TEXTO PAGINA: 6
El Peruano Viernes 23 de mayo de 2014 523732 AMBIENTE Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Instituto Geofísico del Perú - IGP DECRETO SUPREMO N° 007-2014-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, los artículos 37° y 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, disponen la obligatoriedad de las entidades de la Administración Pública de elaborar, aprobar y publicar el íntegro de su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, cumpliendo los requisitos establecidos para tal fi n; Que, mediante Decreto Legislativo N° 136 se aprueba la Ley del Instituto Geofísico del Perú – IGP, organismo que tiene por fi nalidad la investigación científi ca, la enseñanza y la capacitación, la prestación de servicios, y la realización de estudios y proyectos; en las diversas áreas de la geofísica; Que, de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se dispone la adscripción del Instituto Geofísico del Perú – IGP, como organismo público ejecutor, al Ministerio del Ambiente; Que, con Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, se aprueban los Lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA, así como se establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; Que, por Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, se aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades públicas, en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44° de la Ley Nº 27444; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 007- 2011-PCM se establece una metodología de simplifi cación administrativa para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por las entidades de la Administración Pública; Que, teniendo en cuenta la normativa citada en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Instituto Geofísico del Perú – IGP, cuya propuesta cuenta con la opinión favorable de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente, en observancia de lo establecido en el numeral 11.2 del artículo 11° de los Lineamientos para elaboración y aprobación del TUPA y disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, aprobados por Decreto Supremo N° 079- 2007-PCM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM que aprueba los Lineamientos para elaboración y aprobación del TUPA y disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; y, el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM que aprueba el Formato del TUPA; DECRETA: Artículo 1°.- Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Instituto Geofísico del Perú – IGP, que como Anexo 1 forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2°.- Aprobación de Formulario Apruébese el Formulario 1-SAIP a ser utilizado en el procedimiento denominado “Acceso a la información pública que posee o produce el Instituto Geofísico del Perú”, que como Anexo 2 forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 3°.- Publicación El presente Decreto Supremo será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo, el TUPA y el Formulario a que se refi eren los Artículos 1° y 2° del presente Decreto Supremo, deberán ser publicados en el Portal Institucional del IGP (www.igp.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo. Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Ambiente. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MANUEL PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 1086892-3 CULTURA Disponen otorgamiento de tarifa promocional por la celebración de la VII Edición de “La Noche de los Museos”, para el ingreso a diversos Museos administrados por el Ministerio de Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 167-2014-MC Lima, 21 de mayo de 2014 Vistos, el Ofi cio N° 217-2014-MML-GC de la Gerencia de Cultura de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y el Informe N° 60-2014-DGM-VMPCIC/MC de la Dirección General de Museos, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo que ejerce sus competencias, funciones y atribuciones respecto del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, en atención a lo dispuesto en el literal e) del artículo 7 de la Ley en mención, el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones propiciar la participación de la población en la promoción del Patrimonio Cultural material e inmaterial de la Nación, fomentando el fortalecimiento de la identidad nacional; Que, el numeral 66.4 del artículo 66 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que la Dirección General de Museos tiene entre sus funciones, el planear, organizar, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar todas las actividades y programas académicos, técnicos, administrativos y fi nancieros vinculados al quehacer museológico a nivel nacional; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 373-2013- MC y sus modifi catorias, se aprobó el Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad del Ministerio de Cultura para el año 2014, el cual contiene los valores del boletaje de ingreso a los Museos a nivel nacional, entre otros; Que, el artículo 34 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, dispone que, con el objeto de promover el turismo interno, las autoridades competentes pueden establecer en determinados periodos tarifas promocionales para el ingreso a las áreas naturales protegidas o a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, las cuales deben ser comunicadas al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo o al órgano regional competente para su difusión; Que, mediante el Ofi cio N° 217-2014-MML-GC, la Gerencia de Cultura de la Municipalidad Metropolitana de Lima cursa invitación al Ministerio de Cultura, para participar de la VII Edición de “La Noche de los Museos”, que se llevará a cabo el viernes 23 de mayo del presente año entre las 17:00 y 22:00 horas, a nivel de Lima