Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2014 (15/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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HUARON S.A., inscrita en la Partida Nº 02007193 del mismo Registro; Que, PAN AMERICAN MORDAZA S.A. MINA QUIRUVILCA escinde parcialmente un bloque patrimonial que no se extingue, correspondiente a la unidad minera Huaron, constituido por un conjunto de activos y pasivos del patrimonio, en el que figura la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de la L.T. 50 kV S.E. MORDAZA ­ S.E. San MORDAZA, para ser absorbido por la empresa PAN AMERICAN MORDAZA HUARON S.A., elevado a Escritura Publica el 23 de marzo de 2012 e inscrito en el Asiento B00001 de la Partida Nº 12768479 del Registro de Persona Juridicas de Lima; Que, mediante Junta General de la empresa PAN AMERICAN MORDAZA S.A. MINA QUIRUVILCA, de fecha 04 de junio de 2012, se acordo cambiar la denominacion social de la empresa a COMPANIA MINERA QUIRUVILCA S.A., elevado a Escritura Publica el 03 de octubre de 2012 e inscrito en el Asiento B00003 de la Partida Nº 11370695 del Registro de Personas Juridicas de Lima; Que, mediante documentos con registros Nº 2194062, Nº 2345730 y Nº 2355269, de fechas 31 de MORDAZA de 2012, 25 de noviembre de 2013 y 03 de enero de 2014 respectivamente, PAN AMERICAN MORDAZA HUARON S.A. solicito se apruebe a su favor la transferencia de la concesion definitiva de la linea de transmision, descrita en el primer considerando de la presente Resolucion; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 1436 del Codigo Civil, la forma de la transmision, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en funcion del acto que sirve de base a la cesion y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, teniendo en cuenta lo senalado en el tercer considerando de la presente Resolucion y estando a lo dispuesto por el articulo 1436 del Codigo Civil, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica de la Linea de Transmision de 50 kV S.E. MORDAZA ­ S.E. San MORDAZA a PAN AMERICAN MORDAZA HUARON S.A.; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber evaluado la solicitud, ha emitido el Informe Nº 0182014-DGE-DCE: De conformidad con lo dispuesto en los articulos 1435 y 1436 del Codigo Civil, el MORDAZA parrafo del articulo 53 y el articulo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice-Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la transferencia de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica de la Linea de Transmision de 50 kV S.E. MORDAZA ­ S.E. San MORDAZA, a favor de PAN AMERICAN MORDAZA HUARON S.A, otorgada originariamente mediante la Resolucion Suprema Nº 115-98-EM publicada el 11 de noviembre 1998, quien asume todos los derechos y obligaciones que le corresponden de acuerdo a la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales y tecnicas aplicables, por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2.- Tener como titular a PAN AMERICAN MORDAZA HUARON S.A de la concesion definitiva mencionada en el articulo anterior, a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion Suprema. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1062374-6

El Peruano Sabado 15 de marzo de 2014

Aprueban Octava Modificacion al Contrato de Concesion Nº 033-94, celebrado entre el Ministerio de Energia y Minas y Red de Energia del Peru S.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 010-2014-EM MORDAZA, 14 de marzo de 2014 VISTOS: El Expediente Nº 14048294 sobre la solicitud de modificacion de concesion definitiva de transmision de energia electrica, presentada por Red de Energia del Peru S.A. - REP, inscrita en la Partida Nº 11393349 de la MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA, del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 081-94EM, publicada el 18 de noviembre de 1994, se otorgo a favor de la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A.- ETECEN, concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, entre otras, con la Linea de Transmision en 220 kV S.E. MORDAZA MORDAZA ­ S.E. MORDAZA, que figura en el Expediente Nº 14048294, aprobandose el Contrato de Concesion Nº 033-94, elevado a Escritura Publica el 10 de enero de 1995; Que, en virtud de la Resolucion Suprema Nº 047-2002EM, publicada el 21 de noviembre de 2002, se aprobo la transferencia de la concesion definitiva de transmision de energia electrica a que se refiere el considerando que antecede, asumiendo Red de Energia del Peru S.A. (en adelante REP) los derechos y obligaciones derivados de la mencionada concesion; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 031-2006-EM, publicada el 07 de MORDAZA de 2006, se aprobo a favor de REP la Primera Modificacion del Contrato de Concesion Nº 033-94, en lo que respecta al desdoblamiento de la L.T. 220 kV S.E. MORDAZA ­ S.E. Independencia (L/T 207) en dos lineas de 220 kV, con su respectiva numeracion: 1) L.T. 220 kV S.E. MORDAZA ­ T 327 (S.E. Cantera)(L-2090), y 2) L.T. 220 kV T 327 (S.E. Cantera) ­ S.E. Independencia (L-2207); Que, mediante Resolucion Suprema Nº 027-2008EM, publicada el 27 de MORDAZA 2008, se aprobo a favor de REP la MORDAZA Modificacion del Contrato de Concesion Nº 033-94, en lo que respecta a la division en tres lineas de la L.T. 220 kV S.E. MORDAZA ­ S.E. Independencia (L/T 207) y en dos lineas de la L.T. 220 kV S.E. MORDAZA ­ S.E. Independencia (L/T 208); Que, mediante Resolucion Suprema Nº 062-2009EM, publicada el 21 de agosto 2009, se aprobo a favor de REP la Tercera Modificacion del Contrato de Concesion Nº 033-94, en el aspecto referido a la extension de las Lineas de Transmision, exponiendo como sustento la necesidad de efectuar la modificacion del recorrido de trece (13) tramos de las Lineas de Transmision de 220 kV, S.E. MORDAZA ­ S.E. Cantera (L-2090), S.E. MORDAZA ­ S.E. Independencia (L-2208), S.E Zapallal ­ S.E. MORDAZA (L2212), S.E. Paramonga Nueva ­ S.E. MORDAZA (L-2213), S.E. Paramonga Nueva ­ S.E. Chimbote 1 (L-2215), S.E. MORDAZA ­ S.E. Chiclayo Oeste (L-2236), S.E. Chiclayo Oeste ­ S.E. MORDAZA Oeste (L-2238) y S.E. Zapallal ­ S.E. Ventanilla (L-2242/2243), debido a razones de orden tecnico, de seguridad y resolver problemas de servidumbre; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 063-2010-EM, publicada el 16 de octubre de 2010, se aprobo a favor de REP la Cuarta Modificacion del Contrato de Concesion Nº 033-94, en lo que respecta a la L.T. de 220 kV S.E. Paramonga Nueva ­ S.E. Chimbote 1 (L-2215), con la finalidad de considerar las nuevas codificaciones de la primera y MORDAZA terna, asi como el MORDAZA recorrido de los tres (03) Variantes de la MORDAZA terna, y para resolver problemas de servidumbre de la indicada Linea de Transmision; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 060-2011-EM, publicada el 29 de junio de 2011, se aprobo a favor de

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