Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2014 (23/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 026-Direccion Ejecutiva de Investigacion Criminal y Apoyo a la Justicia de la Policia Nacional del Peru, de acuerdo al detalle siguiente:
Importe Viaticos US$ 540.00 P a s a j e s US$ 1,952.00 aereos Dias 5 X X Pers. 1 1 T/C Total S/. = 2,700.00 X 2.809 7,584.30 = 1,952.00 X 2.809 5,483.17 13,067.47

El Peruano Viernes 23 de MORDAZA de 2014

Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado para la comision del servicio, debera presentar ante el titular del sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada por los viaticos y pasajes asignados. Articulo 4.- La presente resolucion suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 1086893-6

Que, el literal a) del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados tiene como una de sus facultades proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, que se acceda o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 081-2014/COE-TC, del 21 de MORDAZA de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N.º 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y el Reino de Espana, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA el 28 de junio de 1989; y su Enmienda, ratificada por Decreto Supremo N.º 70-2011-RE, del 02 de junio de 2011, vigente desde el 09 de MORDAZA de 2011, que eleva de 60 dias a 80 dias el plazo para presentar el cuaderno de extradicion; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano colombiano MORDAZA MORDAZA BEDOYA MORDAZA, formulada por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas agravado, en agravio del Estado peruano; y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Reino de Espana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1086894-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitud de extradicion activa de ciudadano colombiano y disponen su MORDAZA por via diplomatica al Reino de Espana
RESOLUCION SUPREMA N° 104-2014-JUS MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2014 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.º 081-2014/ COE-TC, del 21 de MORDAZA de 2014, sobre la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana del ciudadano colombiano MORDAZA MORDAZA BEDOYA MORDAZA, formulada por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a estas atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 08 de MORDAZA de 2014, declaro procedente la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana, del ciudadano colombiano MORDAZA MORDAZA BEDOYA MORDAZA, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas agravado, en agravio del Estado peruano (Expediente N.º 60-2014);

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Designan representantes titular y alterno del MIMP ante la "Comision Ano Internacional de la Agricultura Familiar 2014" (AIAF)
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 162-2014-MIMP MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Memorando 103-2014-MIMP/DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

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