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El Peruano Lunes 26 de mayo de 2014 523916 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES VISTOS: El Expediente Nº 2014003912 iniciado por Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A., así como el Informe Nº 322-2014-SMV/10.2 del 09 de mayo de 2014 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades de la Superintendencia del Mercado de Valores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución CONASEV Nº 159-98- EF/94.10 del 24 de noviembre de 1998, se autorizó el funcionamiento de Sudameris Perú S.A. Sociedad Administradora de Fondos para administrar fondos mutuos de inversión en valores y con fecha 31 de diciembre de 1999 esta sociedad absorbió a Wiese Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversión en Valores S.A., modifi cando su denominación a Wiese Sudameris Fondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos, hoy denominada Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A.; Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 191-2012-SMV/10.2, de fecha 20 de diciembre de 2012, se dispuso, entre otros, la aprobación de las modifi caciones al reglamento de participación aplicable a los fondos mutuos de inversión en valores mencionados en el párrafo anterior; Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 37º del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV Nº 068-2010-EF/94.01.1 y sus modifi catorias, mediante escritos presentados hasta el 08 de mayo de 2014, Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A., solicitó la inscripción de los fondos mutuos de inversión en valores denominados “Scotia Fondos de Fondos Acciones Global FMIV”, ”Scotia Fondo Acciones Latam FMIV” y “Scotia Fondo Deuda Latam FMIV”, así como sus respectivos prospectos simplifi cados, en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores; Que, asimismo, dentro del trámite de inscripción de los fondos mutuos señalados en el párrafo precedente, Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. ha solicitado la inscripción de la versión del reglamento de participación aplicable a los fondos mutuos bajo su administración, que incluye modifi caciones por adecuación según lo establecido por el artículo 9 de la Resolución SMV Nº 008-2013-SMV/01 y actualizaciones contempladas en el artículo 56 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras; Que, de la evaluación de la información y documentación presentada se ha verifi cado que Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 37º, 38º, 39º y 40 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, así como con lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 091-2012-SMV/02 y su modifi catoria, para la inscripción de los fondos mutuos, así como para la modifi cación por adecuación del reglamento de participación; tal como se desarrolla en el Informe Nº 322-2014-SMV/10.2; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 1º, inciso b) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y sus normas modifi catorias; así como el artículo 38º, numerales 6) y 7) del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF y su modifi catoria. RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción de los fondos mutuos de inversión en valores denominados “Scotia Fondos de Fondos Acciones Global FMIV”, ”Scotia Fondo Acciones Latam FMIV” y “Scotia Fondo Deuda Latam FMIV”, así como los prospectos simplifi cados correspondientes, en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Inscribir las modifi caciones al reglamento participación a ser utilizado en la gestión de los fondos mutuos de inversión en valores al que se refi ere el artículo precedente y los fondos mutuos gestionados por Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A., en el Registro Público de Mercado de Valores. Artículo 3º.- La publicidad que realice Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. para promocionar a los fondos mutuos a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución no debe inducir a error o confusión y se debe realizar conforme a las normas correspondientes del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, y demás normas que le resulten aplicables. Artículo 4º.- La inscripción a la que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución no implica que la Superintendencia del Mercado de Valores recomiende la suscripción de cuotas de los citados fondos mutuos de inversión en valores u opine favorablemente sobre su rentabilidad o calidad. Artículo 5º.- Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. deberá remitir a la SMV la versión actualizada de los prospectos simplifi cados, incluyendo la fecha de entrada en vigencia de los prospectos aprobados, así como la actualización de la referencia a la resolución que aprueba los fondos, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles de la notifi cación de la presente resolución. Artículo 6º.- La presente resolución deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano de forma previa a la colocación de los valores. Artículo 7º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob. pe). Artículo 8º.- Transcribir la presente resolución a Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A. y al Banco Scotiabank S.A.A., en su condición de custodio. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervisión de Entidades 1084089-1 ORGANOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura de agencia y oficina especial en los departamentos de La Libertad y Cusco RESOLUCIÓN SBS Nº 2802-2014 Lima, 13 de mayo de 2014 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se le autorice la apertura de la Agencia TF Trujillo El Golf y de la Ofi cina Especial Money Exchange Cusco San Blas, según se indica en la parte resolutiva; y,