Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2014 (02/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Viernes 2 de MORDAZA de 2014

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verificarse que cumple con las condiciones y requisitos para el procedimiento de transferencia de autorizacion y que la adquirente y sus miembros no se encuentran en causal de denegatoria e impedimentos; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley No 28278; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 20 de MORDAZA del 2012, en virtud del silencio administrativo positivo, la transferencia de la autorizacion otorgada al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA UCHOFEN mediante Resolucion Viceministerial Nº 581-2005-MTC/03, a favor de la EMPRESA INTERAMERICANA DE RADIO DIFUSION S.A.; conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion relacionado a dicha autorizacion. Articulo 2º.Reconocer a la EMPRESA INTERAMERICANA DE RADIO DIFUSION S.A. como titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 581-2005-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo esta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

Declaran aprobada transferencia de autorizacion otorgada mediante R.VM. Nº 581-2005-MTC/03, a favor de Empresa Interamericana de Radio Difusion S.A., para prestar servicio de radiodifusion comercial por television
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 234-2014-MTC/03
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2014 VISTOS, los escritos de registro Nº 2011-031073 y Nº 2011-031073-A del 06 y 13 de MORDAZA de 2011, respectivamente, sobre transferencia de autorizacion del servicio de radiodifusion de titularidad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA UCHOFEN a favor de la EMPRESA INTERAMERICANA DE RADIO DIFUSION S.A; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial Nº 581-2005MTC/03 del 28 de noviembre de 2005, se otorgo autorizacion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA UCHOFEN, por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para prestar el servicio de radiodifusion por television comercial en UHF, en el distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, con vigencia hasta el 30 de noviembre de 2015; Que, con escrito de registro Nº 2011-031073 del 06 de MORDAZA de 2011, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA UCHOFEN solicito la aprobacion de la transferencia de su autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 581-2005-MTC/03, a favor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE BURGOS; posteriormente con escrito de registro Nº 2011-031073-A del 13 de MORDAZA de 2011, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA comunica la cesion de su posicion contractual en el tramite de aprobacion de transferencia de autorizacion, a favor de la EMPRESA INTERAMERICANA DE RADIO DIFUSION S.A.; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, concordado con el articulo 73° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestacion del servicio de radiodifusion son transferibles, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial, conteniendo ademas el reconocimiento del MORDAZA titular de la autorizacion. Asimismo, senala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias transcurrido el cual, sin que se MORDAZA expedido resolucion pronunciandose sobre la solicitud, el peticionario podra considerarla aprobada; Que, a su vez, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, concordado con los articulos 74º y 76° de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, por otro lado, el articulo 2º de la Ley del Silencio Administrativo ­ Ley Nº 29060, precisa que los procedimientos administrativos, sujetos a silencio administrativo positivo, se consideraran automaticamente aprobados si, vencido el plazo establecido o MORDAZA, la entidad no hubiera emitido el pronunciamiento correspondiente, no siendo necesario expedirse pronunciamiento o documento alguno para que la administrada pueda hacer efectivo su derecho, bajo responsabilidad del funcionario o servidor publico que lo requiera; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe No. 0671-2012MTC/28, MORDAZA con Informes No. 1558-2012-MTC/28 y No. 0483-2014-MTC/28, opina que en aplicacion del silencio administrativo positivo corresponde emitir el acto administrativo que declare aprobada al 20 de MORDAZA de 2012 la solicitud de transferencia de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial N° 581-2005-MTC/03, formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA UCHOFEN a favor de la EMPRESA INTERAMERICANA DE RADIO DIFUSION S.A, y reconocer a esta MORDAZA como nueva titular de la citada autorizacion; asi como del permiso, licencia y autorizacion para la utilizacion de enlaces auxiliares relacionados a la radiodifusion y de los derechos y obligaciones derivadas de la misma; al

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Otorgan a Ecocopter Peru S.A. la renovacion de permiso de operacion de aviacion comercial: trabajo aereofotografia, publicidad, inspeccion y vigilancia, prospeccion y carga externa
RESOLUCION DIRECTORAL N° 198-2014-MTC/12
MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2014 Vista la solicitud de la compania ECOCOPTER PERU S.A., sobre Renovacion de Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo - Fotografia, Publicidad, Inspeccion y Vigilancia, Prospeccion y Carga Externa; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 301-2009MTC/12 del 10 de diciembre del 2009 se otorgo a la compania ECOCOPTER PERU S.A. el Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Trabajo Aereo - Fotografia, Publicidad, Inspeccion y Vigilancia, Prospeccion y Carga Externa, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del 26 de MORDAZA del 2010 hasta el 26 de MORDAZA del 2014; Que, la citada Resolucion fue modificada a traves de la Resolucion Directoral N° 061-2012-MTC/12 del 29 de febrero del 2012 en el sentido de incrementar material aeronautico; Que, mediante Documento de Registro N° 2014004309 del 20 de enero del 2014 y Documento de Registro N° 031296 del 17 de febrero del 2014 la compania ECOCOPTER PERU S.A. solicito la Renovacion de su Permiso de Operacion bajo las mismas condiciones; Que, segun los terminos del Memorando Nº 0392014-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Tecnico de Licencias, Memorando Nº 333-2014-MTC/12. LEG emitido por la Abogada de la DGAC e Informe Nº 108-2014-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolucion segun el numeral 6.2 del articulo 6 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo

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