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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2014 (16/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Viernes 16 de mayo de 2014 523318 sido previstos en el presupuesto institucional del citado pliego en el presente año fi scal; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma total de CIENTO OCHO MILLONES SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 108 075 267,00), destinada a fi nanciar el pago de la compensación por tiempo de servicios del personal policial de la Policía Nacional del Perú, correspondiente al año fi scal 2014, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1132 a favor del pliego Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ACTIVIDAD 5 000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público En Nuevos Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 108 075 267,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 108 075 267,00 ============ A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del Interior UNIDAD EJECUTORA 002 : Dirección de Economía y Finanzas de la PNP ACCIONES CENTRALES FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios ACTIVIDAD 5000003: Gestión Administrativa GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 108 075 267,00 --------------------- TOTAL PLIEGO 007 108 075 267,00 ============ TOTAL EGRESOS 108 075 267,00 ============ Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de mayo del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1083795-2 EDUCACION Aprueban Directiva “Procedimientos para la Contratación de Personal Altamente Calificado en el Ministerio de Educación y sus Organismos Públicos adscritos” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 581-2014-MINEDU Lima, 15 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de Personal Altamente Califi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, se regula la contratación de profesionales altamente califi cados para ocupar puestos en entidades públicas del Poder Ejecutivo, bajo los principios de mérito y transparencia; Que, en virtud del Decreto Supremo N° 016-2012-EF, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29806, modifi cado por el Decreto Supremo N° 026-2014-EF; estableciendo en su artículo 7 que los sectores que soliciten la contratación de personal altamente califi cado, deben contar con un procedimiento de selección de candidatos a ser contratados bajo esta modalidad, que garantice el cumplimiento de los principios de mérito y transparencia, así como el cumplimiento de los requisitos establecidos para cada puesto en los documentos de gestión a los que se refi ere el segundo párrafo de su artículo 8; Que, con Resolución Ministerial N° 0153-2012-ED se aprobó la Directiva N° 006-2012-MINEDU/SG-OGA denominada “Procedimiento para la Contratación de Personal Altamente Califi cado en el Sector Educación”; con la fi nalidad de establecer los lineamientos y procedimientos para la selección y contratación del personal altamente califi cado en el Sector Educación, bajo los principios de mérito y transparencia: Que, resulta necesario actualizar el documento normativo antes mencionado, teniendo en cuenta las modifi caciones al Reglamento de la Ley N° 29806, aprobadas por Decreto Supremo N° 026-2014-EF;