulará, registrará y evaluará su respectivo plan informático, precisando que su aprobación en las entidades del Gobierno Central se realiza por la máxima autoridad de la entidad; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 del Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la Ofi cina General de Tecnologías de la Información es el órgano de apoyo encargado de brindar soluciones en materia de comunicaciones e informática a los órganos del Ministerio para la mejor ejecución de sus políticas y funciones; asimismo, formula y procesa, conforme a los requerimientos de los órganos de línea o de la Alta Dirección, la información que se obtiene de los órganos, programas y proyectos del Ministerio, elaborando los respectivos informes estadísticos; Que, en dicho contexto, mediante Informe Nº 016- 2014-MIDIS/SG/OGTI, la Ofi cina General de Tecnologías de la Información ha propuesto la aprobación del Plan Operativo Informático del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para el año 2014, indicando que ha sido elaborado de acuerdo con las disposiciones establecidas por la citada Resolución Ministerial Nº 019-2011-PCM; Que, mediante Informe Nº 071-2014-MIDIS/SG/OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus competencias, ha emitido opinión favorable para la aprobación del Plan Operativo Informático propuesto; Que, en atención a las consideraciones expuestas, y de acuerdo con los documentos de Vistos, corresponde aprobar el documento denominado “Plan Operativo Informático 2014” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Con el visado de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Tecnologías de la Información, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; y la Resolución Ministerial Nº 019- 2011-PCM, que aprueba la Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático de las Entidades de la Administración Pública y su Guía de Elaboración; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Plan Operativo Informático 2014 Aprobar el documento “Plan Operativo Informático 2014” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, que en Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Responsabilidad sobre el Plan Operativo Informático 2014 Disponer que las acciones relacionadas con el Plan Operativo Informático del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para el año 2014, aprobado por la presente Resolución, sean de responsabilidad de la Ofi cina General de Tecnologías de la Información, debiendo realizar la evaluación correspondiente en los plazos y formas que establece la normativa sobre la materia. Artículo 3.- Publicación Encargar a la Ofi cina General de Tecnologías de la Información la publicación del documento “Plan Operativo Informático 2014”, aprobado por la presente Resolución, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe/poi) y en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1058474-2 Designan representante alterna del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación de la implementación del “Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2013-2017” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 059-2014-MIDIS Lima, 6 de marzo de 2014 VISTO: El Informe Nº 022-2014-MIDIS/VMPES/DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2013- MIMP, se aprueba el “Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2013-2017”, y se constituye la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación de la implementación del citado plan nacional, con la fi nalidad de contribuir al cumplimiento efi caz de sus objetivos y metas; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo