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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2014 (23/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Viernes 23 de mayo de 2014 523740 Funciones, a partir del cual se establecen cambios en su estructura organizacional con la fi nalidad de optimizar los servicios que presta en el ámbito de sus competencias; Que, mediante el Informe N° , la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros emite opinión favorable; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y, con el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas. Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, que consta de seis (05) Títulos, ocho (08) Capítulos, ciento cincuenta y cuatro (154) Artículos y dos (02) Disposiciones Complementarias Finales, cuyo texto, en Anexo, forma parte integrante del presente decreto supremo. Artículo 2.- Publicación El presente decreto supremo es publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. El Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado en el artículo precedente es publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), el mismo día de la publicación del presente decreto supremo en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Vigencia El presente decreto supremo entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, a excepción del literal b) del artículo 116 del Reglamento de Organización de Funciones aprobado en el artículo 1 del presente decreto supremo, el cual entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2015. Segunda.- Implementación del ROF Facúltese al Ministerio de Economía y Finanzas para que, mediante resolución ministerial, emita las disposiciones complementarias para la adecuada implementación del Reglamento de Organización y Funciones. Tercera.- Efectos Presupuestales La aplicación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas se sujeta al presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Cuarta.- Denominación Toda referencia en normas anteriores a las Direcciones Generales, Ofi cinas Generales, Direcciones u Ofi cinas del Ministerio que no formen parte del presente Reglamento de Organización y Funciones, deben identifi carse con las nuevas direcciones generales, ofi cinas generales, direcciones u ofi cinas de acuerdo con sus funciones. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogatoria Deróguese el Reglamento de Organización y Funciones aprobado con la Resolución Ministerial N° 223- 2011-EF/43, la Resolución Ministerial N° 626-2012-EF/43 y demás normas que se opongan a lo dispuesto en el presente decreto supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1086893-2 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Argentina y Austria, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 094-2014-IN Lima, 22 de mayo de 2014 VISTO, el mensaje con referencia EX 22.960/11/UDI/ G.9/VF del 30 de abril de 2014, mediante el cual la Ofi cina Central Nacional INTERPOL-Buenos Aires, hace de conocimiento de la Ofi cina Central Nacional INTERPOL- Lima, que las autoridades argentinas han autorizado la entrega en extradición a Perú del reclamado Jhon Robert MIGUEL SÁNCHEZ; por tal motivo solicitan los planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Buenos Aires, República Argentina hacia territorio peruano. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 100-2013-JUS del 2 de agosto de 2013, se resolvió acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Jhon Robert MIGUEL SÁNCHEZ, formulada por la Quinta Sala Penal Especializada para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio-Robo Agravado, en perjuicio de Yolanda MONTERO ARISTA y disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 157-2014- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 7 de mayo de 2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión del servicio del 25 al 29 de mayo de 2014, del Comandante de la Policía Nacional del Perú José Luis FRÍAS CHÁVEZ y del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Rildo Ramiro CHUMBE RICOPA, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, a fi n de que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano Jhon Robert MIGUEL SÁNCHEZ, formulada por la Quinta Sala Penal Especializada para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio-Robo Agravado, en perjuicio de Yolanda MONTERO ARISTA; Que, mediante Memorándum Múltiple Nº 197-2014- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 7 de mayo de 2014, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de resolución autoritativa de viaje al exterior en comisión del servicio de los funcionarios policiales antes mencionados, el mismo que irrogará gastos al Estado peruano; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema