Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2014 (14/03/2014)


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desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingreso, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del credito suplementario a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de marzo del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 1061607-1

El Peruano Viernes 14 de marzo de 2014

funciones del Consejo Directivo y de la Secretaria Tecnica del FIDECOM, asi como los criterios para la asignacion de los recursos del Fondo; Que, mediante Acta de la MORDAZA Sesion del Consejo Directivo del FIDECOM, realizada el 26 de marzo de 2009, se designo como Secretaria Tecnica del FIDECOM a la Unidad Coordinadora del Programa de Ciencia y Tecnologia de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el MORDAZA de las competencias atribuidas en el articulo 6, numeral 6.2, literal a), de su Reglamento; Que, a traves del Acta de la Trigesima Setima Sesion Ordinaria del Consejo Directivo del FIDECOM, realizada el 20 de diciembre de 2013, se autorizo a la Secretaria Tecnica del FIDECOM gestionar la incorporacion de recursos en el presupuesto de la Unidad Coordinadora del Programa de Ciencia y Tecnologia, con la finalidad de financiar el Plan Operativo del FIDECOM para el Ano Fiscal 2014; Que, mediante Oficio N° 01022-2014-PCM/SG la Presidencia del Consejo de Ministros solicita recursos adicionales para el Ano Fiscal 2014, a requerimiento de la Unidad Coordinadora del Programa de Ciencia y Tecnologia, Secretaria Tecnica del FIDECOM a traves del Oficio N° 013-2014-PCM/FINCyT.DE, hasta por la suma de TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 38 162 492,00), para financiar el pago del personal CAS, los procesos de desembolsos y evaluacion de los proyectos y demas gastos de funcionamiento de la Secretaria Tecnica del FIDECOM; asi como el desembolso para trescientos diez (310) proyectos de innovacion productiva que se encuentran en ejecucion y ciento treinta y ocho (138) proyectos nuevos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28939, la Ley Nº 29152 y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 003-2009-PRODUCE y el Decreto de Urgencia N° 030-2008; DECRETA: Articulo 1.- Objeto Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 38 162 492,00) a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, provenientes del Fondo de Investigacion y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM, para el financiamiento de los gastos descritos en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS: En Nuevos Soles

Autorizan Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 a favor del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros
DECRETO SUPREMO N° 056-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28939, Ley que aprueba un Credito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, dispone la creacion de Fondos y dicta otras medidas, se crea el Fondo de Investigacion y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM, cuya finalidad es promover la investigacion y desarrollo, especialmente en proyectos de innovacion productiva con participacion empresarial que MORDAZA de utilizacion practica para el incremento de la competitividad; Que, el numeral 5.3 del articulo 5 la Ley Nº 29152, Ley que establece la Implementacion y el Funcionamiento del Fondo de Investigacion y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM, dicta las normas que regulan su implementacion y funcionamiento, establece que la Secretaria Tecnica estara a cargo de la administracion del FIDECOM, la cual es designada por el Consejo Directivo; Que, el numeral 1.3 del articulo 1 del Decreto de Urgencia Nº 030-2008, dispone que los recursos del FIDECOM se incorporan anualmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas en la Fuente de Financiamiento "Recursos Determinados" del presupuesto institucional del pliego en donde se encuentra su Secretaria Tecnica, a solicitud de la misma; Que, el Decreto Supremo Nº 003-2009-PRODUCE aprueba el reglamento de la Ley 29152, estableciendo las

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados 1.4.1 3.1 5 De Fondos Publicos 38 162 492,00 (Recursos provenientes del Fondo de Investigacion y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM) ------------------TOTAL INGRESOS EGRESOS: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA ACCIONES CENTRALES 38 162 492,00 =========== En Nuevos Soles : Gobierno Central 001 : Presidencia del Consejo de Ministros 012 : Unidad Coordinadora del Programa de Ciencia y Tecnologia

ACTIVIDAD 5000003 : Gestion Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios Gastos de Capital 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS 2 916 734,00 84 700,00

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