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El Peruano Viernes 14 de marzo de 2014 518820 Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1061200-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal del Ejército del Perú a Argentina, en misión de estudios. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 112-2014-DE/ Lima, 13 de marzo de 2014 VISTO: El Ofi cio 101/DIEDOC/C-5.c, del 21 de enero de 2014, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, con el documento del visto, el Director de Educación y Doctrina del Ejército comunica que el General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la designación del Subteniente EP Jorge Alberto RUIZ TAPIA, para que participe en el Curso de Formación de Ofi cial Ingeniero Militar en Orientación Mecánica en Automotores y del Subteniente EP Miguel Fernando CASTRO POMA, para que participe en el Curso de Formación de Ofi cial Ingeniero Militar en Orientación Mecánica en Armamentos, a realizarse en la Escuela Superior Técnica del Ejército Argentino, en la ciudad de Buenos Aires - República Argentina, del 17 de marzo de 2014 al 31 de diciembre de 2018; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Subteniente EP Jorge Alberto RUIZ TAPIA y del Subteniente EP Miguel Fernando CASTRO POMA, para que participen en los mencionados Cursos, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; en tanto contribuyen a la formación, capacitación y entrenamiento del personal del Ejército; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, que incluye los años académicos 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018, los pagos correspondientes al período comprendido del 17 de marzo al 31 de diciembre de 2014, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y los pagos correspondientes a los años posteriores se realizarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º, del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, de conformidad con el artículo 26°, de la Ley N° 28359-Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23° de la respectiva norma, más el tiempo compensatorio señalado en el referido artículo 26º; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/ SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modifi catorias el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, el artículo 2º, de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2014; Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modifi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Subteniente EP Jorge Alberto RUIZ TAPIA, identifi cado con DNI Nº 70443423 y CIP Nº 123691100, para que participe en el Curso de Formación de Ofi cial Ingeniero Militar en Orientación Mecánica en Automotores y del Subteniente EP Miguel Fernando CASTRO POMA, identifi cado con DNI Nº 45976252 y CIP Nº 123846900, para que participe en el Curso de Formación de Ofi cial Ingeniero Militar en Orientación Mecánica en Armamentos, a realizarse en la Escuela Superior Técnica del Ejército Argentino, en la ciudad de Buenos Aires - República Argentina, del 17 de marzo de 2014 al 31 de diciembre de 2018. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del AF- 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima-Buenos Aires –República Argentina (clase económica) US $. 1,000.00 x 02 personas US $. 2,000.00 Gastos de traslado – ida: US $. 2,400.00 x 02 personas US$. 4,800.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US $. 2,400.00 /31 x 15 días x 02 personas (17Mar– 31Mar 14) US $. 2,322.58 US $. 2,400.00 x 09 meses x 02 personas (01 Abr– 31Dic 14) US $. 43,200.00 -------------------------- Total a pagar : US $. 52,322.58 Artículo 3°.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por los días reales y efectivos, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de 26 de enero del 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al