Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2014 (15/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Sabado 15 de marzo de 2014

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VISTO, el Informe Nº 001-2014-SUNARP-Z.R.N° IXGBM-RM de fecha 13 de febrero del 2014; y, CONSIDERANDO: Que, en aplicacion de lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley N° 26366, Ley de Creacion del Sistema Nacional de los Registros Publicos y de la Superintendencia de los Registros Publicos, se dicto la Resolucion Ministerial N° 143-95-ITINCI/DM de fecha 06 de octubre de 1995, mediante la cual se dispuso la transferencia de las funciones y acervo documental correspondientes al Registro Fiscal de Ventas a Plazos y Registro de Martilleros Publicos al Sistema Nacional de los Registros Publicos a partir del 16 de octubre de 1995; Que, La Ley N° 27728, Ley del Martillero Publico, vigente desde el 24 de agosto del 2002, tiene por finalidad regular la actividad que cumple el Martillero Publico; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS, que aprobo el Reglamento de la Ley Nº 27728, Ley del Martillero Publico, se establece que todo Martillero Publico mantendra su inscripcion vigente mediante la habilitacion anual para el ejercicio de sus funciones; tambien se dispone que el Registro de Martilleros Publicos es unico de competencia nacional, teniendo sede en la MORDAZA de MORDAZA, habiendose designado mediante Resolucion N° 2062005-SUNARP/SN, a esta MORDAZA Registral como Organo Desconcentrado a cargo del Registro de Martilleros Publicos, disponiendo el traslado el acervo documentario del Registro de Martilleros Publicos con competencia a nivel nacional con excepcion de MORDAZA y Callao existente en la Sede Central de la SUNARP a la MORDAZA Registral Nº IX Sede Lima; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 181-2013SUNARP-Z.R. N° IX/JEF de fecha 19 de marzo del 2013 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 22 de marzo del 2013, se dispone la habilitacion de 179 Martilleros Publicos para continuar ejerciendo sus funciones a nivel nacional; Que, siendo necesario asegurar la continuidad del servicio del Registro de Martilleros Publicos como Registro Unico a nivel nacional a cargo de la MORDAZA Registral N° IX-Sede MORDAZA, debiendo autorizarse el ejercicio de sus funciones de acuerdo a las formalidades establecidas en la Ley N° 27728 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS, mediante Resolucion Jefatural Nº 793-2013-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF de fecha 12 de agosto del 2013 y publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 23 de agosto del 2013, se dispuso el nombramiento de 12 Martilleros Publicos conforme al procedimiento establecido en la Resolucion Nº 1364-2006SUNARP-Z.R. Nº IX-JEF que aprueba el Reglamento para la Evaluacion de Postulantes a Martilleros Publicos; Que, el articulo 11° del Reglamento de la Ley del Martillero Publico establece que para la habilitacion anual se debera presentar dentro de los quince (15) primeros dias habiles de cada ano (plazo que vencio el 22 de enero del 2014), la actualizacion de la garantia otorgada (1.5 de una UIT) y la relacion de los remates realizados durante el ano anterior, estableciendose que no podra ser habilitado para ejercer el cargo durante el ano en curso, el Martillero Publico que no cumpla con presentar dichos requisitos; Que, mediante Decreto Supremo N° 304-2013-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 12 de diciembre del 2013, se aprobo el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como indice de referencia en normas tributarias, siendo de Tres Mil Ochocientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3,800.00), por tanto, de acuerdo al requisito establecido en el considerando que antecede, la actualizacion de la garantia del martillero publico para el presente ano, debe ser equivalente a Cinco Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 5,700.00); Que, de los Ciento Setenta y Nueve (179) Martilleros Publicos habilitados para continuar ejerciendo sus funciones en el ambito nacional durante el periodo 2013, trece (13) no solicitaron su habilitacion para el presente ano; Que, de los doce (12) Martilleros Publicos nombrados a traves de la Resolucion Jefatural Nº 793-2013-SUNARPZ.R. Nº IX/JEF de fecha 12 de agosto del 2013, diez (10) solicitaron su habilitacion para el presente ano dentro del plazo senalado en el articulo 11º del Reglamento de la Ley del Martillero Publico, presentando la relacion de remates aquellos que realizaron dicha actividad y actualizando la garantia de Cinco Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 5,700.00);

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban Cronograma de Implementacion a que se refiere el Articulo 4° del Decreto Supremo N° 213-2013-EF
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 075-2014/SUNAT MORDAZA, 14 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo N° 213-2013-EF se modifico el Reglamento de Procedimiento de Restitucion Simplificado de Derechos Arancelarios, aprobado por Decreto Supremo N° 104-95-EF; Que asimismo, con Decreto Supremo N° 319-2013-EF se modifico el articulo 4º del Decreto Supremo N° 2132013-EF disponiendo que dicha MORDAZA entrara en vigencia a partir del 29 de MORDAZA de 2014, conforme al cronograma de implementacion que aprobara la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria mediante Resolucion de Superintendencia, indicandose a su vez que la referida implementacion no debe exceder del 30 de agosto de 2014; En uso de las facultades conferidas en la Disposicion Complementaria Transitoria Unica del Decreto Supremo N° 319-2013-EF y en el inciso u) del Articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Apruebese el cronograma de implementacion de las modificatorias del Reglamento de Procedimiento de Restitucion Simplificado de Derechos Arancelarios, aprobado por Decreto Supremo N° 10495-EF y normas modificatorias, conforme al siguiente cuadro: INTENDENCIAS DE ADUANA MORDAZA y Paita Aerea del Callao Las demas FECHA DE IMPLEMENTACION 29.05.2014 23.06.2014 30.08.2014

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 1062354-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Disponen la Habilitacion Anual para ejercer el cargo de Martillero Publico durante el ano 2014
MORDAZA REGISTRAL Nº IX - SEDE MORDAZA RESOLUCION JEFATURAL Nº 203-2014-SUNARP-Z.R.Nº IX/JEF MORDAZA, 7 de marzo de 2014

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