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El Peruano Viernes 23 de mayo de 2014 523736 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Director General de Seguimiento y Evaluación del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 117-2014-MIDIS Lima, 22 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose que la Dirección General de Seguimiento y Evaluación es el órgano de línea encargado de evaluar y hacer seguimiento a las políticas y programas en materia de desarrollo e inclusión social; Que, mediante Resolución Suprema N° 001-2013- MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, reordenado mediante las Resoluciones Ministeriales N° 012-2013- MIDIS, N° 085-2013-MIDIS, N° 127-2013-MIDIS, y N° 008-2014-MIDIS, el cual contempla el cargo de Director General de Seguimiento y Evaluación como cargo de confi anza; Que, mediante Resolución Ministerial N° 116-2014- MIDIS, se encargó al señor Juan José Leguía Alegría las funciones de Director General de Seguimiento y Evaluación del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; Que, se estima pertinente dar por concluido el encargo señalado en el considerando precedente, y designar a la persona que asumirá las funciones de Director General de Seguimiento y Evaluación del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y la Resolución Suprema N° 001- 2013-MIDIS, que aprobó su Cuadro para Asignación de Personal; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo de funciones conferido al señor Juan José Leguía Alegría como Director General de Seguimiento y Evaluación del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Luis Fernando Llanos Zavalaga como Director General de Seguimiento y Evaluación del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1086800-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor del Gobierno Regional del departamento de Ucayali, para el financiamiento de un proyecto de inversión pública DECRETO SUPREMO Nº 115-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que dicho Ministerio es la Autoridad de Salud a nivel nacional, según lo establece la Ley N° 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la Política Nacional de Salud y es la máxima autoridad en materia de salud; cumpliendo sus funciones específi cas en el marco de sus competencias compartidas conforme a lo previsto en la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respectivamente; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que los recursos públicos que se asignen en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; Que, el numeral 11.2 del artículo citado en el considerando precedente, señala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); y que dicha transferencia sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año fiscal 2014; asimismo, señala que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública; Que, a través del Informe N° 093-2014-OGPP-OP/ MINSA, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, informa que el pliego Ministerio de Salud cuenta con disponibilidad presupuestal en su presupuesto institucional hasta por la suma de DIEZ MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SESENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 264,062.00), con cargo a la Unidad Ejecutora 001 Administración Central – MINSA del Pliego 011 Ministerio de Salud, para ser destinados a la Transferencia de Partidas a favor del Pliego 462: Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, para el fi nanciamiento de un (01) proyecto de inversión pública denominado “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva del Establecimiento de Salud del Ámbito de Infl uencia de la Provincia de Atalaya, Región Ucayali” con código SNIP N° 93078, que cuenta con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP y cuya ejecución estará a cargo del citado Gobierno Regional, para lo cual ha suscrito el convenio respectivo, en el marco de lo señalado en el artículo 11 de la Ley N° 30114; en virtud de lo cual, a través del Ofi cio N° 1380-2014-SG/MINSA, el Ministerio de Salud, solicita la transferencia de los recursos correspondientes; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, hasta por la suma de DIEZ MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SESENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 264,062.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del presupuesto institucional del año