Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2014 (02/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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Que, mediante Informe Nº 285-2014-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica es de la opinion que se remitan los actuados a la Comision de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura Publica del Concejo Municipal, con la finalidad de que sea evaluada la propuesta de Desafectacion presentada, teniendo en cuenta el Informe Tecnico-Legal respecto a la condicion juridica de dicho bien y su realidad fisica existente, y posteriormente se emita el Acuerdo de Concejo correspondiente, disponiendose ademas la remision de los actuados a la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, de acuerdo al procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 296/MML (modificada por Ordenanza Nº 786/MML); Que, por Ordenanza Nº 786-MML se modifico el articulo 29º de la Ordenanza Nº 296-MML; que establece que las desafectaciones en todos los casos, inclusive las de bienes de uso publico, cuyos titulares MORDAZA las Municipalidades Distritales, seran aprobadas mediante Ordenanza Metropolitana con Dictamenes de las Comisiones de Desarrollo MORDAZA, y Asuntos Legales del Concejo Metropolitano y previa opinion de la Municipalidad Distrital; Que, de acuerdo a la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, articulo 56º, inciso 6), son Bienes de propiedad Municipal los aportes provenientes de las Habilitaciones Urbanas. De igual modo el Art. 59º y 65º de la referida MORDAZA legal establece que los Bienes Municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotacion, arrendados o modificado su estado de posesion o propiedad, mediante cualquier otra modalidad por Acuerdo de Concejo Municipal, estando facultadas las Municipalidades para ceder en Uso o Conceder en explotacion bienes de su propiedad a favor de personas juridicas del sector privado a condicion que MORDAZA destinados exclusivamente a la realizacion de obras o servicios de interes, o necesidad social fijando un plazo, que segun lo establece el Codigo Civil en su articulo 1001º, en el caso de Uso, disfrute, explotacion del bien ajeno, no podra exceder de treinta (30) anos; Que, mediante Dictamen Nº 008-2014-MDA/CDUIP, la Comision de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura Publica, recomienda aprobar el Acuerdo de Concejo de opinion favorable de la Desafectacion de Uso del Jardin Nº 01 de 281.40 m2., para fines de Vivienda; de igual manera del MORDAZA Nº 01 de 718.24 m2., de los cuales 136.00 m2. seran destinados como Nucleo de Servicio y el area remanente de 582.24 m2., como Area Deportiva, ubicados en la UCV 163, MORDAZA K del Pueblo Joven Proyecto Especial de Huaycan, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; solicitando se eleve los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobacion correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de acuerdo a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el MORDAZA por Mayoria de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; ACUERDA: Articulo 1º.- OPINAR; se declare la APROBACION de la Desafectacion de Uso de Suelo del Jardin Nº 01 de 281.40 m2., para fines de VIVIENDA; de igual manera del MORDAZA Nº 01 de 718.24 m2., de los cuales 136.00 m2., seran destinados como NUCLEO DE SERVICIO y el area remanente de 582.24 m2., como AREA DEPORTIVA, dichos predios se ubican en la UCV 163, MORDAZA K del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; en merito a las consideraciones MORDAZA expuestas. Articulo 2º.- Disponer, la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial "El Peruano"; asimismo, poner en conocimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones y demas areas pertinentes de esta Corporacion Municipal, para los fines convenientes. Articulo 3º.- Disponer; a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, remitir los actuados a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para la continuacion del procedimiento, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 296-MML, modificada por la Ordenanza Nº 786-MML. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA

El Peruano Viernes 2 de MORDAZA de 2014

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MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Aprueban Reglamento de la Organizacion, Funcionamiento y Supervision de Comedores, que reciben apoyo del Programa de Complementacion Alimentaria en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 299/MDC
Carabayllo, 7 de MORDAZA del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO: POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Nº 002-2014-CAJFyCI/CPSDyPD/MDC de los integrantes de la Comision Permanente de Regidores de la Comision de Asuntos Juridicos, Fiscalizacion y Cooperacion Internacional y la Comision de Programas Sociales, Defensa y Promocion de Derechos, la misma que se pronuncia sobre el Proyecto de Ordenanza "Aprueba el Reglamento de Comedores que reciben apoyo del Programa de Complementacion Alimentaria del Distrito de Carabayllo", y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica, modificado mediante Ley Nº 28607 (Ley de Reforma Constitucional), en concordancia con lo dispuesto en el articulo I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; establece que las municipalidades son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Informe Nº 080-2014-GSGAPS/MDC, de fecha 12 de febrero de 2014, la Gerente de Salud, Gestion Alimentaria y Proyeccion Social, senala que mediante Informe Nº 242-2013-SGPCA-GSGAPS/MDC, del 02 de setiembre del 2013, la Sub Gerencia del Programa de Complementacion Alimentaria, elevo a su despacho la propuesta de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Comedores que reciben apoyo alimentario del Programa de Complementacion Alimentaria del Distrito de Carabayllo. Propuesta que fue elevada a la Gerencia Municipal mediante Informe Nº 381-2013-GSGAPS/MDC, de fecha 03 de setiembre de 2013, a fin de que se le diera el tramite correspondiente. Que, segun Documento Simple Nº 0026802-2013, de fecha 09 de Diciembre del 2013, la senoras representantes de las Organizaciones Sociales de Base beneficiarias del Programa de Complementacion Alimentaria, ante el Comite de Gestion del Programa de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, presentan su propuesta de Reglamento. Siendo que mediante Informe Nº 419-2013-SGPCA/GSGAPS/ MDC, la Sub Gerencia del Programa de Complementacion Alimentaria elevo la propuesta de Reglamento de las beneficiarias, la misma, tambien fue remitida a la Gerencia Municipal mediante Informe Nº 080-2014-GSGAPS/MDC. Que, el objetivo del presente Reglamento es regular y orientar la organizacion, funcionamiento y Supervision de los comedores populares en relacion directa y exclusiva con el apoyo que recibe del Programa de Complementacion Alimentaria, administrado por la Municipalidad Distrital de

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