Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2014 (02/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Viernes 2 de MORDAZA de 2014

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VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Regula y Conforma la Comision Tecnica Mixta del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion y el Articulo 194º de la Carta Magna, modificado por la Ley Nº 28607 "Ley de Reforma de los Articulos 91º, 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru", precisa que los Gobiernos Locales, Provinciales y Distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en el Titulo Preliminar, Articulo II, Establece que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal aprobar, derogar o modificar las Ordenanzas Municipales. Que, mediante Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC se Aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados, el mismo que senala que el citado dispositivo tiene como objeto: Establecer las normas generales para prestar el servicio, precisando ademas en su Articulo 4º que las Municipalidades son competentes para aprobar las normas complementarias necesarias para la gestion y fiscalizacion del servicio especial, dentro de su Jurisdiccion. Que, el acapite 3.3 del Articulo 3º del referido Decreto Supremo, senala que los Representantes de las Organizaciones de Transportadores, deberan acreditar ante la Comision Tecnica Mixta, su representatividad, conforme lo disponga la Municipalidad correspondiente, asimismo el numero de representantes y su forma de participacion en la referida comision. Que, asimismo la Septima Disposicion Complementaria Final del dispositivo legal senalado prescribe: Cada Municipio Distrital cuenta con una Comision Tecnica Mixta, la cual es autonoma y esta integrada por los Regidores de la Comision de Transporte, o por la Comision que haga sus funciones, por representantes acreditados de la PNP y de las Organizaciones de Transportadores del Servicio Especial. Que, la Administracion Publica se rige por el MORDAZA de Legalidad establecido en el numeral 1.1 del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, en virtud de ello las disposiciones legales comentadas en los considerandos precedentes sustentan la procedencia legal de Regular y Conformar "La Comision Tecnica Mixta del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Huaral", con lo que se retoma aquel importante espacio de coordinacion y concertacion entre la Municipalidad de Huaral, los Transportistas y los Usuarios de este Servicio Publico, con el fin de tratar la problematica del mismo y las alternativas necesarias para superarla. Que, mediante Ordenanza Nº 011-2010-MPH, Publicada el 04 de MORDAZA del 2010, en el Diario Oficial el Peruano, se Regula la Constitucion y Funcionamiento de la Comision Consultiva de Transporte y MORDAZA en la Provincia de Huaral, la misma que en su Articulo Primero acapite l) senala dos representantes de los Transportistas del Servicio Especial en Vehiculos Menores, que cuenten con acreditacion mayoritaria a nivel provincial de las empresas o asociaciones que cuenten con autorizacion vigente emitido por la Gerencia de Transportes, de la Municipalidad Provincial de Huaral. (...) Que, mediante Ordenanza Nº 017-2005-MPH, de fecha 18 de Diciembre del 2005, se Aprueba la Ordenanza que modifica e incorpora Articulo a la Ordenanza Municipal 010-2004-CMH, que establece la Creacion de la Comision Tecnica Mixta de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores Motorizados o no Motorizados en la Jurisdiccion del Distrito de Huaral. Que, mediante Informe Nº 016-2014-MPH/GTTSV, de fecha 12 de Febrero del 2014 del 2014, la Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial, senala que se hace necesario proyectar una Ordenanza que Regule y Conforme "La Comision Tecnica Mixta del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de

Distrital de San MORDAZA de Miraflores, en cumplimiento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion de Riesgo de Desastres, por lo que resulta necesario que mediante Decreto de Alcaldia se apruebe el Reglamento de Funcionamiento Interno del Grupo de Trabajo para la Gestion de Desastres asi como el Plan de Actividades del Grupo de Trabajo en Gestion del Riesgo de Desastres de San MORDAZA de Miraflores, a fin de que se cuente con un documento normativo con procedimientos tecnicos, ya administrativos para el adecuado funcionamiento del Grupo de Trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres. Que, mediante Informe Nº0111-2014-GAJ-MDSJM de fecha 11 de febrero del 2014 de la Gerencia de Asesoria Juridica es de la opinion que mediante Decreto de Alcaldia se apruebe el Reglamento de Funcionamiento Interno del Grupo de Trabajo para la Gestion de Desastres asi como el Plan de Actividades del Grupo de Trabajo en Gestion del Riesgo de Desastres de San MORDAZA de Miraflores, por lo que debera ser remitida al Despacho de Alcaldia para su emision. Que, en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del articulo 20 y el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972. DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Funcionamiento Interno del Grupo de Trabajo para la Gestion de Desastres, Reglamento que consta de dieciseis (16) articulos y V Capitulos y que se anexa al presente Decreto. Articulo Segundo.- APROBAR, el Plan de Actividades del Grupo de Trabajo en Gestion del Riesgo de Desastres de San MORDAZA de Miraflores, el mismo que consta de siete (07) Items y un Anexo Nº 01 y que se anexa al presente Decreto. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a la Sub Gerencia de Defensa Civil y Gestion del Riesgo el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia, a Secretaria General la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y publicar en el MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores el Reglamento de Funcionamiento Interno del Grupo de Trabajo para la Gestion de Desastres asi como el Plan de Actividades del Grupo de Trabajo en Gestion del Riesgo de Desastres de San MORDAZA de Miraflores y a la Sub Gerencia de Relaciones Publicas y Comunicaciones su difusion. Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, en el diario Oficial el Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

1078189-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Regulan y conforman la Comision Tecnica Mixta del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados en el distrito de Huaral
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2014-MPH
Huaral, 21 de marzo del 2014. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL

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