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El Peruano Sábado 3 de mayo de 2014 522172 Artículo 3.- INSTAURAR Proceso Administrativo Disciplinario al Ex –Director General de Administración del Ministerio del Interior señor Manuel Adolfo León Gómez por presuntamente haber vulnerado el numeral 6° del artículo 7° de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, referido al Deber de Responsabilidad; ello en mérito de las razones expuestas en la presente Resolución. Artículo 4.- La Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios designada a través de Resolución Ministerial N° 144-2014-IN/DGRH de fecha 10 de Febrero de 2014 proceda a DERIVAR los actuados, en lo que se refi ere al Mayor de la Policía Nacional del Perú Víctor Manuel Pérez Salazar, a la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú con la fi nalidad de que actúe conforme a sus competencias; ello en mérito de las razones expuestas en la presente Resolución. Artículo 5.- Notifi car la presente Resolución a los citados servidores, de conformidad a las normas legales vigentes. Artículo 6.- Otorgar el plazo de cinco (05) días hábiles, contado a partir de la notifi cación de la presente resolución, a fi n que los citados servidores cumplan con presentar sus descargos por escrito adjuntando los medios probatorios que considere pertinentes para desvirtuar su presunta responsabilidad, en legítimo ejercicio del derecho a la defensa. Artículo 7.- Precisar que de conformidad con el artículo 49° del Reglamento Interno de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 2179-2005- IN de fecha 3 de Octubre de 2005, el plazo para la presentación del descargo escrito y pruebas señalado en el artículo anterior podrá ser prorrogado excepcionalmente por cinco (05) días hábiles previa petición debidamente justificada y presentada dentro de la vigencia del plazo inicial; entendiéndose automáticamente prorrogado dicho plazo a partir del día hábil siguiente de su vencimiento. Artículo 8.- Remitir todos los actuados a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios designada a través de Resolución Ministerial N° 144-2014- IN/DGRH de fecha 10 de Febrero de 2014, para que dentro del plazo de Ley, lleve a cabo el Proceso Administrativo Disciplinario instaurado mediante la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. ROBERTO REYNOSO PEÑAHERRERA Viceministro de Gestión Institucional 1078799-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos peruanos y español y disponen su presentación por vía diplomática a España, Colombia, Argentina y Brasil RESOLUCIÓN SUPREMA N° 090-2014-JUS Lima, 2 de mayo de 2014 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.° 051-2014/ COE-TC, de 20 de marzo de 2014, sobre la solicitud de extradición activa al Reino de España del ciudadano peruano MICHEL MOLVAN ANDRADE MORA, formulada por la Sala Mixta de Emergencia de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.° 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 06 de marzo de 2014, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano MICHEL MOLVAN ANDRADE MORA, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfico Ilícito de Drogas en su modalidad agravada, en agravio del Estado peruano (Expediente N.° 36- 2014); Que, el literal “a” del artículo 28° de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N.° 016-2006-JUS, establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe N.° 051-2014/COE-TC, de 20 de marzo de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514° del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N.° 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España, suscrito en la ciudad de Madrid el 28 de junio de 1989; y su Enmienda, ratifi cada por Decreto Supremo N.° 70-2011-RE de 02 de junio de 2011, vigente desde el 09 de julio de 2011, que eleva de 60 días a 80 días el plazo para presentar el cuaderno de extradición; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano MICHEL MOLVAN ANDRADE MORA, formulada por la Sala Mixta de Emergencia de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfico Ilícito de Drogas en su modalidad agravada, en agravio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1079126-8 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 091-2014-JUS Lima, 2 de mayo de 2014 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.° 063-2014/