Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2014 (14/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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que identifique puntos de convergencia en temas de interes comun; Que, la Republica de MORDAZA y Tobago es el Estado mas industrializado y la primera economia del Caribe anglofono. Su importancia economica y su tradicion democratica lo han llevado a asumir un rol de liderazgo dentro de la Comunidad del Caribe; Que, en los ultimos anos el dinamismo en el intercambio comercial bilateral es relevante, siendo la Republica de MORDAZA y Tobago un centro de servicios financieros importante dentro de la region caribena; Que, el Gobierno de la Republica de MORDAZA y Tobago manifiesta su aceptacion para la reapertura de la Embajada del Peru en dicho pais; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 11) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 29357 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Ley N° 28091 - Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la reapertura de la Embajada del Peru en la Republica de MORDAZA y Tobago, con sede en la MORDAZA de Puerto Espana, su capital. Articulo 2°.- Asignar los recursos necesarios para la reapertura y sostenimiento del referido organo del servicio exterior, a traves del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1061607-9

El Peruano Viernes 14 de marzo de 2014

Servicios Publicos de Empleo (AMSPE), le corresponde efectuar el pago de la cuota anual correspondiente al 2014; Que, el cumplimiento del pago de las cuotas a los organismos internacionales permite potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecienta el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota anual correspondiente al ano 2014, a la Asociacion Mundial de los Servicios Publicos de Empleo (AMSPE), con cargo al presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; De conformidad con lo establecido en el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo a efectuar el pago de 3,000.00 (TRES MIL Y 00/100 EUROS) a la Asociacion Mundial de los Servicios Publicos de Empleo (AMSPE), correspondiente a la cuota del ano 2014. Articulo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 3°.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1061607-10 RESOLUCION SUPREMA Nº 034-2014-RE MORDAZA, 13 de marzo de 2014 VISTO: El Oficio Nº 025-2014-SMV/02 de fecha 25 de febrero de 2014 de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV) - Ministerio de Economia y Finanzas, por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al ano 2014, a la Organizacion Internacional de Comisiones de Valores (OICV-IOSCO); CONSIDERANDO: Que, el articulo 67º, numeral 67.3, del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que, el pago de la cuota a la Organizacion Internacional de Comisiones de Valores (OICV-IOSCO) por parte de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV) - Ministerio de Economia y Finanzas esta previsto en el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el pago de la cuota correspondiente al ano 2014, a la Organizacion Internacional de Comisiones de Valores (OICV-IOSCO), con cargo al presupuesto de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (SMV);

Autorizan al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, y a la Superintendencia del MORDAZA de Valores a efectuar el pago de cuotas a diversos organismos internacionales
RESOLUCION SUPREMA Nº 033-2014-RE MORDAZA, 13 de marzo de 2014 VISTO: El Oficio Nº 359-2014-MTPE/4 de fecha 20 de febrero de 2014 de la Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores, la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota anual correspondiente al 2014, a la Asociacion Mundial de los Servicios Publicos de Empleo (AMSPE); y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 67.3 del articulo 67º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que, la Asociacion Mundial de Servicios Publicos de Empleo (AMSPE) es un organismo internacional sin fines de lucro de caracter tecnico que tiene como finalidad promover el intercambio de informacion y conocimientos sobre los servicios publicos de empleo, el MORDAZA laboral y las politicas de empleo, entre las diversas organizaciones y entidades que la conforman en calidad de miembros; Que, siendo el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, miembro oficial de la Asociacion Mundial de los

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