Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2014 (16/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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El Peruano Viernes 16 de MORDAZA de 2014

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban el "Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupcion del Ministerio de Agricultura y Riego periodo 2014 2016"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0280-2014-MINAGRI MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Oficio N°781-2014-MINAGRI-OPP/UPS y el Informe N°056-2014-MINAGRI-OPP/UPS de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Vigesimo Sexta Politica de Estado del Acuerdo Nacional, referida a la promocion de la etica y la transparencia y erradicacion de la corrupcion, el MORDAZA de dinero, la evasion tributaria y el contrabando en todas sus formas, establece entre sus objetivos el compromiso de velar por el desempeno responsable y transparente de la funcion publica, promoviendo una cultura de respeto a la ley, de solidaridad y de anticorrupcion, que elimine las practicas violatorias del orden juridico, incluyendo el trafico de influencias, el nepotismo, el narcotrafico, el contrabando, la evasion tributaria y el MORDAZA de dinero, y regular la funcion publica para evitar su ejercicio en funcion de intereses particulares; Que, la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, senala como finalidad principal del MORDAZA de modernizacion, la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos, con el objetivo de alcanzar un Estado: a) Al servicio de la ciudadania; b) Con MORDAZA efectivos de participacion ciudadana; c) Descentralizado y desconcentrado; d) Transparente en su gestion; e) Con servidores publicos calificados y adecuadamente remunerados; y, f) Fisicamente equilibrado; Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, se definen y establecen las politicas nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, senalando como prioritaria la implementacion de la Politica Nacional Anticorrupcion, orientada a fortalecer la lucha contra la corrupcion en las licitaciones y adquisiciones del Estado, garantizar la transparencia y la rendicion de cuentas, promover la Etica Publica a traves de sus acciones y comunicaciones; y, fomentar la participacion ciudadana en la vigilancia y control de la gestion publica; Que, por Decreto Supremo N° 119-2012-PCM se aprueba el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion 2012-2016, el cual establece como objetivos: i) La articulacion y coordinacion interinstitucional para la lucha contra la corrupcion; ii) La prevencion eficaz de la corrupcion; iii) La investigacion y sancion oportuna y eficaz de la corrupcion en el ambito administrativo y judicial; iv) La promocion y articulacion de la participacion activa de la ciudadania, sociedad civil y sector empresarial en la lucha contra la corrupcion; y, v) El posicionamiento del Peru en espacios internacionales de lucha contra la corrupcion; Que, el Decreto Supremo N° 046-2013-PCM, aprueba la Estrategia Anticorrupcion del Poder Ejecutivo, la cual contiene las acciones operativas que se implementaran, en el MORDAZA del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion 2012-2016, senalando en su articulo 2 numeral 2.20, que las entidades del Poder Ejecutivo elaboraran planes anticorrupcion que cuenten con medidas de prevencion y sancion de la corrupcion, teniendo en consideracion los procesos de mayor vulnerabilidad a la corrupcion y los casos de corrupcion que afecta a cada uno de ellos;

Que, el Ministerio de Agricultura y Riego, en adelante el MINAGRI, en el MORDAZA de lo dispuesto por el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupcion MORDAZA citado, con Resolucion Ministerial N° 0456-2013-MINAGRI, creo el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, en adelante el Grupo de Trabajo, asignandole como funcion de elaboracion del Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupcion del MINAGRI periodo 2014-2016; Que, en la MORDAZA Sesion Ordinaria de fecha 13 de diciembre de 2013, el referido Grupo de Trabajo, definio los alcances del Plan Sectorial y acordo proponer la creacion de una Comision Sectorial adscrita al Despacho Ministerial que se encargue, entre otros, del seguimiento de la implementacion del Plan Sectorial mencionado en el considerando precedente, y de realizar labores preventivas de apoyo al fomento de una cultura de etica, transparencia, promocion de la vigilancia ciudadana, neutralidad politica en periodo de MORDAZA electoral y atencion de denuncias; Que, mediante Acuerdo N° 001­03-GT-2013 de la Tercera Sesion Ordinaria realizada el 16 de diciembre de 2013, el indicado Grupo de Trabajo aprobo la version final del Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupcion del Ministerio de Agricultura y Riego periodo 2014-2016 en adelante Plan Sectorial; Que, en consecuencia, es necesario la aprobacion del Plan Sectorial, a fin que se fortalezca la implementacion de acciones en la Lucha contra la Corrupcion en el MINAGRI, de acuerdo a los lineamientos, objetivos y metas que contiene el referido documento; asi como la creacion de la Comision Sectorial encargada de su seguimiento e implementacion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego modificado mediante Ley N° 30048, y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion del Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupcion periodo 2014-2016 Aprobar el "Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupcion del Ministerio de Agricultura y Riego periodo 2014-2016", el mismo que como Anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2.- Implementacion del Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupcion periodo 2014-2016 Disponer que la implementacion del Plan Sectorial es de obligatorio cumplimiento para los organos, unidades organicas, organismos publicos, programas y proyectos especiales del Ministerio de Agricultura y Riego. Articulo 3.- Del Plan Institucional de Lucha contra la Corrupcion Disponer que en un plazo MORDAZA de cuarenta y cinco (45) dias calendario de aprobado el Plan Sectorial, los Organismos Publicos adscritos al Ministerio de Agricultura y Riego, deberan aprobar su Plan Institucional de Lucha Contra la Corrupcion 2014-2016, de acuerdo a los lineamientos, objetivos, acciones y metas del Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupcion del Ministerio de Agricultura y Riego periodo 2014-2016. Articulo 4.- De la incorporacion de la metas a los Planes Operativos Institucionales Disponer que en un plazo MORDAZA de cuarenta y cinco (45) dias calendario de aprobado el Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupcion periodo 2014-2016, los Organismos Publicos, Programas y Proyectos Especiales adscritos al Sector Agricultura y Riego, deberan incorporar a su Plan Operativo Institucional las metas del Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupcion 2014-2016. Articulo 5.- De la creacion de la Comision Sectorial adscrita al Despacho Ministerial Encargar a la Secretaria General del Ministerio de Agricultura y Riego para que en un plazo diez (10) dias habiles de aprobado el Plan Sectorial, realice la gestion para la creacion de la Comision Sectorial adscrita al Despacho Ministerial, que tendra a su cargo, entre otras

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