Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2014 (23/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Viernes 23 de MORDAZA de 2014

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Articulo 6.- Financiamiento La aplicacion del presente Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos Gobiernos Regionales, Instituto de Gestion de Servicios de Salud e Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas, para lo cual el Ministerio de Salud debera efectuar las transferencias de partidas que correspondan conforme a lo establecido en el numeral 5.7 del articulo 5 del presente Decreto Supremo, y en el MORDAZA de las Leyes Anuales de Presupuesto. Articulo 7.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de Salud. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL

5.4 La entrega economica anual por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeno y compromisos de mejora de los servicios, se realizara una vez concluida la evaluacion que realizara el Ministerio de Salud, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 005-2014-SA. 5.5 Para el personal destacado, se aplicara lo senalado en el numeral 5.2 del presente articulo. 5.6 La entrega economica anual por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeno y compromisos de mejora de los servicios, se sujeta a la siguiente escala de referencia:
ENTREGA ECONOMICA ANUAL (En Nuevos Soles) Personal de la Salud Mayor o igual que 95% hasta 100% Porcentaje Global de Logro Mayor o igual que 90% y menor que 95% 4,340 2,127 Mayor o igual que 80% y menor que 90% 3,883 1,903 Mayor o igual que 70% y menor que 80% 2,056 1,008 Mayor o igual que 60% y menor que 70% 1,370 672

Medico cirujano Cirujano dentista, quimico farmaceutico, obstetra, enfermero, medico veterinario1, biologo1, psicologo1, nutricionista1, ingeniero sanitario1, asistenta social1, tecnologo medico y quimico Tecnicos especializados de los servicios de fisioterapia, laboratorio y rayos X Personal de la salud tecnico asistencial auxiliar asistencial SPA - SPF y STA - STF SAA - SAF
1/

4,568 2,239

Unica.- En el supuesto que, luego de una evaluacion del Ministerio de Salud, se demuestre que el personal de una Institucion altero los resultados de las metas institucionales, indicadores de desempeno y compromisos de mejora de los servicios con el fin de beneficiarse de la entrega economica anual regulada por el presente Decreto Supremo, se procedera al deslinde de responsabilidades e imposicion de sanciones, de corresponder, de acuerdo al regimen laboral del personal individualizado como responsable de dichas acciones. Las entidades se encuentran facultadas para la suscripcion de acuerdos con el personal de la salud a efectos de la devolucion del monto de la entrega economica anual indebidamente percibida. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Unica.- En tanto no se implemente el Instituto de Gestion de Servicios de Salud y no se efectue la transferencia de funciones y recursos al citado Instituto, la Ministra de Salud suscribira Acuerdos de Gestion con los directores generales de las Direcciones de Salud e Institutos Especializados de Lima. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica

1,949 1,951 1,724 1,699

1,852 1,853 1,638 1,614

1,657 1,658 1,465 1,444

877 878 776 765

585 585 517 510

Que presta servicio en el MORDAZA asistencial de la salud.

5.7 El Ministerio de Salud efectuara la transferencia de partidas que corresponda para el pago de la entrega economica anual por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeno y compromisos de mejora de los servicios, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 005-2014-SA, a los Pliegos Gobiernos Regionales, Instituto de Gestion de Servicios de Salud e Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas. De ser necesario, el Ministerio de Salud transferira a las Instituciones que hayan alcanzado un porcentaje global de logro mayor o igual a 90 por ciento el monto correspondiente a la escala de referencia definida en el numeral 5.6; mientras que en el caso de las Instituciones que hayan alcanzado un porcentaje global de logro mayor o igual a 60 por ciento y menor que 90 por ciento, utilizara un factor de ajuste, con el fin de adecuarse al presupuesto asignado en las respectivas Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal correspondiente. 5.8 Efectuada la transferencia, los pliegos incorporaran el presupuesto transferido y lo distribuiran a las Instituciones a su cargo, para que estas efectuen el pago de la entrega economica anual por el cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeno y compromisos de mejora de los servicios al personal de la salud, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 005-2014-SA. 5.9 La entrega economica anual por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeno y compromisos de mejora de los servicios debera encontrarse diferenciada en la Planilla Unica de Pagos. 5.10 La entrega economica anual por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeno y compromisos de mejora de los servicios no tiene caracter pensionable, no esta sujeta a cargas sociales ni forma parte de la base del calculo para la determinacion de la compensacion por tiempo de servicios, y estara afecta al impuesto a la renta.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1086893-1

Aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del Ministerio de Economia y Finanzas
DECRETO SUPREMO N° 117-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en concordancia con lo dispuesto en la Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, el Ministerio de Economia y Finanzas aprobo su correspondiente Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF mediante Resolucion Ministerial N° 223-2011-EF/43; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, en la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, y en los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administracion Publica, aprobados con Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, se ha formulado el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el Ministerio de Economia y Finanzas ha propuesto la aprobacion del MORDAZA Reglamento de Organizacion y

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