Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2014 (03/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Sabado 3 de MORDAZA de 2014

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Visto, el Memorando N° 125-2014-MINAM-VMGA de 08 de MORDAZA de 2014, del Viceministerio de Gestion Ambiental; el Informe N° 055-2014-MINAM-VMGA/ DGPNIGA de 08 de MORDAZA de 2014, de la Direccion General de Politicas, Normas e Instrumentos de Gestion Ambiental; el Informe Tecnico N° 007-2014-MINAMVMGA/DGPNIGA/jnishikawa de 08 de MORDAZA de 2014, del Especialista en Gestion Ambiental Descentralizada de la Direccion General de Politicas, Normas e Instrumentos de Gestion Ambiental; y, demas antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2° de la Ley N° 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, establece que este Sistema se constituye sobre la base de las instituciones estatales, organos y oficinas de los distintos ministerios, organismos publicos descentralizados e instituciones publicas a nivel nacional, regional y local que ejerzan competencias y funciones sobre el ambiente y los recursos naturales, asi como por los Sistemas Regionales y Locales de Gestion Ambiental, contando con la participacion del sector privado y la sociedad civil; Que, de acuerdo al literal n) del articulo 6° de la citada Ley y la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, este Ministerio debe asegurar la transectorialidad y la debida coordinacion en la aplicacion de los instrumentos de gestion ambiental, a traves de la promocion de los Sistemas de Gestion Ambiental en los sectores publico y privado, considerando estandares internacionales; Que, de acuerdo al articulo 37° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, las entidades publicas establecen medidas para promover el debido cumplimiento de las normas ambientales y mejorar niveles de desempeno ambiental, comprendiendo entre ellas, los reconocimientos publicos; Que, de acuerdo al articulo 71° del Reglamento de la Ley N° 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 0082005-PCM, las entidades con funciones y atribuciones ambientales deben promover el desarrollo de incentivos, como la publicacion de ranking de desempeno ambiental, los reconocimientos publicos, entre otros; Que, la Politica Nacional del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, establece como uno de sus objetivos especificos el de consolidar la gobernanza ambiental y el Sistema Nacional de Gestion Ambiental a nivel nacional, regional y local, bajo la rectoria del Ministerio del Ambiente, articulando e integrando las acciones transectoriales en materia ambiental; Que, en ese contexto, de acuerdo a los documentos del visto, se ha formulado el MORDAZA de Reconocimiento a la Gestion Ambiental Local Sostenible del Ano 2014 ­ GALS 2014, que tiene por objetivo promover la mejora en el desempeno de la gestion ambiental local, a traves del reconocimiento y difusion de los logros obtenidos por las gobiernos locales, en el presente ano; Que, en ese sentido, corresponde aprobar el MORDAZA de Reconocimiento a la Gestion Ambiental Local Sostenible del Ano 2014 ­ GALS 2014; Con el visado del Viceministerio de Gestion Ambiental, de la Secretaria General, de la Direccion General de Politicas, Normas e Instrumentos de Gestion Ambiental, y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley N° 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental; la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el MORDAZA de Reconocimiento a la Gestion Ambiental Local Sostenible del Ano 2014 ­ GALS 2014, que como anexo forma parte de la presente resolucion. Articulo 2°.- La Direccion General de Politicas, Normas e Instrumentos de Gestion Ambiental dispondra las acciones necesarias para desarrollo e implementacion del GALS 2014.

2012-MINAM, dispone que el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA y las demas autoridades de vigilancia mencionadas en el articulo 7° de la Ley N° 29811, utilizaran, entre otros, analisis cualitativos en MORDAZA a fin de realizar un primer analisis que permita obtener indicios de la posible presencia de OVM en el ambiente. De encontrar muestras positivas a la presencia de una o mas modificaciones geneticas, estas seran debidamente clasificadas y remitidas a los laboratorios acreditados; Que, la Sexta Disposicion Complementaria Final del acotado reglamento senala que el Ministerio del Ambiente aprobara, mediante Resolucion Ministerial y en el MORDAZA de sus competencias, las normas complementarias necesarias para la mejor aplicacion de la norma; Que, de acuerdo a los documentos del visto, las disposiciones contenidas en el reglamento de la Ley N° 29811, requieren ser complementadas mediante guias que orienten la actuacion de las entidades competentes y responsables del control y vigilancia del ingreso de OVM, asi como la vigilancia fuera de espacios confinados; Que, en tal sentido, el Ministerio del Ambiente ha elaborado la "Guia de muestreo para la deteccion de organismos vivos modificados en cultivos fuera de espacios confinados", la cual previa a su formal aprobacion, requiere ser sometida a consulta para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el articulo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; por lo que, corresponde emitir la presente resolucion; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales, de la Secretaria General, de la Direccion General de Diversidad Biologica, y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley N° 29811, Ley que establece la moratoria al ingreso y produccion de organismos vivos Modificados al territorio nacional por un periodo de 10 anos, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2012-MINAM; el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; y Decreto Supremo N° 002-2009MINAM, que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion del Proyecto de Resolucion Ministerial que aprueba la "Guia de muestreo para la deteccion de organismos vivos modificados en cultivos fuera de espacios confinados", que forma parte integrante de la presente resolucion. Dicha publicacion se realizara en el MORDAZA Web institucional del Ministerio del Ambiente (http://www. minam.gob.pe/consultaspublicas), a fin de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por un plazo de diez (10) dias habiles, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Las sugerencias y/o comentarios sobre el proyecto normativo senalado en el articulo 1° de la presente resolucion, deberan ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya sede central se encuentra ubicada en la Avenida MORDAZA MORDAZA Oeste N° 1440, San MORDAZA ­ MORDAZA, y/o a la direccion electronica bioseguridad@ minam.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 1078995-1

Aprueban el MORDAZA de Reconocimiento a la Gestion Ambiental Local Sostenible del Ano 2014 ­ GALS 2014
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 119-2014-MINAM MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2014

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