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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2014 (26/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Lunes 26 de mayo de 2014 523915 Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado con Decreto Supremo N° 005-2005-MTC. Artículo 4°.- El titular de la autorización está obligado al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, que establece Límites Máximos Permisibles de Radiaciones no Ionizantes en Telecomunicaciones, y sus modifi catorias, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados, así como de efectuar las mediciones anuales a la que hace referencia dicha norma. Artículo 5°.- El titular de la autorización deberá cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del artículo 38° del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese, RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 1087520-1 ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE Designan responsable de remitir las ofertas de empleo del OSINFOR, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 041-2014-OSINFOR Lima, 21 de mayo de 2014 VISTO: El Memorándum Nº 127-2014-OSINFOR/05.2.1, de fecha 19 de mayo de 2014, de la Sub Ofi cina de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, dispone la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del Sector Público y Privado por parte del Instituto de Radio y Televisión del Perú a través de Canal 7 y Radio Nacional del Perú, con el objeto de garantizar y promover la igualdad de oportunidades y la transparencia en el acceso a los puestos del sector público y privado; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 012-2004- TR, mediante el cual se establecen las disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, precisa que los organismos públicos y empresas del Estado se encuentran obligados a remitir al Programa “Red Cil Proempleo” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar a excepción de los puestos clasifi cados como de confi anza, conforme a las reglas de la normativa laboral pública vigente; Que, asimismo en dicho artículo se establece que mediante resolución del titular de la entidad, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, las entidades del Estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo al Programa “Red Cil Proempleo” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, asimismo, el modelo de convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR- PE, establece la obligatoriedad de la publicación de los procesos para la contratación administrativa de servicios en el Servicio Nacional del Empleo; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 064-2013- OSINFOR, publicada el 11 de diciembre de 2013, se designó a la abogada Leslie Andrea Quintanilla Arroyo como responsable de remitir las ofertas de empleo del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; habiéndose aceptado su renuncia al puesto de Abogada, a partir del 16 de abril de 2014, siendo necesario designar a su reemplazo; Que, la Sub Ofi cina de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración, mediante documento del visto, recomienda la designación del abogado Jorge Antio Ríos Sánchez como responsable de remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con las visaciones del Secretario General (e), del Jefe (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y del Jefe (e) de la Ofi cina de Administración; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales; el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, mediante el cual dictan disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, referente a la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del sector público y privado; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR-PE y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 065-2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al abogado Jorge Antio Ríos Sánchez, como responsable de remitir las ofertas de empleo del Organismo de Supervisión de Recursos Forestales y de Fauna Silvestre al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo a lo establecido por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Presidencial Nº 064-2013-OSINFOR, de fecha 05 de diciembre de 2013. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, y en el Portal Institucional (www.osinfor.gob.pe). Artículo Cuarto.- Notifi car la presente Resolución a todos los Órganos y Unidades Orgánicas del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR), para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROLANDO NAVARRO GÓMEZ Presidente Ejecutivo (e) 1086986-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Disponen inscripción de fondos mutuos de inversión en valores denominados “Scotia Fondos de Fondos Acciones Global FMIV”, “Scotia Fondo Acciones Latam FMIV” y “Scotia Fondo Deuda Latam FMIV”; así como prospectos simplificados en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES Nº 027-2014-SMV/10.2 Lima, 9 de mayo de 2014