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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2014 (26/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 8

El Peruano Lunes 26 de mayo de 2014 523914 Memorándum de Entendimiento en dichas materias entre ambas instituciones; Que, mediante Informes N°s 146-2014-MTC/26 y 680-2014-MTC/09, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones y la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, han señalado que resulta pertinente proceder con la suscripción del Memorándum de Entendimiento entre la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de la República del Perú y la Ofi cina Estatal de Correos de la República Popular de China; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el texto del Memorándum de Entendimiento a ser suscrito entre las entidades antes señaladas; autorizando su suscripción al Director General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones; De conformidad con la Ley N° 29370 y el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el texto del Memorándum de Entendimiento, a ser suscrito entre la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de la República del Perú y la Ofi cina Estatal de Correos de la República Popular de China, con el objeto de intercambiar puntos de vista sobre la experiencia y prácticas en la regulación del mercado postal, la cooperación en los asuntos de organizaciones postales internacionales y propiciar un acuerdo operativo entre los operadores designados de ambos países. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de la República del Perú, suscriba el Memorándum de Entendimiento a que se refi ere el artículo anterior. Artículo 3º.- La presente resolución estará vigente a partir de la fecha de su suscripción. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1087516-1 Renuevan plazo de vigencia de autorización otorgada mediante R.VM. Nº 142-2003-MTC/03 a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora en FM en localidad del departamento de Cusco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 283-2014-MTC/03 Lima, 9 de mayo del 2014 VISTA, la solicitud de registro N° 2013-021398 del 11 de abril de 2013, presentada por el señor JOSÉ MARÍA CAMACHO MERMA, sobre renovación de autorización de la estación del servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Pisac, provincia de Calca, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Viceministerial N° 142-2003- MTC/03 del 09 de abril de 2003, se otorgó a don JOSÉ MARÍA CAMACHO MERMA, autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables, para operar una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Pisac, provincia de Calca, departamento de Cusco; Que, con Resolución Viceministerial N° 108-2004- MTC-03 y sus modifi catorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para las localidades del departamento de Cusco, entre las cuales se encuentra la localidad de Pisac; Que, a través del escrito de registro N° 2013-021398 del 11 de abril de 2013, el señor JOSÉ MARÍA CAMACHO MERMA solicitó renovación de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial N° 142-2003-MTC/03; Que, conforme el artículo 15° de la Ley de Radio y Televisión – Ley N° 28278, concordado con los artículos 21° y 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005- 2005-MTC, el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los artículos 69º, 70° y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión establecen los requisitos y las condiciones aplicables a los procedimientos de renovación de autorización otorgadas para la prestación del servicio de radiodifusión; Que, el artículo 68° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión dispone que la solicitud de renovación puede presentarse desde los seis (6) meses previos a la fecha de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorización hasta el mismo día de su vencimiento; verifi cándose en el presente caso, que la solicitud de renovación fue presentada el 11 de abril de 2013, esto es, antes que venciera la vigencia de la autorización; Que, mediante Informe N° 023-2014-MTC/29.02.Ecer. cusco del 7de febrero de 2014, la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, da cuenta de la inspección técnica realizada el 31 de enero de 2014 a la estación de radiodifusión autorizada al señor JOSÉ MARÍA CAMACHO MERMA, señalando que se encuentra operando de acuerdo a condiciones esenciales y características técnicas autorizadas, conforme a las Normas Técnicas de Radiodifusión, y cumpliendo con el objetivo y programación del proyecto de comunicación, siendo favorable el resultado de la inspección técnica; Que, con Hoja Informativa N° 01920-2014-MTC/28 del 31 de marzo de 2014, el Responsable de Recaudación informa que el señor JOSÉ MARÍA CAMACHO MERMA no adeuda importe alguno por concepto de canon, tasa, multa o derecho, es decir, no registra deudas con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Informe Nº 0846-2014-MTC/28 del 23 de abril de 2014, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones concluye que en mérito de la evaluación legal y técnica es procedente otorgar al señor JOSÉ MARÍA CAMACHO MERMA por el plazo de diez (10) años, la renovación de la autorización de operación de la estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Pisac, provincia de Calca, departamento de Cusco; Que, por lo tanto, corresponde aprobar la renovación de la autorización de la estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) del señor JOSÉ MARÍA CAMACHO MERMA, ubicada en el distrito de Pisac, provincia de Calca, departamento de Cusco; Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, de acuerdo a sus competencias establecidas en el artículo 82° del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar el plazo de vigencia de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 142-2003- MTC/03 a favor del señor JOSÉ MARÍA CAMACHO MERMA, para que continúe prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Pisac, provincia de Calca, departamento de Cusco. Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refi ere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la última renovación otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 142-2003-MTC/03, el mismo que vencerá el 16 de junio de 2023. Artículo 3º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, el titular de la autorización renovada efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71º del