Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2014 (07/03/2014)
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TEXTO DE LA PÁGINA 22
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PRODUCTO / SERVICIO Hamburguesa de anchoveta y pota MORDAZA MATERIA PRIMA Pulpa de anchoveta, pota cocida molida, pota cruda en cubos UND CANTIDAD / DIA De 1069 a 1500 Kg De 890 a 1068 1.71 PRECIO (S/./kg) 1.42
El Peruano Viernes 7 de marzo de 2014
Bolsa x ½ Kg
UIT = S/. 3,800.00 (segun D.S. Nº 304-2013-EF)
Articulo 2º.- Publiquese la presente Resolucion y Anexo en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA web Institucional www.itp.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CARAZO DE CABELLOS Directora Ejecutiva Cientifica Instituto Tecnologico de la Produccion 1058002-1
Aprueban inclusion de productos hidrobiologicos en el Tarifario de productos hidrobiologicos elaborados por el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP (actualmente Instituto Tecnologico de la Produccion - ITP)
INSTITUTO TECNOLOGICO DE LA PRODUCCION RESOLUCION EJECUTIVA Nº 23-2014-ITP/DEC Callao, 17 de febrero de 2014 VISTO: El Informe Nº 046-2014-ITP/OGAJ de fecha 11 de febrero de 2014, emitido por la Oficina General de Asesoria Juridica; el Memorandum Nº 032-2014-ITP/ DGTTDC de fecha 31 de enero de 2014 y el Memorandum Nº 021-2014-ITP/DGTTDC de fecha 21 de enero de 2014, ambos emitidos por el Director General de la Direccion General de Transferencia Tecnologica y Desarrollo para el Consumo, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ejecutiva Nº 62-2012ITP/DEC de fecha 31 de diciembre de 2012, se aprueba el Tarifario de productos hidrobiologicos elaborados por el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ITP (actualmente Instituto Tecnologico de la Produccion ITP) resultantes de sus investigaciones; posteriormente por la Resolucion Ejecutiva Nº 107-2013-ITP/DEC de fecha 18 de septiembre de 2013, se incluye en el mencionado Tarifario, el producto Entero de Anchoveta en Aceite; Que, mediante documentos de vistos, se propone incluir en el Tarifario de productos hidrobiologicos elaborados por el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ITP (actualmente Instituto Tecnologico de la Produccion ITP) resultantes de sus investigaciones, aprobado por la Resolucion Ejecutiva Nº 62-2012-ITP/DEC de fecha 31 de diciembre de 2012, modificado por la Resolucion Ejecutiva Nº 107-2013-ITP/DEC de fecha 18 de septiembre de 2013, el producto Croqueta de Pescado (merluza) y el producto Milanesa de Pescado (merluza); Que, el literal d) del articulo 16º del Decreto Legislativo Nº 92, Ley del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ITP y el literal c) del articulo 36º de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 344-2012-PRODUCE, que disponen que, son recursos del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ITP, los Recursos Directamente Recaudados, que se generen de prestacion de servicios, asi como los recursos destinados por los articulos 17º y 27º de la Ley General de
Pesca y los provenientes de las ventas de los productos resultantes de sus investigaciones y regalias resultantes por autorizar el uso de patentes.; Que, el ultimo parrafo del articulo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que establece, para aquellos servicios que no MORDAZA prestados en exclusividad, las entidades a traves de Resolucion del Titular del Pliego estableceran los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberan ser debidamente difundidos para que MORDAZA de publico conocimiento; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 088-2001PCM, Decreto Supremo que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, el Titular de la Entidad mediante Resolucion establecera la descripcion MORDAZA y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercializacion por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercializacion si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; Que, los nuevos productos hidrobiologicos que propone comercializar el Instituto Tecnologico de la Produccion ITP, constituyen productos que no son comercializados en exclusividad y se brindan en condiciones de competencia con el sector privado, enmarcandose en las disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes a los ciudadanos; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 088-2001PCM, Decreto Supremo que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, el Titular de la Entidad mediante Resolucion establecera: la descripcion MORDAZA y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercializacion por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercializacion si las hubiere el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago. Toda modificacion a dicha Resolucion debera aprobarse por Resolucion del Titular y publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Que, resulta necesario incluir los nuevos productos hidrobiologicos en el Tarifario de productos hidrobiologicos elaborados por el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ITP (actualmente Instituto Tecnologico de la Produccion ITP) resultantes de sus investigaciones, aprobado por la Resolucion Ejecutiva Nº 62-2012-ITP/DEC de fecha 31 de diciembre de 2012, modificado por la Resolucion Ejecutiva Nº 107-2013-ITP/DEC de fecha 18 de septiembre de 2013, coadyuvando de esta forma en su publicidad y transparencia; Con las visaciones de la Secretaria General, las Oficinas General de Asesoria Juridica, Administracion y la Direccion General de Transferencia Tecnologica y Desarrollo para el Consumo, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 92, Ley que crea el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ITP; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 344-2012-PRODUCE; y, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, MORDAZA que, establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la inclusion en el Tarifario de productos hidrobiologicos elaborados por el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ITP (actualmente Instituto Tecnologico de la Produccion ITP) resultantes de sus investigaciones, aprobado por la Resolucion Ejecutiva Nº 62-2012-ITP/DEC de fecha 31 de diciembre de 2012, modificado por la Resolucion Ejecutiva Nº 1072013-ITP/DEC de fecha 18 de septiembre de 2013, los productos hidrobiologicos que a continuacion se detallan: