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El Peruano Viernes 16 de mayo de 2014 523310 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO Aprueban el “Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de Agricultura y Riego período 2014 - 2016” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0280-2014-MINAGRI Lima, 12 de mayo de 2014 VISTO: El Ofi cio N°781-2014-MINAGRI-OPP/UPS y el Informe N°056-2014-MINAGRI-OPP/UPS de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Vigésimo Sexta Política de Estado del Acuerdo Nacional, referida a la promoción de la ética y la transparencia y erradicación de la corrupción, el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contrabando en todas sus formas, establece entre sus objetivos el compromiso de velar por el desempeño responsable y transparente de la función pública, promoviendo una cultura de respeto a la ley, de solidaridad y de anticorrupción, que elimine las prácticas violatorias del orden jurídico, incluyendo el tráfi co de infl uencias, el nepotismo, el narcotráfi co, el contrabando, la evasión tributaria y el lavado de dinero, y regular la función pública para evitar su ejercicio en función de intereses particulares; Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, señala como fi nalidad principal del proceso de modernización, la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objetivo de alcanzar un Estado: a) Al servicio de la ciudadanía; b) Con canales efectivos de participación ciudadana; c) Descentralizado y desconcentrado; d) Transparente en su gestión; e) Con servidores públicos califi cados y adecuadamente remunerados; y, f) Físicamente equilibrado; Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, se defi nen y establecen las políticas nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, señalando como prioritaria la implementación de la Política Nacional Anticorrupción, orientada a fortalecer la lucha contra la corrupción en las licitaciones y adquisiciones del Estado, garantizar la transparencia y la rendición de cuentas, promover la Ética Pública a través de sus acciones y comunicaciones; y, fomentar la participación ciudadana en la vigilancia y control de la gestión pública; Que, por Decreto Supremo N° 119-2012-PCM se aprueba el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012-2016, el cual establece como objetivos: i) La articulación y coordinación interinstitucional para la lucha contra la corrupción; ii) La prevención efi caz de la corrupción; iii) La investigación y sanción oportuna y efi caz de la corrupción en el ámbito administrativo y judicial; iv) La promoción y articulación de la participación activa de la ciudadanía, sociedad civil y sector empresarial en la lucha contra la corrupción; y, v) El posicionamiento del Perú en espacios internacionales de lucha contra la corrupción; Que, el Decreto Supremo N° 046-2013-PCM, aprueba la Estrategia Anticorrupción del Poder Ejecutivo, la cual contiene las acciones operativas que se implementarán, en el marco del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012-2016, señalando en su artículo 2 numeral 2.20, que las entidades del Poder Ejecutivo elaborarán planes anticorrupción que cuenten con medidas de prevención y sanción de la corrupción, teniendo en consideración los procesos de mayor vulnerabilidad a la corrupción y los casos de corrupción que afecta a cada uno de ellos; Que, el Ministerio de Agricultura y Riego, en adelante el MINAGRI, en el marco de lo dispuesto por el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción antes citado, con Resolución Ministerial N° 0456-2013-MINAGRI, creó el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, en adelante el Grupo de Trabajo, asignándole como función de elaboración del Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupción del MINAGRI periodo 2014-2016; Que, en la Segunda Sesión Ordinaria de fecha 13 de diciembre de 2013, el referido Grupo de Trabajo, defi nió los alcances del Plan Sectorial y acordó proponer la creación de una Comisión Sectorial adscrita al Despacho Ministerial que se encargue, entre otros, del seguimiento de la implementación del Plan Sectorial mencionado en el considerando precedente, y de realizar labores preventivas de apoyo al fomento de una cultura de ética, transparencia, promoción de la vigilancia ciudadana, neutralidad política en período de campaña electoral y atención de denuncias; Que, mediante Acuerdo N° 001–03-GT-2013 de la Tercera Sesión Ordinaria realizada el 16 de diciembre de 2013, el indicado Grupo de Trabajo aprobó la versión fi nal del Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de Agricultura y Riego período 2014-2016 en adelante Plan Sectorial; Que, en consecuencia, es necesario la aprobación del Plan Sectorial, a fi n que se fortalezca la implementación de acciones en la Lucha contra la Corrupción en el MINAGRI, de acuerdo a los lineamientos, objetivos y metas que contiene el referido documento; así como la creación de la Comisión Sectorial encargada de su seguimiento e implementación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego modifi cado mediante Ley N° 30048, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupción período 2014-2016 Aprobar el “Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de Agricultura y Riego período 2014-2016”, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Implementación del Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupción período 2014-2016 Disponer que la implementación del Plan Sectorial es de obligatorio cumplimiento para los órganos, unidades orgánicas, organismos públicos, programas y proyectos especiales del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- Del Plan Institucional de Lucha contra la Corrupción Disponer que en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario de aprobado el Plan Sectorial, los Organismos Públicos adscritos al Ministerio de Agricultura y Riego, deberán aprobar su Plan Institucional de Lucha Contra la Corrupción 2014-2016, de acuerdo a los lineamientos, objetivos, acciones y metas del Plan Sectorial de Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de Agricultura y Riego periodo 2014-2016. Artículo 4.- De la incorporación de la metas a los Planes Operativos Institucionales Disponer que en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario de aprobado el Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupción periodo 2014-2016, los Organismos Públicos, Programas y Proyectos Especiales adscritos al Sector Agricultura y Riego, deberán incorporar a su Plan Operativo Institucional las metas del Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupción 2014-2016. Artículo 5.- De la creación de la Comisión Sectorial adscrita al Despacho Ministerial Encargar a la Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego para que en un plazo diez (10) días hábiles de aprobado el Plan Sectorial, realice la gestión para la creación de la Comisión Sectorial adscrita al Despacho Ministerial, que tendrá a su cargo, entre otras