Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2014 (16/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Legislativo 1098 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; y, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial N° 146-2014-MIMP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1083760-1

El Peruano Viernes 16 de MORDAZA de 2014

Aprueban transferencia financiera a favor de 31 Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran en el ambito del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, destinada al pago de remuneraciones y pensiones del mes de MORDAZA de 2014
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 148-2014-MIMP MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2014 Vistos, la Nota Nº 219-2014-MIMP/DGFC de la Direccion General de la Familia y la Comunidad, el Informe Nº 085-2014-MIMP/DGFC-DIBPV-AACG de la Direccion de Beneficencias Publicas y Voluntariado, el Memorando Nº 269-2014-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 211-2014-MIMP/OGPP-OPI de la Oficina de Presupuesto e Inversiones y la Nota Nº 372-2014-MIMP/OGA de la Oficina General de Administracion del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26918 se crea el Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo -SPR- con la finalidad de dirigir las actividades del Estado y convocar a la comunidad en general para la promocion, atencion y apoyo a ninos, adolescentes, mujeres, jovenes y ancianos, y en general toda persona en situacion de riesgo y abandono o con problemas siquicos, sociales o corporales que menoscaben su desarrollo humano; MORDAZA que a traves de su MORDAZA Disposicion Transitoria y Complementaria senala que el Organo Rector del Sistema aprobara la forma y plazo en el que las Sociedades de Beneficencia Publica o Juntas de Participacion Social, transformadas o no en fundaciones, iran asumiendo los costos que irrogan las remuneraciones de sus trabajadores; siendo que en tanto no se concluya con dicho MORDAZA, el Ministerio de Economia y Finanzas continuara transfiriendo los recursos aprobados en la Ley de Presupuesto Publico; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098 se aprobo la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, la cual establece en su articulo 5 literal m) que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables tiene dentro de su ambito de competencia el ejercicio de la rectoria sobre el Sistema Nacional de Voluntariado, el Sistema Nacional de Atencion Integral del MORDAZA, MORDAZA y Adolescente y el Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo, entre otros; Que, a traves del articulo 12 de la Ley Nº 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se autoriza al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP a efectuar, mediante resolucion del Titular del Pliego, transferencias financieras a favor de las Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran bajo el ambito de su competencia, para el pago de remuneraciones y pensiones;

Que, con Decreto Supremo Nº 003-2014-EF se reajusto, a partir de enero de 2014, las pensiones percibidas por los beneficiarios del regimen del Decreto Ley Nº 20530 que hayan cumplido sesenta y cinco (65) anos o mas de edad al 31 de diciembre de 2013, cuyo valor anualizado no exceda el importe de veintiocho (28) Unidades Impositivas Tributarias, precisando que el monto de dicho reajuste ascendera a VEINTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 27,00) para los pensionistas que cumplan las condiciones MORDAZA senaladas y, en caso de percibirse mas de una pension, el reajuste se MORDAZA sobre la pension de mayor monto; Que, el articulo 61 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012MIMP, senala que la Direccion General de la Familia y la Comunidad es el organo de linea encargado de disenar, promover, coordinar, monitorear y evaluar las politicas, planes, programas y proyectos para la promocion y fortalecimiento de las familias, para la reinsercion familiar de ninas, ninos y adolescentes sin cuidados parentales, para la adecuada atencion de la poblacion por las Sociedades de Beneficencia Publica y los referidos a Personas Adultas Mayores y sus derechos; asi como normar, disenar, promover, coordinar y supervisar el servicio de voluntariado; Que, en merito a lo senalado, mediante Nota Nº 2192014-MIMP/DGFC del 30 de abrilde 2014, la Direccion General de la Familia y la Comunidad, en atencion al Informe Nº 085-2014-MIMP/DGFC-DIBPV-AACG de la Direccion de Beneficencias Publicas y Voluntariado, ha solicitado la transferencia de recursos financieros a favor de treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran en el ambito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta por la suma deCUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL UNO Y 38/100 NUEVOS SOLES (S/.491 001,38), para el pago de remuneraciones y pensionesdel mes de MORDAZA del 2014; Que, con Memorando Nº 269-2014-MIMP/OGPP del6demayode 2014, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace MORDAZA el Informe Nº 211-2014-MIMP/OGPP-OPI de la Oficina de Presupuesto e Inversiones, a traves del cual se emite opinion favorable para la transferencia financiera a favor de treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran bajo el ambito del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para el pago de remuneraciones ypensionesdel mes de MORDAZA de 2014, asi como para el reintegro correspondiente en el MORDAZA de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 003-2014-EF,por lo que seotorga la disponibilidad presupuestaria hasta por la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL UNO Y 38/100 NUEVOS SOLES (S/.491 001,38) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, especifica de gastos "2.4.1.3.1.4 a otras Entidades Publicas"y metas presupuestarias senaladas en el Cuadro Nº 1 adjunto al citado Informe; Que, mediante Nota Nº 372-2014-MIMP/OGA del 7 de mayode 2014, la Oficina General de Administracion ha senalado que no encuentra objecion para la transferencia financiera propuesta por la Direccion General de la Familia y la Comunidad, mediante Nota Nº 219-2014MIMP/DGFC del 30 de MORDAZA de 2014, la cual debera ser formalizada con resolucion ministerial, en virtud de lo establecido en el literal c) del numeral 12.1 del articulo 12 de la Ley Nº 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, por lo que recomienda su tramite correspondiente; Que, en tal sentido, a fin de efectivizar a favor de los trabajadores y pensionistas de las treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran en el ambito del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables el pago de sus remuneraciones y pensiones del mes de mayode 2014,asi como el reintegro correspondiente en el MORDAZA de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 003-2014-EF, resulta pertinente emitir el acto por el que se apruebe la transferencia financiera hasta por la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL UNO Y 38/100 NUEVOS SOLES (S/.491 001,38) a favor de las citadas Sociedades de Beneficencia Publica; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Direccion General de la

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