Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2014 (23/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Viernes 23 de MORDAZA de 2014

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agravado en agravio de Selso Mendieta Ascate y otros, sin que se hubieran actuado nuevos actos de investigacion que justifiquen razonablemente y de modo suficiente dicha variacion de la situacion juridica de los referidos procesados, por lo que habria infringido el articulo 135 del Codigo Procesal Penal, con el fin de favorecer a los procesados, infringiendo el debido MORDAZA y los deberes de independencia e imparcialidad previstos en el articulo 139 incisos 2 y 3 de la Constitucion Politica, asi como el deber contenido en el articulo 184 inciso 1) de la Ley Organica del Poder Judicial, incurriendo en la responsabilidad disciplinaria prevista en el articulo 201 inciso 1 de la citada Ley Organica; Procedimiento procesado: para el descargo del juez

constitucionales, de conformidad con el inciso 2 del articulo 154° de la Constitucion Politica del Peru, articulo 21° inciso b) y articulo 37° inciso b) de la Ley 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, y articulo 36° del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, aprobado por Resolucion N° 635-2009CNM; y, estando al acuerdo por unanimidad adoptado por el Pleno en sesion del 16 de agosto de 2013; RESUELVE: Primero.- No Renovar la confianza a don MORDAZA MORDAZA Garzon MORDAZA y, en consecuencia, no ratificarlo en el cargo de Juez del Trigesimo Octavo Juzgado Especializado Penal de MORDAZA del Distrito Judicial de Lima. Segundo.- Notifiquese personalmente al magistrado no ratificado y una vez que MORDAZA quedado firme remitase MORDAZA certificada al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, de conformidad con el articulo trigesimo noveno del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, y remitase MORDAZA de la presente resolucion a la Oficina de Registro de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura para los fines consiguientes. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAEZONO YAMASHITA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAZ DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TALAVERA MORDAZA 1086108-1

3. Que, de conformidad con lo regulado en el articulo 34 del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios del Consejo se notifico al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA la Resolucion Nº 447-2012-PCNM, que le otorgo el plazo de diez dias para que realizara sus descargos presentando los medios probatorios que consideraba pertinentes, no obstante lo cual no cumplio con los requerimientos efectuados; tampoco se apersono a rendir su declaracion de parte programada para el dia 14 de agosto de 2012, y en MORDAZA y MORDAZA fecha para el 03 de setiembre del mismo ano, a pesar de haber sido tambien debidamente emplazado con tal fin; Analisis de la imputacion formulada: 4. Que, para los fines del presente MORDAZA disciplinario se ha valorado el expediente generado en la investigacion efectuada por la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, que sustenta el pedido de destitucion formulado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia; asimismo, la informacion cursada por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y el Jefe de la Unidad Documentaria de la Oficina de Control de la Magistratura precisando que no se encuentra en tramite algun recurso impugnatorio relacionado al caso; 5. Que, el hecho imputado al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se centra en el de la denuncia que el ciudadano Selso Mendieta Ascate formulo en su contra ante la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, atribuyendole irregularidades en el tramite de la instruccion N° 147-2007, por haber concedido MORDAZA a procesados por los delitos de robo agravado, violacion sexual, homicidio y otros, sin alguna justificacion y poniendo en peligro a la sociedad; 6. Que, a fin de determinar responsabilidad en los supuestos a los que se refiere el cargo contra el doctor MORDAZA MORDAZA, se deben detallar los antecedentes e incidencias principales del MORDAZA penal - instruccion N° 147-2007; 6.1. El Fiscal Provincial Mixto de Tocache por escrito presentado el 16 de octubre de 2007, de fojas 160 a 165 del anexo 1, formulo denuncia penal contra MORDAZA Saldana Saldana, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Saldana y otros, por la presunta comision de delito Contra El Patrimonio - Robo Agravado, en agravio de Selso Mendieta Ascate y otros, basandose en el Atestado Policial N° 143-2007-FPHDICPOL-TM-CSPNP-T/SID, de fojas 02 a 28, segun el cual el dia 14 de octubre de 2007, aproximadamente a las 17:45 horas, personal policial de la Comisaria de Tocache fue alertado sobre el robo a mano armada que se venia suscitando en el sector "La Charapita", por lo cual se organizo un grupo operativo que se constituyo al lugar de los hechos, donde las victimas les informaron que los delincuentes habian huido con direccion al caserio de Huayranga a bordo de una camioneta, iniciandose asi su persecucion, produciendose en el trayecto un enfrentamiento en el que resulto muerto uno de los delincuentes, herido su complice MORDAZA Fredy MORDAZA MORDAZA, y reducidos y capturados, entre otros, MORDAZA Saldana Saldana y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Saldana; 6.2. En merito de la citada denuncia, mediante el auto de fecha 17 de octubre de 2007, de fojas 171 a 179 del anexo 1, expedido dentro del expediente N° 2007-147, el Juzgado Mixto de Tocache abrio instruccion contra MORDAZA Saldana Saldana, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Saldana y otros, por el delito Contra El Patrimonio - Robo Agravado, en agravio de Selso Mendieta Ascate y otros, dictando

Sancionan con destitucion a Juez del Juzgado Mixto de Tocache de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 718-2013-PCNM P.D. N° 025-2012-CNM San MORDAZA, 27 de diciembre de 2013 VISTO; El MORDAZA disciplinario N° 025-2012-CNM, seguido contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez del Juzgado Mixto de Tocache de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA y, el pedido de destitucion formulado por el senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia; y, CONSIDERANDO: Antecedentes: 1. Que, por Resolucion N° 447-2012-PCNM, el Consejo Nacional de la Magistratura abrio MORDAZA disciplinario al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez del Juzgado Mixto de Tocache de la Corte Superior de Justicia de San Martin; Cargos del MORDAZA disciplinario: 2. Que, se imputa al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el haber variado, mediante resolucion de fecha 4 de MORDAZA de 2008, el mandato de detencion por el de comparecencia restringida de los procesados MORDAZA MORDAZA MORDAZA Saldana y MORDAZA Saldana Saldana, en el MORDAZA que se les sigue por la presunta comision del delito contra el patrimonio en la modalidad de robo

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