Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2014 (07/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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PRODUCTO / SERVICIO Hamburguesa de anchoveta y pota MORDAZA MATERIA PRIMA Pulpa de anchoveta, pota cocida molida, pota cruda en cubos UND CANTIDAD / DIA De 1069 a 1500 Kg De 890 a 1068 1.71 PRECIO (S/./kg) 1.42

El Peruano Viernes 7 de marzo de 2014

Bolsa x ½ Kg

UIT = S/. 3,800.00 (segun D.S. Nº 304-2013-EF)

Articulo 2º.- Publiquese la presente Resolucion y Anexo en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA web Institucional www.itp.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CARAZO DE CABELLOS Directora Ejecutiva Cientifica Instituto Tecnologico de la Produccion 1058002-1

Aprueban inclusion de productos hidrobiologicos en el Tarifario de productos hidrobiologicos elaborados por el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP (actualmente Instituto Tecnologico de la Produccion - ITP)
INSTITUTO TECNOLOGICO DE LA PRODUCCION RESOLUCION EJECUTIVA Nº 23-2014-ITP/DEC Callao, 17 de febrero de 2014 VISTO: El Informe Nº 046-2014-ITP/OGAJ de fecha 11 de febrero de 2014, emitido por la Oficina General de Asesoria Juridica; el Memorandum Nº 032-2014-ITP/ DGTTDC de fecha 31 de enero de 2014 y el Memorandum Nº 021-2014-ITP/DGTTDC de fecha 21 de enero de 2014, ambos emitidos por el Director General de la Direccion General de Transferencia Tecnologica y Desarrollo para el Consumo, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ejecutiva Nº 62-2012ITP/DEC de fecha 31 de diciembre de 2012, se aprueba el Tarifario de productos hidrobiologicos elaborados por el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP (actualmente Instituto Tecnologico de la Produccion ­ ITP) resultantes de sus investigaciones; posteriormente por la Resolucion Ejecutiva Nº 107-2013-ITP/DEC de fecha 18 de septiembre de 2013, se incluye en el mencionado Tarifario, el producto Entero de Anchoveta en Aceite; Que, mediante documentos de vistos, se propone incluir en el Tarifario de productos hidrobiologicos elaborados por el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP (actualmente Instituto Tecnologico de la Produccion ­ ITP) resultantes de sus investigaciones, aprobado por la Resolucion Ejecutiva Nº 62-2012-ITP/DEC de fecha 31 de diciembre de 2012, modificado por la Resolucion Ejecutiva Nº 107-2013-ITP/DEC de fecha 18 de septiembre de 2013, el producto Croqueta de Pescado (merluza) y el producto Milanesa de Pescado (merluza); Que, el literal d) del articulo 16º del Decreto Legislativo Nº 92, Ley del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ITP y el literal c) del articulo 36º de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 344-2012-PRODUCE, que disponen que, son recursos del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ITP, los Recursos Directamente Recaudados, que se generen de prestacion de servicios, asi como los recursos destinados por los articulos 17º y 27º de la Ley General de

Pesca y los provenientes de las ventas de los productos resultantes de sus investigaciones y regalias resultantes por autorizar el uso de patentes.; Que, el ultimo parrafo del articulo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que establece, para aquellos servicios que no MORDAZA prestados en exclusividad, las entidades a traves de Resolucion del Titular del Pliego estableceran los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberan ser debidamente difundidos para que MORDAZA de publico conocimiento; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 088-2001PCM, Decreto Supremo que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, el Titular de la Entidad mediante Resolucion establecera la descripcion MORDAZA y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercializacion por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercializacion si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; Que, los nuevos productos hidrobiologicos que propone comercializar el Instituto Tecnologico de la Produccion ­ ITP, constituyen productos que no son comercializados en exclusividad y se brindan en condiciones de competencia con el sector privado, enmarcandose en las disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes a los ciudadanos; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 088-2001PCM, Decreto Supremo que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, el Titular de la Entidad mediante Resolucion establecera: la descripcion MORDAZA y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercializacion por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercializacion si las hubiere el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago. Toda modificacion a dicha Resolucion debera aprobarse por Resolucion del Titular y publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Que, resulta necesario incluir los nuevos productos hidrobiologicos en el Tarifario de productos hidrobiologicos elaborados por el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP (actualmente Instituto Tecnologico de la Produccion ­ ITP) resultantes de sus investigaciones, aprobado por la Resolucion Ejecutiva Nº 62-2012-ITP/DEC de fecha 31 de diciembre de 2012, modificado por la Resolucion Ejecutiva Nº 107-2013-ITP/DEC de fecha 18 de septiembre de 2013, coadyuvando de esta forma en su publicidad y transparencia; Con las visaciones de la Secretaria General, las Oficinas General de Asesoria Juridica, Administracion y la Direccion General de Transferencia Tecnologica y Desarrollo para el Consumo, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 92, Ley que crea el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 344-2012-PRODUCE; y, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, MORDAZA que, establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la inclusion en el Tarifario de productos hidrobiologicos elaborados por el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP (actualmente Instituto Tecnologico de la Produccion ­ ITP) resultantes de sus investigaciones, aprobado por la Resolucion Ejecutiva Nº 62-2012-ITP/DEC de fecha 31 de diciembre de 2012, modificado por la Resolucion Ejecutiva Nº 1072013-ITP/DEC de fecha 18 de septiembre de 2013, los productos hidrobiologicos que a continuacion se detallan:

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