Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2014 (16/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Viernes 16 de MORDAZA de 2014

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y los resultados obtenidos en el evento al que acudira; asi como la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberalizacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1083795-5

preparacion, vigilancia y respuesta a las enfermedades; entre otras; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, este es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene entre sus funciones rectoras formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica nacional y sectorial de Promocion de la Salud, Prevencion de Enfermedades, Recuperacion y Rehabilitacion en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el Director General de la Oficina General de Cooperacion Internacional del Ministerio de Salud, integrara la delegacion peruana que participara en la "67ª Asamblea Mundial de la Salud (AMS)" y participara en sus sesiones plenarias, desde su apertura hasta su clausura, de acuerdo a la agenda prevista para tal efecto; Que, con Memorando Nº 920-2014-OGA/MINSA, la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud, informa que el viaje del referido funcionario a la MORDAZA de MORDAZA, Confederacion Suiza, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora N° 001 del Pliego 011: Ministerio de Salud; para la adquisicion de pasajes en tarifa economica y seis (6) dias de viaticos, incluidos los gastos de instalacion, en concordancia con la normatividad vigente; Que, mediante el Informe Nº 082-2014-ODRHOGGRH/MINSA, remitido a traves del Memorandum N° 833-2014-OGGRH-ODRH/MINSA, la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, senala que participacion del citado profesional se encuentra comprendida dentro de los alcances de la normatividad legal vigente sobre autorizacion de viaje al exterior de funcionarios y servidores publicos; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el viaje del citado funcionario para que participe en la Asamblea mencionada; Que, conforme a lo dispuesto en el ultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos publicos, por supuestos distintos a los senalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 10° de la Ley Nº 30114; Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2014, en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, sus modificatorias; en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM; y, en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Oficina General de Cooperacion Internacional del Ministerio de Salud, a la MORDAZA de MORDAZA, Confederacion Suiza, para que participe, en representacion del Ministerio de Salud, en la "67ª Asamblea Mundial de la Salud", del 17 al 24 de MORDAZA de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje del citado profesional en cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle:
- Pasaje aereo (tarifa economica, incluido TUUA) : US$ 2,512.52 - Viaticos por 6 dias ($540 x 6) : US$ 3,240.00 -------------------TOTAL : US$ 5,752.52

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban el Perfil Ocupacional del Artesano en Ceramica Utilitaria MORDAZA de monococcion
RESOLUCION DIRECTORAL N° 05-2014-MTPE/3/19 MORDAZA, 28 de febrero de 2014. VISTOS: El Oficio N° 169-2014-MTPE/3/19.2 de fecha 28 de febrero de 2014 expedido por la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales, asi como el Informe Nº 001-2013-MTPE/3/19.2/IAFF/SGH de fecha 20 de diciembre de 2013 y el Informe N° 047-2013MTPE/3/19.2/MAAA de fecha 24 de diciembre de 2013, ambos expedidos por Especialistas de la Direccion de Normalizacion y Certificacion de Competencias Laborales; y, Oficios N°s. 576-2012-MTPE/1/20.52 y N° 1089-2012MTPE/1/20.5, derivados por la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA Metropolitana, en relacion al Perfil Ocupacional del Artesano en Ceramica Utilitaria ­ MORDAZA de monococcion; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29381 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, se establece como una de las areas programaticas del sector, la de normalizacion y certificacion de competencias laborales1, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional2, asi como funcion rectora formulando, planificando, dirigiendo, coordinando, ejecutando, supervisando y evaluando las politicas nacionales y sectoriales3; Que, conforme al Decreto Supremo N° 004-2010-TR, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, la Direccion General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral como organo de linea, es responsable de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las politicas publicas4 y tiene como funcion especifica emitir y aprobar lineamientos, directivas, mecanismos y procedimientos en el ambito nacional y sectorial5, en normalizacion y certificacion de competencias laborales;

Articulo 3º.- Disponer que el citado profesional, dentro de los (quince) 15 dias posteriores a su retorno, presente ante el Titular de la Entidad, con MORDAZA a la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas

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Literal h) del Articulo 4°. Numeral 5.1. del Articulo 5°. Literal a), numeral 3.1., articulo 3° del Decreto Supremo N° 004-2010-TR. Articulo 71° Literal "c" del articulo 72°

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