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El Peruano Viernes 23 de mayo de 2014 523769 constitucionales, de conformidad con el inciso 2 del artículo 154° de la Constitución Política del Perú, artículo 21° inciso b) y artículo 37° inciso b) de la Ley 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, y artículo 36° del Reglamento del Proceso de Evaluación y Ratifi cación de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público, aprobado por Resolución N° 635-2009- CNM; y, estando al acuerdo por unanimidad adoptado por el Pleno en sesión del 16 de agosto de 2013; RESUELVE: Primero.- No Renovar la confi anza a don Luis Alberto Garzón Castillo y, en consecuencia, no ratifi carlo en el cargo de Juez del Trigésimo Octavo Juzgado Especializado Penal de Lima del Distrito Judicial de Lima. Segundo.- Notifíquese personalmente al magistrado no ratifi cado y una vez que haya quedado fi rme remítase copia certifi cada al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, de conformidad con el artículo trigésimo noveno del Reglamento del Proceso de Evaluación y Ratifi cación de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público, y remítase copia de la presente resolución a la Ofi cina de Registro de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura para los fi nes consiguientes. MAXIMO HERRERA BONILLA LUZ MARINA GUZMAN DIAZ LUIS MAEZONO YAMASHITA GASTON SOTO VALLENAS VLADIMIR PAZ DE LA BARRA GONZALO GARCIA NUÑEZ PABLO TALAVERA ELGUERA 1086108-1 Sancionan con destitución a Juez del Juzgado Mixto de Tocache de la Corte Superior de Justicia de San Martín RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 718-2013-PCNM P.D. N° 025-2012-CNM San Isidro, 27 de diciembre de 2013 VISTO; El proceso disciplinario N° 025-2012-CNM, seguido contra el doctor Edie Wilfredo Noriega Lozano, por su actuación como Juez del Juzgado Mixto de Tocache de la Corte Superior de Justicia de San Martín y, el pedido de destitución formulado por el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia; y, CONSIDERANDO: Antecedentes: 1. Que, por Resolución N° 447-2012-PCNM, el Consejo Nacional de la Magistratura abrió proceso disciplinario al doctor Edie Wilfredo Noriega Lozano, por su actuación como Juez del Juzgado Mixto de Tocache de la Corte Superior de Justicia de San Martín; Cargos del proceso disciplinario: 2. Que, se imputa al doctor Edie Wilfredo Noriega Lozano el haber variado, mediante resolución de fecha 4 de abril de 2008, el mandato de detención por el de comparecencia restringida de los procesados Ciro Leocadio Bermúdez Saldaña y Héctor Saldaña Saldaña, en el proceso que se les sigue por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de robo agravado en agravio de Selso Mendieta Ascate y otros, sin que se hubieran actuado nuevos actos de investigación que justifi quen razonablemente y de modo sufi ciente dicha variación de la situación jurídica de los referidos procesados, por lo que habría infringido el artículo 135 del Código Procesal Penal, con el fi n de favorecer a los procesados, infringiendo el debido proceso y los deberes de independencia e imparcialidad previstos en el artículo 139 incisos 2 y 3 de la Constitución Política, así como el deber contenido en el artículo 184 inciso 1) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, incurriendo en la responsabilidad disciplinaria prevista en el artículo 201 inciso 1 de la citada Ley Orgánica; Procedimiento para el descargo del juez procesado: 3. Que, de conformidad con lo regulado en el artículo 34 del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios del Consejo se notifi có al doctor Edie Wilfredo Noriega Lozano la Resolución Nº 447-2012-PCNM, que le otorgó el plazo de diez días para que realizara sus descargos presentando los medios probatorios que consideraba pertinentes, no obstante lo cual no cumplió con los requerimientos efectuados; tampoco se apersonó a rendir su declaración de parte programada para el día 14 de agosto de 2012, y en segunda y última fecha para el 03 de setiembre del mismo año, a pesar de haber sido también debidamente emplazado con tal fi n; Análisis de la imputación formulada: 4. Que, para los fi nes del presente proceso disciplinario se ha valorado el expediente generado en la investigación efectuada por la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, que sustenta el pedido de destitución formulado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia; asimismo, la información cursada por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y el Jefe de la Unidad Documentaria de la Ofi cina de Control de la Magistratura precisando que no se encuentra en trámite algún recurso impugnatorio relacionado al caso; 5. Que, el hecho imputado al doctor Edie Wilfredo Noriega Lozano se centra en el de la denuncia que el ciudadano Selso Mendieta Ascate formuló en su contra ante la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, atribuyéndole irregularidades en el trámite de la instrucción N° 147-2007, por haber concedido libertad a procesados por los delitos de robo agravado, violación sexual, homicidio y otros, sin alguna justifi cación y poniendo en peligro a la sociedad; 6. Que, a fi n de determinar responsabilidad en los supuestos a los que se refi ere el cargo contra el doctor Noriega Lozano, se deben detallar los antecedentes e incidencias principales del proceso penal - instrucción N° 147-2007; 6.1. El Fiscal Provincial Mixto de Tocache por escrito presentado el 16 de octubre de 2007, de fojas 160 a 165 del anexo 1, formuló denuncia penal contra Héctor Saldaña Saldaña, Ciro Leocadio Bermúdez Saldaña y otros, por la presunta comisión de delito Contra El Patrimonio - Robo Agravado, en agravio de Selso Mendieta Ascate y otros, basándose en el Atestado Policial N° 143-2007-FPH- DICPOL-TM-CSPNP-T/SID, de fojas 02 a 28, según el cual el día 14 de octubre de 2007, aproximadamente a las 17:45 horas, personal policial de la Comisaría de Tocache fue alertado sobre el robo a mano armada que se venía suscitando en el sector “La Charapita”, por lo cual se organizó un grupo operativo que se constituyó al lugar de los hechos, donde las víctimas les informaron que los delincuentes habían huido con dirección al caserío de Huayranga a bordo de una camioneta, iniciándose así su persecución, produciéndose en el trayecto un enfrentamiento en el que resultó muerto uno de los delincuentes, herido su cómplice Jorge Fredy Tapullima Acosta, y reducidos y capturados, entre otros, Héctor Saldaña Saldaña y Ciro Leocadio Bermúdez Saldaña; 6.2. En mérito de la citada denuncia, mediante el auto de fecha 17 de octubre de 2007, de fojas 171 a 179 del anexo 1, expedido dentro del expediente N° 2007-147, el Juzgado Mixto de Tocache abrió instrucción contra Héctor Saldaña Saldaña, Ciro Leocadio Bermúdez Saldaña y otros, por el delito Contra El Patrimonio - Robo Agravado, en agravio de Selso Mendieta Ascate y otros, dictando