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El Peruano Lunes 26 de mayo de 2014 523919 y conforme se desprende del Informe Legal Nº 156-2013- SGCA-GDUMA/MM de fecha 10 de junio de 2013, emitido por la Subgerencia de Catastro; Que, en virtud de lo expresado se programaron las inspecciones a las que se hace mención en al artículo 4 de la Ordenanza Nº 401/MM, luego de los cuales se emitió el Informe Técnico Nº 1406-2013-SGCA-GDUMA/ MM de fecha 03 de setiembre de 2013, que obra en el folio veintiuno (21) y siguientes de los actuados, mediante al cual se efectúa el diagnóstico del predio ubicado en Av. 28 de Julio Nº 562 - F, Mirafl ores, que contiene la determinación de las áreas o zonas del predio con valor urbanístico que deberán mantenerse intangibles, el estado de conservación de las mismas, las recomendaciones a considerar para las obras a realizarse y los derechos edifi catorios a transferir; Que, en mérito a lo indicado y acorde a lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza Nº 401/MM, la Subgerencia de Catastro emitió la Resolución de Subgerencia Nº 024-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 04 de marzo de 2014, que declara procedente la solicitud presentada por la administrada, entre otros aspectos; correspondiendo emitir el decreto de alcaldía en cumplimiento de lo señalado en el artículo 18 de la ordenanza citada, a fi n de que se constituya el documento con el que se dispone la limitación o restricción de demoler, ampliar y/o remodelar el predio ubicado en Av. 28 de Julio Nº 562 - F, Mirafl ores, con la fi nalidad que el decreto de alcaldía a emitirse y demás actos vinculados, sean inscritos en la Partida Nº 47506093 del Registro de la Propiedad Inmueble de Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sede Lima; Que, por lo expuesto, corresponde emitir un nuevo decreto de alcaldía en el presente caso, de conformidad con la opinión contenida en el Informe Legal Nº 228-2014- GAJ/MM de fecha 22 de mayo de 2014; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 20, numeral 6, y el artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Declarar que el predio ubicado en la Av. 28 de Julio Nº 562 - F, Mirafl ores, se encuentra sometido al régimen especial de conservación establecido en la Ordenanza Nº 387/MM y Ordenanza Nº 401/MM, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Subgerencia Nº 024-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 04 de marzo de 2014; consecuentemente, la propietaria del predio en mención se encuentra sujeta a los deberes y obligaciones que emanen de dicho régimen. Artículo Segundo.- Disponer la inscripción de la Carga Técnica Registral respecto del predio ubicado en la Av. 28 de Julio Nº 562 - F, Mirafl ores, inscrito en la Partida Electrónica Nº 47506093, consistente en el cumplimiento de las limitaciones y restricciones referidas a la demolición, ampliación y/o remodelación de las áreas tangibles del predio, así como el deber de mantenerlo en buen estado de manera permanente, según lo dispuesto en el artículo tercero de la Resolución de Subgerencia Nº 024-2014-SGCA-GDUMA/MM de fecha 04 de marzo de 2014. Artículo Tercero.- Disponer que la propietaria del predio ubicado en la Av. 28 de Julio Nº 562 - F, Mirafl ores, lleve a cabo las acciones necesarias para la puesta en valor del mismo, de conformidad con la disposiciones de la Ordenanza Nº 387/MM y de la Ordenanza Nº 401/ MM, comprometiéndose a proteger el estado físico del inmueble una vez restaurado y mantenido su estado original, en estricto cumplimiento de las recomendaciones comprendidas en el Informe Técnico Nº 1406-2013- SGCA-GDUMA/MM, que obra en el Expediente Nº 4356- 2013. Artículo Cuarto.- Derogar, a partir de la entrada en vigencia del presente dispositivo, el Decreto de Alcaldía Nº 009-2013/MM, publicado con fecha 03 de octubre de 2013 en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación del mismo y del anexo que forma parte integrante, en el Portal Institucional (www.mirafl ores.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a ley. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1087261-1 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2014/MM Mirafl ores, 22 de mayo de 2014 EL ALCALDE DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, según el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. De igual modo, acorde con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, con la Ordenanza Nº 387/MM se constituye y regula las Microzonas de Valor Urbanísticos y Ejes de Aprovechamiento del Potencial de Desarrollo Urbano en el distrito de Mirafl ores; asimismo, con la Ordenanza Nº 401/MM se emiten las disposiciones que regulan la aplicación de la Ordenanza Nº 387/MM, desarrollándose, entre otros aspectos, el procedimiento para acogerse a los benefi cio que dichos dispositivos establecen. En tal sentido, con las ordenanzas referidas se busca orientar la composición arquitectónica de las edifi caciones, proteger la arquitectura de valor representativo, preservando los predios que constituyen patrimonio cultural o aquellos que no siéndolo, poseen un valor urbanístico en su conjunto, como mecanismo de preservación de la identidad distrital; Que, a través del Expediente Nº 4355-2013, ingresado el 06 de junio de 2013, doña Alicia Andrea Cannock Zuleta de Bazo, identifi cada con DNI Nº 07811819, solicita su acogimiento libre y voluntariamente a los alcances de las citadas ordenanzas, con relación al predio ubicado en la Av. 28 de Julio Nº 562 - C, Mirafl ores; Que, conforme se aprecia en el expediente antes citado y de acuerdo a la verifi cación realizada por la unidad orgánica competente, la administrada ha cumplido con acompañar los requisitos que se exigen para la emisión del Certifi cado de Derechos Edifi catorios al que hacen referencia las disposiciones de la Ordenanzas Nº 401/MM y conforme se desprende del Informe Legal Nº 155-2013-SGCA-GDUMA/MM de fecha 10 de junio de 2013, emitido por la Subgerencia de Catastro; Que, en virtud de lo expresado se programaron las inspecciones a las que se hace mención en al artículo 4 de la Ordenanza Nº 401/MM, luego de los cuales se emitió el Informe Técnico Nº 1445-2013-SGCA-GDUMA/MM de fecha 09 de setiembre de 2013, que obra en el folio veintisiete (27) y siguientes de los actuados, mediante al cual se efectúa el diagnóstico del predio ubicado en Av. 28 de Julio Nº 562 - C, Mirafl ores, que contiene la determinación de las áreas o zonas del predio con valor urbanístico que deberán mantenerse intangibles, el estado de conservación de las mismas, las recomendaciones