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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2014 (14/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Viernes 14 de marzo de 2014 518821 respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- Los Ofi ciales designados deberán cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6°.- Los citados Ofi ciales revistarán en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure la Misión de Estudios en el Exterior. Artículo 7°.- Los citados Ofi ciales están impedidos de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad y retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8º.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1061607-7 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario a favor del Pliego Autoridad Portuaria Nacional en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 DECRETO SUPREMO N° 055-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se aprueba, entre otros, el presupuesto del Pliego Autoridad Portuaria Nacional; Que, con fecha 28 de enero de 2011, se suscribió el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Financiamiento, Conservación y Explotación del Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao, entre el Estado de la República del Perú, en su calidad de Concedente y el Consorcio Transportadora Callao S.A. en su calidad de Concesionario, estableciéndose como monto referencial de inversión CIENTO VEINTE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA MIL Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$ 120 330 000,00), incluido el Impuesto General a las Ventas – IGV; Que, el numeral 6.10 de la Sección VI del referido Contrato de Concesión, dispone que el costo de la Supervisión del Diseño, incluido el IGV, será asumido por el Concesionario, siendo el monto máximo a destinarse a este concepto y otros gastos vinculados, el 1% del monto referencial de la inversión; en ese contexto, el Concesionario cumplió con depositar en el año 2011 los recursos fi nancieros para la referida Supervisión en la cuenta del Tesoro Público, habiéndose ejecutado al año 2013 la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 68/100 NUEVOS SOLES (S/. 844 464,68), quedando un saldo disponible para el año 2014 de DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 76 /100 NUEVOS SOLES (S/. 2 486 352,76); Que, el literal b) del artículo 6 de la Ley N° 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que la incorporación de los recursos que provengan, entre otros, de los procesos de concesión que se orienten a fi nanciar obligaciones previstas en los contratos de concesión o gastos imputables, directa o indirectamente a la ejecución de los mismos, se efectúa mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector respectivo, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a propuesta del Titular del Pliego; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, mediante Ofi cio N° 250-2014-MTC/04, el Secretario General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 277 535,00), para el fi nanciamiento de la Supervisión del Diseño del Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao; Que, resulta necesario autorizar la incorporación de los citados recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos, vía Crédito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 277 535,00), a favor del pliego Autoridad Portuaria Nacional, para el fi nanciamiento de la Supervisión del Diseño del Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Nuevos Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 277 535,00 --------------- TOTAL INGRESOS 277 535,00 ========= EGRESOS En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 214 : Autoridad Portuaria Nacional UNIDAD EJECUTORA 001 : Autoridad Portuaria Nacional ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2045273 : Concesiones Portuarias FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 277 535,00 --------------- TOTAL EGRESOS 277 535,00 ========= Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en el presente crédito suplementario aprueba, mediante Resolución, la